
Uno de los momentos centrales del proceso judicial quedó registrado en una grabación aportada como prueba, donde la trabajadora del grupo socialista municipal describió ante el tribunal la escena en la que uno de los acusados sujetó a Olegario Ramón por la parte superior del torso y le propinó varias patadas en el cuerpo y las piernas. Este video, presentado durante la vista oral en la Audiencia Provincial de León, documentó con imágenes precisas el episodio que se atribuye a dos manifestantes la tarde del 11 de abril de 2024, cuando una protesta frente a la sede del PSOE en Ponferrada desembocó en el presunto ataque al entonces exalcalde. La Fiscalía, según informó Europa Press, sostiene que la agresión tuvo una motivación ideológica y pide cinco años de prisión para F.P.C. al considerar la agravante de discriminación, mientras que para J.A.P.A. reclama dos años por su participación en los hechos.
De acuerdo con Europa Press, el Ministerio Público fundamentó sus solicitudes en un corpus de evidencias que incluye grabaciones tomadas durante la manifestación, la declaración de testigos, y pruebas facilitadas por la policía municipal de Ponferrada. El análisis técnico de los registros audiovisuales fue realizado por agentes policiales y se presentó como elemento central en la instrucción del caso, con el objetivo de esclarecer de manera detallada la secuencia de lo ocurrido. Las imágenes y testimonios forman la base de la acusación y contribuían a reconstruir la dinámica de los incidentes denunciados por Olegario Ramón al salir del edificio socialista.
La reconstrucción presentada en sala situó el origen de los altercados en el momento que Olegario Ramón dejó la sede del PSOE con intención de dirigirse a su vehículo. Durante su testimonio ante el tribunal, Ramón indicó que uno de los manifestantes, provisto de un megáfono, le interceptó en la vía pública. Según el relato aportado al expediente, el exalcalde escuchó frases como: “¿Qué buscas?, ¿provocarnos?; ¿qué quieres?, ¿que te de unas hostias?”, e insistió en que optó por no responder para evitar agravar la situación. A pesar de su actitud, detalló que fue objeto de insultos, amenazas y golpes —situación que grabó con su propio teléfono móvil— antes de, según su versión, ser despojado del dispositivo y recibir varias patadas.
Durante la sesión del juicio, según consignó Europa Press, una de las intervenciones de los agentes de la policía municipal incorporó nuevas pruebas relevantes. Tras revisar los archivos de video, el policía informó al tribunal sobre insultos precisos dirigidos a Olegario Ramón: “eres un asesino”, “a mí me la chupas tú y tu jefe” y “ladrones”. El agente relató que uno de los acusados llegó a sujetar al exalcalde por la manga de la chaqueta y le asestó un golpe en la pierna, elementos que se sumaron al soporte probatorio.
El tribunal de la Audiencia Provincial de León examinó a fondo estas evidencias durante la vista oral, buscando determinar la gravedad y el alcance del presunto ataque. El proceso incluyó la revisión exhaustiva de los videos captados por testigos y el análisis de la policía municipal, así como la comparación entre las distintas versiones ofrecidas por quienes participaron o presenciaron el incidente.
Las declaraciones de los propios acusados formaron otra parte esencial en la instrucción. F.P.C. negó rotundamente haber agredido a Olegario Ramón y sostuvo ante los jueces que en ningún momento supo que Ramón se encontraba entre los manifestantes. Su explicación se centró en el argumento de que solamente apartó un teléfono móvil que le estaba grabando de cerca, interpretando su reacción como un acto de defensa propia sin intención lesiva ni insultante. F.P.C. añadió que a su juicio, la denuncia solo buscaba ocasionarle perjuicio económico.
J.A.P.A., por su parte, admitió que reconoció a Olegario Ramón durante la protesta, pero rechazó haber ejercido violencia o coaccionado al exalcalde. Según sus declaraciones, las expresiones “mentiroso”, “asesino”, “pinocho” y “ladrón” no estaban dirigidas a la persona de Ramón concretamente, sino que eran alusivos a la organización política en general. Sobre las supuestas amenazas, J.A.P.A. manifestó que “lo de las hostias es una paranoia que se ha montado él”, eximiéndose de cualquier amenaza personal hacia el político, como recogió Europa Press.
El foco de la Fiscalía, reflejado durante los alegatos finales e informado por Europa Press, se orientó hacia la naturaleza del ataque como una conducta motivada por discriminación ideológica. Para el Ministerio Público, los sucesos no se enmarcan en el contexto de una manifestación política espontánea, sino que constituyen un acto deliberado contra Ramón debido a sus ideas y filiación.
Las acusaciones particulares sostuvieron la misma tesis, apelando a la coherencia detallada de los testimonios y la vinculación directa entre la evidencia audiovisual y la actuación imputada a los acusados. Apuntaron que en los vídeos y las palabras recogidas durante la vista se apreciaba una concertación de acciones, refutando la hipótesis de espontaneidad argumentada por la defensa. De acuerdo con los abogados de la acusación, el material probatorio documenta una intervención dirigida y coordinada por parte de los encausados.
La policía municipal jugó un papel clave en la causa, analizando la grabación audiovisual aportada y emitiendo informes técnicos sobre el contenido. Estos informes permitieron contextualizar los insultos, gestos y movimientos registrados en los videos, información que el tribunal valoró junto con las distintas declaraciones.
El desarrollo de la audiencia en la Audiencia Provincial de León finalizó con el tribunal a cargo de la resolución. Según Europa Press, el órgano judicial deberá ahora analizar todas las pruebas documentadas, las declaraciones ofrecidas en el juicio y los informes técnicos de la policía municipal antes de dictar sentencia sobre la responsabilidad penal de F.P.C. y J.A.P.A. El desenlace del procedimiento dependerá de la interpretación de la voluntariedad, la motivación ideológica y la gravedad de los hechos que rodean la denuncia de Olegario Ramón, conforme a la valoración judicial de la evidencia reunida durante la vista.
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