
El Tribunal Supremo (TS) considera probado que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, fue el encargado de la filtración de datos de Alberto González Amador --novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso-- "con intervención directa o a través de un tercero pero" siempre con "pleno conocimiento y aceptación", según el relato de hechos que da por acreditados tras el juicio.
En la sentencia de 180 páginas, a la que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal realiza un repaso cronológico que arranca cuando la Agencia Tributaria inició la inspección sobre González Amador y que culmina con la difusión del correo electrónico clave y la publicación de una nota de prensa, lo que motivó que el empresario comenzase a ser denominado por "diversos medios de comunicación y miembros del Gobierno delincuente confeso".
Los magistrados se remontan al año 2022, cuando Hacienda inició "una actuación inspectora" del impuesto sobre sociedades de la mercantil Maxwell Cremona, de la que era administrador único González Amador, por sospechas de posibles delitos fiscales en los ejercicios 2020 y 2021.
Fue dos años más tarde, el 2 de febrero de 2024, cuando el abogado de González Amador, Carlos Neira, envió un correo electrónico a la sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid y a su fiscal jefe, en el que se mostraba la "voluntad firme" del empresario de reconocer "íntegramente los hechos" y de reparar "el daño causado pagando íntegramente la cuota e intereses de demora" a la Agencia Tributaria.
Después de un intercambio de mensajes entre ambos, el 5 de marzo la Fiscalía presentó una denuncia en los Juzgados de Madrid por estos hechos. El día 12 de ese mismo mes, cuando fue repartida, el fiscal remitió al abogado de González Amador una copia para facilitar así su derecho de defensa.
Fue el 7 de marzo, según el Supremo, cuando el teniente fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, Diego Villafañe, solicitó a la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, la remisión íntegra del expediente relativo a González Amador, documentación que recibió al día siguiente. También se remitió una copia a la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra.
LA "ESPECULACIÓN GRATUITA" DE MAR
El salto a los medios de la supuesta defraudación se produjo el 12 de marzo, cuando 'elDiario.es' publicó a primera hora de la mañana esa información "incorporando información del expediente tributario y datos contenidos en la denuncia formulada por la Fiscalía".
El 13 de marzo, a las 21:29 horas, el diario 'El Mundo' informó de que la Fiscalía había ofrecido un pacto de conformidad a González Amador, reproduciendo una parte de un correo electrónico remitido por el fiscal del caso, Julián Salto.
El alto tribunal considera que fue esa noticia, "unida a los mensajes difundidos en redes sociales por Miguel Ángel Rodríguez, jefe de Gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid", lo que "motivó que desde la Fiscalía General del Estado se iniciara de forma inmediata una actuación para conocer lo ocurrido".
El fallo destaca que esos mensajes de Rodríguez sostenían que la Fiscalía había retirado el pacto ofrecido -quien ofreció el pacto fue la defensa de González Amador, y no el Ministerio Público-- una "circunstancia no recogida en la noticia de 'El Mundo' y sin otro fundamento", según los magistrados, "que una especulación gratuita" del jefe de gabinete.
El Supremo considera probado que el fiscal general del Estado llamó a la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, quien a su vez requirió a Julián Salto -que estaba en un estadio de fútbol viendo un partido-- el envío de los correos intercambiados con el abogado de González Amador. Salto procedió, y le dio traslado de los mismos.
LA "ESPECULACIÓN GRATUITA" DE 'MAR'
La sentencia relata que Rodríguez los reenvió a la cuenta personal de Gmail de García Ortiz, tal y como éste le había indicado. "Los mensajes llegaron a dicha cuenta a las 21:59 y 22:01 horas.", apunta el fallo, que aclara que incluían el correo en el que el abogado de González Amador ofrecía un pacto con la Fiscalía.
Los magistrados afirman que la información recopilada, en concreto ese correo, fue comunicada "desde la Fiscalía General del Estado, con intervención directa, o a través de un tercero, pero con pleno conocimiento y aceptación por parte" del fiscal general del Estado a la Cadena SER, lo que permitió que la emisora diera un avance informativo ese mismo 13 de marzo explicando que el abogado de González Amador ofreció un acuerdo al Ministerio Público.
El fallo apunta que el periodista de la 'Cadena SER' intervino en directo a las 23:25 horas indicando haber tenido acceso al correo remitido a la Fiscalía y, según destacan los magistrados, usando expresiones que el propio periodista decían ser textuales del propio correo electrónico. Unos minutos más tarde, a las 23.51 horas, la emisora publicó en su web una noticia transcribiendo expresamente el contenido del correo electrónico, señalando que la Fiscalía publicaría en las próximas horas un comunicado.
"Era la primera vez que se reproducía públicamente el texto completo del correo de 2 de febrero, aunque el programa de radio, sin la textualidad que sí empleó en la página web de la emisora, había anticipado su contenido sustancial", destaca el Supremo.
Fue esa misma noche, como considera probado el alto tribunal, cuando "la directora de comunicación de la Fiscalía General del Estado, siguiendo instrucciones expresas" de García Ortiz, "que le dictaba algunos pasajes, redactó una nota informativa para su difusión a las 10:00 horas del día siguiente", 14 de marzo.
El tribunal señala que la nota, "adelantándose tres horas a su difusión oficial, fue publicada por el diario 'El País', que la habría obtenido proporcionada con autorización del fiscal general".
LA DIFUSIÓN DE LA NOTA DE PRENSA
Sobre las 7:00 horas de ese día, añaden los magistrados, García Ortiz contactó con la fiscal Superior de Madrid, Almudena Lastra, para que su Fiscalía procediera a difundir la nota.
"Lastra, molesta por la filtración producida, en una primera comunicación telefónica preguntó al fiscal general del Estado si había filtrado la nota, respondiendo éste 'eso ahora no importa'", continúan los magistrados.
A ello agregan que, "como la fiscal no atendió sus siguientes llamadas", García Ortiz le dirigió mensajes de WhatsApp en los que decía que la nota era "imperativo sacarla" porque si tardaban "se impone un relato que no es cierto y parece que los compañeros no han hecho bien su trabajo". "Nos están dejando como mentirosos", le escribió el fiscal general.
Los magistrados recuerdan que fue finalmente la Fiscalía Provincial de Madrid quien publicó la nota informativa, después de que la Fiscalía de la Comunidad de Madrid se negara a hacerlo "al considerar que su contenido no respondía a los criterios habituales de una comunicación pública del Ministerio Fiscal".
"Tras la difusión del correo electrónico y la publicación de la nota, diversos medios de comunicación y miembros del Gobierno calificaron a González Amador como 'delincuente confeso'", concluyen la secuencia de hechos, añadiendo que el procedimiento penal que se sigue contra él está en tramitación en un juzgado de Madrid.
En el fallo, el Supremo también da respuesta a la queja de la defensa de García Ortiz, que criticó la "ambigüedad permanente" en los hechos investigados, asegurando no saber de qué se le acusaba exactamente. Los magistrados, en concreto, recuerdan que el objeto del proceso "no nace fijado de manera pétrea", sino que se configura a partir de las diligencias de investigación, produciéndose así una "cristalización progresiva".
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