Durante el proceso de divorcio y después de que la denunciante iniciara una nueva relación sentimental, se documentó un aumento significativo en las comunicaciones del acusado, quien llegó a efectuar más de cuarenta llamadas a su expareja en un solo día, según consignó la Fiscalía. La acusación sostiene que el objetivo de esta conducta consistía en alterar la tranquilidad de la mujer y ejercer un control constante sobre sus hábitos y desplazamientos. A partir de estos hechos, el Ministerio Público reclama una pena total de cuatro años de prisión y una indemnización de 6.000 euros, tal como reportó el medio.
La Fiscalía relató que tanto la víctima como el procesado contrajeron matrimonio en el año 2017. Posteriormente, en 2024, iniciaron los trámites judiciales para el divorcio. En ese contexto, la acusación identificó un patrón de acoso que se agudizó cuando la mujer inició una nueva relación. Según detalló el escrito fiscal difundido por el medio, el acusado persistió en el contacto de manera insistente, recurriendo de manera repetida tanto a llamadas telefónicas como a mensajes de audio, en los que exigía conocer constantemente la situación y los movimientos de la víctima.
Uno de los episodios relevantes recogidos en la acusación corresponde al día 31 de enero de 2024, fecha en la que el hombre realizó hasta ocho comunicaciones telefónicas en una sola jornada. En otra ocasión, esa cifra ascendió a más de cuarenta llamadas en menos de veinticuatro horas, según la información aportada por la Fiscalía y referida por el medio. La presión ejercida a través de estos medios de contacto formó parte de un esquema que la acusación considera constitutivo de un delito de coacciones leves y de hostigamiento continuado.
De acuerdo con el relato fiscal, el patrón de comportamiento presuntamente delictivo incluyó un evento adicional de mayor gravedad: el acusado habría efectuado un tocamiento no consentido al agarrar las nalgas de su expareja, lo que la Fiscalía tipifica como un delito contra la libertad sexual. Este hecho, sumado al acoso sistemático, fundamenta la solicitud de tres años de prisión por el delito contra la libertad sexual y de un año por el de coacciones leves, cifras que el Ministerio Público solicita ejecutar de forma acumulada.
La acusación argumentó que el acusado no aceptó el fin de la relación y que sus acciones buscaron perturbar gravemente la estabilidad emocional de la víctima, demandando de ella información constante sobre sus actividades cotidianas. Este control ejercido a través de la presión digital y telefónica se intensificó, en opinión de la Fiscalía, tras la noticia de la nueva pareja de la exmujer, lo que se tradujo en un incremento de las conductas de acoso.
La causa, elevada desde el Tribunal de Instancia de A Estrada, será juzgada por la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra el próximo día 27. Según informó el medio, la Audiencia examinará los cargos a partir de los hechos valorados inicialmente por el tribunal precedente. El procedimiento judicial permitirá establecer la responsabilidad penal del acusado sobre los delitos imputados y fijar, si corresponde, las sanciones propuestas en el proceso.
Por otro lado, además de la condena de prisión, el Ministerio Público pidió que el acusado indemnice económicamente a la víctima con la suma de 6.000 euros. Esta cantidad busca compensar los daños y perjuicios físicos y psicológicos que, según la Fiscalía, se derivan tanto del acoso como de las agresiones denunciadas y que serán objeto de valoración en sede judicial.
El juicio se presenta como un proceso relevante en cuanto a la tipificación de los actos denunciados, encuadrados dentro de la violencia de género y de los delitos contra la libertad sexual, ámbitos de especial atención judicial y social. El desarrollo del proceso permitirá determinar no solo la veracidad de las acusaciones, sino también la respuesta penal frente a patrones de conducta que afectan directamente la seguridad y la libertad personal de las víctimas. Como consignó el medio, el debate en la Audiencia Provincial de Pontevedra girará en torno a la interpretación de los hechos a la luz de la prueba practicada y los criterios legales pertinentes.
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