Segovia, 8 ago (EFE).- La Guardia Civil ha recuperado la piedra que presuntamente fue retirada de forma ilícita del Acueducto de Segovia y puesta a subasta en redes sociales con un precio de salida de 1.000 euros, según ha informado este viernes la Comandancia segoviana.
Los agentes detectaron el anuncio en una plataforma de compraventa en la que un particular ofrecía un sillar que aseguraba pertenecer al monumento romano, patrimonio mundial de la Unesco desde 1985.
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El anuncio incluía imágenes de la piedra, de unas medidas de 25 por 22 por 15 centímetros y 17,3 kilos de peso, así como su supuesta ubicación en el Acueducto.
Además, el vendedor ofrecía pequeñas bolsas con granalla de granito, también extraída del mismo monumento, a un precio de 49,95 euros por 15 gramos.
Las investigaciones permitieron localizar al responsable de la oferta y verificar la existencia física de la piedra.
El hombre entregó la pieza voluntariamente a los guardias civiles que se la requirieron, y el objeto ha quedado depositado en dependencias del instituto armado en Segovia, a la espera de que el Servicio Territorial de Cultura de la Junta de Castilla y León y el Ayuntamiento certifiquen su autenticidad y determinen su ubicación original en el monumento.
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El concejal de Urbanismo y Patrimonio de Segovia, Alejandro González Salamanca, ha confirmado que el Ayuntamiento ha denunciado el caso ante la Fiscalía y la Junta, al considerar que podría constituir una infracción muy grave de la ley de patrimonio, o incluso un delito contra el patrimonio histórico.
Según la Ordenanza de Convivencia Ciudadana de Segovia, las conductas agresivas contra el monumento, como escalarlo, sustraer objetos o intervenir en su estructura, están tipificadas como muy graves, con multas que oscilan entre 1.500 y 3.000 euros.
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Además, la norma prevé que, dado el alto valor patrimonial del Acueducto, estas sanciones se impongan siempre en el tramo más elevado de la horquilla.
Paralelamente, la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León contempla sanciones mucho más severas.
Según el artículo 88, si el daño causado al bien puede valorarse económicamente, la multa puede ascender hasta cuatro veces el valor del daño o el beneficio obtenido. En casos de infracciones muy graves, la cuantía puede alcanzar hasta 600.000 euros. EFE
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