Barcelona, 26 may. (EFE).- Una sentencia de la sección número 5 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado la elección de Joan Soteras como presidente de la Federación Catalana de Fútbol (FCF).
La elección la había recurrido Juanjo Isern, uno de los candidatos en las últimas elecciones en el ente federativo, que alegaba la inelegibilidad del vencedor de los comicios y del resto de su candidatura.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, ni Soteras, representado ante el TSJC por la abogada María Barbancho, ni los miembros de su equipo electoral "incurrían en causa de inelegibilidad" en el momento de la proclamación de las candidaturas en las elecciones celebradas en febrero de 2023.
El fallo, que todavía no es firme, añade que "tampoco en el momento de la votación y en el de proclamación del resultado existía causa de incompatibilidad", ya que ya se había producido su cese como presidente y de sus miembros de la junta directiva.
De esta manera, el TSJC falla a favor del actual presidente de la FCF, que ganó las últimas elecciones, celebradas el 13 de febrero de 2023, después de la impugnación por uno de los candidatos, que denunció irregularidades en el censo electoral de los comicios efectuados en mayo de 2022.
Los comicios se repitieron por orden del Tribunal Catalán del Deporte (TCE), un proceso que está siendo investigado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Sabadell por presuntos delitos de falsedad en documento público y privado y administración desleal de Soteras y parte de su cúpula directiva.
Paralelamente a esta causa, tras las últimas elecciones, Juanjo Isern, otro de los candidatos, volvió a presentar una denuncia ante el Tribunal Catalán del Deporte (TCE) alegando la inelegibilidad de Soteras y del resto de su candidatura al considerar que todos ellos ejercieron ilegítimamente su cargo durante buena parte del proceso electoral.
Después de que el TCE desestimara este último recurso, Isern denunció el caso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que ha mantenido el criterio del Tribunal Catalán del Deporte.
En su escrito, el TSJC admite "la tardanza" de Soteras y los miembros de su candidatura "de cesar en los cargos una vez que fueron notificados de la resolución del 10 de enero de 2023", cuando se ordenó la repetición de los comicios.
"Ahora bien, esta tardanza no justifica que se considere como causa de inelegibilidad sobrevenida un supuesto que no tiene encaje en la normativa tal como ha sido interpretada por el Tribunal Constitucional", precisa la sentencia. EFE
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