
La Comisión Constitucional del Senado ha dado luz verde a la ponencia de la reforma de la Ley que regula el derecho de asociación, que fue impulsada por el PSOE para abrir la puerta a la disolución de entidades que hagan apología del franquismo. Sin embargo, la mayoría del PP en la Cámara Alta ha suprimido gran parte de la norma al entender que era "inconstitucional".
Y es que los letrados del Senado alertaron en un informe de que esta reforma tenía visos de inconstitucionalidad, aunque la Mesa de la Cámara Alta decidió admitirla a trámite para no correr el riesgo de prevaricación.
En este contexto, los 'populares' han aprobado diferentes enmiendas, que se han incorporado a la ponencia de la reforma legal, en el que suprimen del preámbulo y el apartado uno en el que se habla de la posibilidad de disolver asociaciones franquistas.
Y como plantearon en el Congreso, proponen disolver las asociaciones que hagan enaltecimiento del terrorismo o las que provoquen "humillación" a las víctimas.
En cualquier caso, este texto se tiene que votar próximamente en el Pleno del Senado y, si finalmente sale adelante de esta manera, volverá al Congreso para que decida sobre estas enmiendas.
MANDATO DE LA LEY DE MEMORIA
El texto que salió del Congreso explica que esta proposición de ley busca dar cumplimiento a la disposición adicional séptima de la Ley de Memoria Democrática, que data de octubre de 2022, y que ya preveía la modificación de la ley de asociaciones en este sentido.
La norma afecta sólo a asociaciones, ya que en el caso de las fundaciones como la Fundación Franco, los intentos de disolución siguen otro camino, pues dependen del Ministerio de Cultura que encabeza Ernest Urtasun, de Sumar, que inició los trámites previos el pasado mes de junio.
No obstante, ante la posibilidad de que la fundación intente transformarse en asociación para evitar su extinción, el PSOE optó por impulsar en paralelo la reforma de la Ley de Asociación, según han explicado fuentes parlamentarias.
En concreto, se propone incluir en la ley vigente una disposición adicional en la citada norma para incluir como causa de disolución "la realización de actividades que constituyan apología del franquismo", bien "ensalzando el golpe de Estado de 1936 o la dictadura posterior", "enalteciendo" a sus dirigentes, siempre que "concurra menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas" del golpe, la guerra o la dictadura o con "incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las mismas por su condición de tales".
Y, además, se deja claro que el motivo de disolución se aplicará con independencia de los fines teóricos y actividades plasmados en los estatutos y de que la asociación cuestionada haya cumplido o no el deber de inscripción registral, toda vez que el éste se prevé sólo a efectos de publicidad.
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