La Fiscalía se opone a suspender la inhabilitación de Junqueras y Romeva por la amnistía

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Madrid, 31 mar (EFE).- La Fiscalía del Tribunal Constitucional se ha opuesto a suspender las penas de inhabilitación del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y el exconseller Raül Romeva, que solicitaron en tanto en cuanto la corte de garantías resuelve sobre la decisión del Supremo de no aplicarles la amnistía.

El pasado 11 de febrero, el TC admitió a trámite los recursos de Junqueras y los exconsellers Dolors Bassa y Raül Romeva contra la decisión del Supremo de no aplicarles el perdón por el 'procés'.

Los tres dirigentes de ERC siguen inhabilitados para ejercer cargo público y solicitaron en sus escritos que esta pena se les suspenda de forma cautelar, por lo que el tribunal abrió una pieza de medidas cautelares para oír a las partes. Junqueras y Bassa cumplen 13 años de inhabilitación, hasta 2031, y Romeva 12 años, hasta 2030.

Pero la Fiscalía, en un escrito al que ha tenido acceso EFE, sostiene que "procede denegar la suspensión de la pena de inhabilitación absoluta interesada" por Junqueras y Romeva

Dice la Fiscalía que "la concesión de la suspensión de la condena que resta por cumplir de la pena de inhabilitación absoluta a los recurrentes supondría, por tanto, una anticipación del fallo del amparo y de sus efectos pues exigiría tanto como pronunciarse sobre la aplicación de la Ley orgánica de amnistía y su eventual estimación, que no corresponde hacer en esta pieza de suspensión".

Esto es, continúa, "de acordarse la medida y dejarse sin efecto la pena de inhabilitación absoluta se estaría produciendo, de facto, el efecto pretendido con la interposición del recurso de amparo, lo que equivaldría, como se ha indicado, a su estimación anticipada".

Además, recuerda que "no están próximas las fechas de extinción de las condenas" y, por tanto, "el tiempo que resta de cumplimiento es superior al tiempo normal de tramitación de un recurso de amparo", supuestos en que "este tribunal ha denegado la suspensión cuando se trata de penas de larga duración".

Igualmente, "el posible perjuicio derivado de la imposibilidad de ejercer su función docente en instituciones públicas de no suspenderse la pena de inhabilitación absoluta debe correr la misma suerte que la queja efectuada sobre la afectación a su derecho de participación y representación política"

Y, además, Junqueras y Romeva "no acreditan que ejercieran o hayan ejercido funciones docentes así como era notorio y resulta de la sentencia de condena el ejercicio de cargos públicos que ostentaban en el gobierno de la Generalitat de Catalunya".

El Supremo resolvió no amnistiar el delito de malversación por el que Junqueras, Romeva y Bassa fueron condenados al concluir que los líderes independentistas obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial con el 'procés' y que los gastos del 1-O habían causado un perjuicio a las finanzas europeas. EFE