TSJA confirma más de un año de cárcel a un hombre por agresión sexual a una mujer con discapacidad

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a un año y cinco meses de cárcel a un varón acusado de un delito de agresión sexual con la atenuante de dilaciones indebidas, cometido sobre una mujer de unos 47 años de edad con un grado de discapacidad psíquica del 65%, por retraso mental ligero y alteración de la conducta, en un municipio cordobés.

Según recoge la resolución, el Alto Tribunal andaluz ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el acusado y confirma la sentencia de la Audiencia de Córdoba, aunque cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

En concreto, se da por probado que el procesado en el año 2018 era amigo de la pareja sentimental de la mujer, con quien había coincidido como penados en la prisión de Córdoba, y conocía la discapacidad intelectual de la mujer.

Al respecto, el acusado, de fuerte complexión física, ha sido condenado por múltiples delitos contra el patrimonio entre los años 1999 y 2013, así como dos delitos de lesiones cometidos en 2015 y un delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar llevado a cabo en 2016.

En la tarde del 26 de mayo de 2018, el procesado, que llevaba a una hija de corta edad consigo, coincidió con la mujer citada en una avenida de una localidad y ella le preguntó que dónde estaba su pareja, a lo que éste le contestó que "estaría en la estación", pidiéndole ella que la llevara a verla, a lo que accedió el varón, quien le dijo que iba a llevar a su hija a la casa y que esperara en una parada de autobús próxima, cosa que hizo la mujer.

Al poco rato se reencontraron y encaminaron los dos solos hacia la antigua estación ferroviaria de la localidad, ya en desuso. En el camino, le hizo tocamientos en distintas partes de su cuerpo, "a pesar de no consentirlo", y cuando llegaron a las inmediaciones de la estación y en un lugar apartado cercano a la vía, él cometió la agresión sexual.

Tras ello, ambos dejaron el sitio y se encaminaron hacia sus respectivas casas, manteniendo una conversación sobre distintos temas el hombre y la mujer en el trayecto de vuelta, conversación en la que él, entre otras cosas, dijo a ésta que "no denunciara ni dijera nada y que tenía hasta pistolas".

Cuando la mujer llegó a su casa, "muy alterada, llamó a su marido para contarle lo ocurrido, aunque no lo consiguió, porque estaba en la ciudad de Córdoba trabajando y el teléfono lo tenía apagado, si bien sí se lo contó al día siguiente, tras hacerle venir de urgencia" al municipio donde vivían.

Al día siguiente por la tarde, el marido, acompañado por la mujer, le pidió explicaciones de lo ocurrido al acusado en la puerta de un bar de la localidad, y, "comoquiera que éste reta a aquél a pelear, el primero y la mujer optan por irse del lugar, acudiendo a un centro médico en el que ella fue atendida por ansiedad y llanto".

Además de la pena de cárcel, el procesado ha sido condenado a tres años de orden de alejamiento sobre la víctima y el pago de una indemnización de 3.000 euros por los daños morales causados. En la sentencia se confirma la absolución del varón sobre un delito de amenazas del que estaba acusado.

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