La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha declarado el derecho de una madre de familia monoparental a que se le abone la prestación económica por nacimiento y cuidado de menor durante un total de 32 semanas, añadiendo a las 16 semanas ya reconocidas por el Instituto Nacional se la Seguridad Social, las 16 semanas que hubieran correspondido al otro progenitor, si hubiera existido.
Así se establece en la sentencia, notificada este jueves a las partes, que estima el recurso de suplicación de una mujer, trabajadora por cuenta ajena, contra la sentencia de un juzgado de lo Social de Murcia, según informaron fuentes del TSJMU en un comunicado.
El Tribunal cambia la doctrina mantenida hasta este momento, al entender que debe ser modificada necesariamente a partir de la sentencia del Tribunal Constitucional 140/2024, de 6 de noviembre de 20 (ECLI:ES:TC:2024:140).
Esta sentencia, en respuesta a una cuestión de inconstitucionalidad, fija un criterio diferente al declarar la inconstitucionalidad de los artículos 48.4 del Estatuto de los Trabajadores y del artículo 177 de la Ley General de la Seguridad Social, en cuanto omiten la posibilidad de extender el permiso de nacimiento y cuidado de menor en estos supuestos, estableciendo la prohibición de discriminación por razón de nacimiento en la familia monoparental.
Como recuerda la Sala, en esa sentencia el Constitucional destaca que se trata de una misma necesidad de atención y cuidado de los menores, ya sean nacidos en familias monoparentales o nacidos en familias biparentales, "a la que responde de forma diferenciada la norma".
Y, añade, que el legislador introduce "--mediante su omisión-- una diferencia de trato por razón del nacimiento entre niños y niñas nacidos en familias monoparentales y biparentales que no supera el canon más estricto de razonabilidad y proporcionalidad aplicable en estos casos". Concluyendo que obvia, por completo, "las consecuencias negativas que produce tal medida en los niños y niñas nacidos en familias monoparentales".
Por todo ello, explica la sentencia "la Sala debe aplicar el criterio del Tribunal Constitucional apartándonos del hasta ahora mantenido", estimando el recurso de suplicación, revocando la sentencia de instancia y declarando el derecho de la recurrente al abono de la prestación económica de nacimiento y cuidado de menor durante un total de 32 semanas, al añadir a las 16 semanas ya reconocidas por el Instituto Nacional se la Seguridad Social, las 16 semanas que hubieran correspondido al otro progenitor.
Contra esta sentencia cabe recurso de casación para unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
Últimas Noticias
Real Madrid - Inter de Milán, en directo: Los italianos recortan diferencias y ponen el 2-1
El conjunto de Mourinho debuta en Champions tras su primera derrota de la temporada ante el Betis
Comprobar Euromillones: los resultados ganadores de este 8 de septiembre
Como cada martes, aquí están los resultados del sorteo, dados a conocer por Loterías y Apuestas del Estado

Bonoloto hoy: resultado del último sorteo del martes 8 de septiembre de 2026
Como cada día de la semana, aquí están los ganadores del sorteo de Bonoloto dado a conocer por Loterías y Apuestas del Estado

Quién es Rafa Latorre, el periodista que sustituye a Carlos Alsina en Onda Cero
El comunicador gallego deja ‘La Brújula’ tras tres temporadas y asume el tramo informativo de ‘Más de uno’, después de casi una década como colaborador

Los expertos en psicología coinciden: la imitación de gestos fortalece el vínculo con quien hablas
La imitación inconsciente de los gestos no es casual, sino que está programada en nuestra biología

