Madrid, 21 nov (EFE).- La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 6 años de cárcel al hombre acusado de asesinar el 2 de abril de 2023 a su pareja en el transcurso de un supuesto rito esotérico, en un sentencia en la que aprecia un claro ensañamiento pero también una eximente incompleta porque tenía sus facultades "muy notablemente menoscabadas".
La sentencia de la Sección 30 de la audiencia madrileña, a la que ha tenido acceso EFE, sigue el criterio del jurado popular que enjuició el caso y condena a Gustavo D.O. como autor de un delito de asesinato, con al agravante de parentesco, ya que la víctima era su pareja, y de ensañamiento.
El delito de asesinato está sancionado con una pena de prisión de 15 a 25 años, pero la sentencia contempla una eximente incompleta porque el acusado sufrió un trastorno psicótico, posiblemente por la ingesta de tóxicos, y tenía sus facultades muy notablemente alteradas, por lo que se rebaja la pena en dos grados.
Así la sala impone una condena de 6 años de prisión y liberad vigilada por 10 años, y precisa que una vez cumplida la parte de cárcel prevista por la ley, el condenado será expulsado de España al encontrarse en este país de forma irregular.
El magistrado descarta ordenar, como medida de seguridad, el internamiento en un centro especializado por 22 años que pedía la Fiscalía, argumentando que "el episodio ha sido puntual, inducido por tóxicos, y no requiere de una medicación continuada ni de medidas que precisen el internamiento en centro cerrado, a salvo el control médico en prisión".
La sentencia impone al acusado que indemnice a la familia del fallecido con un total de 130.000 euros.
Considera probado la sentencia que el 2 de abril de 2023 Gustavo D.O. asesinó a su pareja, Pedro L.G.E., causándole 71 lesiones, 14 de ellas contusas, 3 incisas, 30 punzantes, 22 lesiones inciso punzantes y 2 lesiones de otro tipo.
Aprecia que el fallecido "padeció un gran sufrimiento por las múltiples heridas, la naturaleza de las armas empleadas y la forma de morir desangrado durante una agonía que como mínimo duraría quince minutos, a criterio del médico forense".
Y precisa que la víctima "presentaba clavados, pues así los dejó el autor, un destornillador en la cavidad ocular y otro en hemiabdomen derecho, introducido hasta el mango, así como la hoja casi entera de un cuchillo en la espalda".
Cuando la Policía llegó al piso encontró a la víctima en esa situación y al acusado alterado, manchado de sangre y usando dos tablillas a modo de cruz, mientras les decía "no sois policías, sois el demonio”. Emitía sonidos guturales incomprensibles.
Una vez reducido le trasladaron al hospital, donde inicialmente se negó a tomar medicación, pero luego reaccionó favorablemente a la administración de antipsicóticos y se le dio de alta ese día.
El letrado del acusado, Alberto Ruiz de Alegría García, ha explicado a EFE que "a título numérico es un escenario exitoso para la defensa", ya que la pena podría haber ascendido hasta 28 años con las dos agravantes que se contemplan, pero queda rebajada a 6 años por la eximente incompleta de alteración psíquica.
No obstante valorará si recurre la sentencia, ya que entiende que un tribunal sin jurado habría decretado muy probablemente que el acusado sufría una anulación de las facultades volitivas, como dijo el forense que testificó en el juicio, y esto llevaría a eximirle de responsabilidad. EFE
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