Madrid, 23 oct (EFECOM).- Expertos del sector de recuperación de deuda han advertido este miércoles de que el anteproyecto de Ley de Administradores y Compradores de Créditos puede "desamparar" al deudor y dará lugar a una avalancha de quejas y reclamaciones a las que no se podrán dar respuesta.
Según un comunicado, la norma asume erróneamente que lo que se gestiona son contratos vivos y no deuda vencida, lo que dará lugar a una avalancha de quejas y reclamaciones a las que no se podrán dar respuesta porque versarán sobre asuntos que corresponden al banco originador del préstamo, generando un deudor "desamparado”.
El presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Gestión de Créditos (Angeco), Carlos Ruiz, considera que esta equivocada percepción de que el sector gestiona contratos de crédito en lugar de deudas es "preocupante", pues dará lugar a que los deudores presenten quejas sobre el préstamo que dejaron de pagar u otros problemas que corresponden a la entidad bancaria, lo que dificultará la adecuada atención a las solicitudes de los prestatarios.
Los expertos lamentan la regulación incompleta del anteproyecto, pues, a su juicio, la norma se centra en la gestión de deuda vendida por las entidades financieras y deja fuera la gestión directa de deuda por estas entidades, o la recuperación de créditos procedentes de impagos de empresas de telecomunicaciones o de servicios como electricidad, gas o agua.
Por su parte, la directora del área de asesoría jurídica en Kruk y miembro de la junta directiva de Angeco, María Rodríguez, apuntó a la posibilidad de que determinados deudores -prestamistas en situación de vulnerabilidad económica, según la norma- se liberen de su deuda pagando el mismo precio que pagaría la empresa tercera a la que el banco venderá su crédito para poder sanear su balance.
En su opinión, esta cuestión, tal y como está redactada en el anteproyecto, va a acarrear "serios problemas", como definir quiénes son los titulares que están en esa situación o cómo conocer la situación exacta de vulnerabilidad del prestamista.
Otro punto no resuelto por el anteproyecto y destacado por los expertos es la diversidad de órganos competentes, locales y autonómicos, con capacidad de sancionar actuaciones de las empresas de recuperación.
Aunque explicaron que el órgano supervisor y con capacidad para sancionar será el Banco de España, los expertos coinciden en que nada impide que un organismo de protección del consumidor de una provincia concreta pueda sancionar si considera que se han vulnerado los derechos de un deudor. EFECOM
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