Madrid, 19 sep (EFECOM).- La Audiencia Nacional ha reconocido el derecho de los trabajadores a disponer como quieran de los cinco días retribuidos para el cuidado de familiares por enfermedad, ya que obligar a cogerlos cuando se produce el percance ahonda en la brecha salarial de género.
En una sentencia fechada el pasado 12 de septiembre a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo social estima la demanda presentada por la Central Sindical Independiente y de Trabajadores (CSIF), CCOO y UGT contra el RACE.
Los sindicatos defendían que dicha empresa realizaba una interpretación "restrictiva e injustificada" de los permisos por hospitalización o enfermedad grave tras la reforma del Estatuto de los Trabajadores de 2023, al pretender que dichos permisos se podían disfrutar desde la fecha de inicio del percance.
La empresa, por su parte, alegaba que la decisión sobre la forma de disfrute del permiso previsto en la norma "no puede quedar al arbitrio del trabajador, sino que entra dentro del ámbito de organización del propio empresario".
De lo contrario, se podría generar una situación discriminatoria en relación a los trabajadores que no disponen de apoyo familiar para prestar las labores de cuidado, ya que "estos, necesariamente, deberían siempre disfrutar del permiso desde la fecha del hecho causante".
La Sala admite que el modo en el que ha de realizarse el cómputo y la fecha de inicio del permiso "ha sido siempre cuestión polémica", ya que tiene sentido cuando sirve para atender a la causa que lo permite, de ahí que se exija "cierta inmediatez".
En general, señala la sentencia, depende en cada caso de lo que establezca el convenio colectivo, y en el presente caso, no consta mención alguna.
Por ello los magistrados comparten el criterio de los sindicatos y entienden que la interpretación realizada por la empresa ha sido restrictiva o limitadora del disfrute del permiso, ya que "es un principio general de derecho que donde la norma no distingue no debe distinguir el intérprete".
Además, la Audiencia recuerda que la realidad social sobre la que se plasma esta norma es que los permisos vinculados a cuidados de familiares y convivientes son ejercitados mayoritariamente por mujeres, por lo que es necesario introducir una perspectiva de género.
El criterio inflexible de la empresa según el cual el permiso debe comenzar obligatoriamente cuando se produce el percance "no hace sino perpetuar la denominada 'brecha laboral de género', ya que implica que el colectivo que tradicionalmente asume los cuidados vea mermados sus derechos por esta causa.
Asimismo, supone un desincentivo para que los hombres asuman el deber de corresponsabilidad en las cargas familiares. EFECOM
eyp/jlm
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