Bruselas, 11 jul (EFECOM).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha aclarado este jueves que la Directiva europea sobre despidos colectivos también se aplica en caso de jubilación del empresario y que, en ese supuesto, la legislación española es contraria a la normativa comunitaria.
La jubilación de un empresario ocasionó la extinción de los cincuenta y cuatro contratos de trabajo vigentes en los ocho centros de trabajo de su empresa y ocho de esos asalariados impugnaron su despido al considerarlo irregular.
Su demanda fue inicialmente desestimada ante un tribunal español, pero se admitió recurso y la corte española que analiza el caso pidió a la máxima instancia administrativa de la UE aclaraciones sobre la Directiva de despidos colectivos.
Esto se debe a que la normativa española prevé un procedimiento de consulta a los representantes de los trabajadores en caso de despido colectivo, pero no se aplica en los casos en los que las extinciones de los contratos de trabajo se hayan producido por la jubilación del empresario persona física, ha explicado el TJUE.
El Tribunal de Justicia de la UE ha precisado en su respuesta que el objetivo de la Directiva es que los despidos colectivos vayan precedidos de una consulta a los representantes de los trabajadores y de la información a la autoridad pública competente.
Y ha recordado que la "reiterada jurisprudencia" estima que existe despido colectivo en el sentido de la normativa europea cuando "se producen extinciones de contratos de trabajo sin el consentimiento de los trabajadores afectados".
"Por consiguiente, considera que la normativa española es contraria a la Directiva", ha indicado en un comunicado el TJUE, donde ha precisado que se debe aplicar si se alcanzan "los umbrales de despidos previstos".
El Tribunal de Justicia ha argumentado que este supuesto no puede asimilarse al del fallecimiento del empresario, sobre el que el Tribunal de Justicia ya ha declarado que la Directiva no es aplicable.
Esto se debe a que, a diferencia de un empresario fallecido, el "que se jubila puede, en principio, llevar a cabo consultas destinadas, en particular, a evitar las extinciones de los contratos de trabajo o a reducir su número o, en cualquier caso, atenuar sus consecuencias", según el TJUE. EFECOM
pma/jaf/jmj
Últimas Noticias
El proyecto sostenible del príncipe Harry entra en números rojos: la empresa de viajes Travalyst registra pérdidas de 13.542 libras
La entidad ha declarado a ‘The Sun’ que no se trata de una situación preocupante, sino de un movimiento previsto dentro de su estrategia
Javier Quintero, psiquiatra: “Estos tres hábitos están friendo tu cerebro”
El especialista proponen nuevos comportamientos para cuidar nuestra capacidad de memoria y retención

Los Javis explican a Marc Giró cómo fue su ruptura en plena grabación de ‘La bola negra’: “Lo hemos hecho tan bien…”
Javier Calvo y Javier Ambrossi visitaron ‘Cara al Show’ para hablar de su película, de cómo afrontaron su separación y de sus deseos de trabajar con Julia Roberts o Nicole Kidman

El motivo por el que no conviene apurar al máximo el depósito de combustible, según un mecánico: “Circular en reserva estropea tu coche”
Desde el taller Carma Barakaldo explican que este hábito puede acabar haciendo estragos en algunas piezas del vehículo como los inyectores, lo que obligará a desembolsar sumas considerables en el taller

Los reyes viajarán a Ceuta y Melilla el 13 y 14 de octubre en una visita “consensuada” entre el Gobierno y la Casa Real
Será la primera vez que Felipe VI vaya a la ciudad autónoma desde que asumió el cargo

