Almería, 9 abr (EFE).- Azata del Sol, la promotora que edificó el hotel construido en el paraje de El Algarrobico de Carboneras (Almería), ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que continúe con la ejecución forzosa de la sentencia que obliga al Ayuntamiento a revisar de oficio la licencia municipal de obras del inmueble.
En un escrito, al que ha tenido acceso EFE, Azata del Sol se opone a la suspensión de la tramitación de este procedimiento de ejecución solicitada por Greenpeace, al considerar que para ello no es preciso que el Ayuntamiento cumpla antes con la sentencia que obliga a clasificar este terreno como "suelo no urbanizable de especial protección".
Dichos terrenos vuelven a ser urbanizables en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la localidad, después de que se haya declarado firme una de las últimas decisiones del TSJA.
A principios de marzo, el alto tribunal andaluz dio la razón a la Junta de Andalucía y anuló el acuerdo del pleno del Ayuntamiento que declaró no urbanizables los terrenos del paraje de 'El Algarrobico', en los que se encuentra el polémico hotel construido por Azata del Sol.
En un auto consultado por EFE, el TSJA declaró a finales de mes la firmeza de este pronunciamiento, al haber transcurrido el plazo para presentar un recurso de reposición, sin que esto haya ocurrido.
Según apuntó anteriormente el Tribunal Supremo, para poder derruir el hotel es preciso que se declare la ilegalidad de la licencia municipal de obras de 2003, un paso que ahora se dificulta con esta decisión judicial.
El Gobierno andaluz solicitó anular la totalidad del punto primero de dicho acuerdo, adoptado el pasado 26 de abril, así como parte del segundo, y que obligase al consistorio a reflejar "en sus documentos y decisiones" que la clasificación como suelo no urbanizable especialmente protegido de 'El Algarrobico' (sector ST-1) y de El Canillar (sector ST-2) era vigente desde 1994.
La Junta defendía que la redacción del acuerdo, que hacía alusión a "efectos sobrevenidos" para llevar a cabo la declaración de no urbanizables, no cumplía la sentencia que obligaba al Ayuntamiento a esta medida "en la forma y términos que en ésta se consignan", y defendía que 'El Algarrobico' y 'El Canillar' no eran urbanizables desde 1994, año en el que se aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del parque natural Cabo de Gata-Níjar (Almería).
"Se ha de admitir que lleva razón la Junta de Andalucía cuando afirma que 'concurre una extralimitación en el cumplimiento del fallo' por parte del Ayuntamiento de Carboneras (...) Resulta que para su debida ejecución no tiene por qué proceder a aprobar definitivamente la modificación del instrumento de planeamiento general de PGOU de Carboneras' con el sentido y alcance que lo hace", apunta el auto el TSJA.
En este sentido, el TSJA sostiene que al Ayuntamiento "nada le corresponde decidir al respecto", más allá de hacer figurar en el PGOU lo ordenado por la sentencia aludida.
Este acuerdo fue aprobado cuando aún era alcalde el socialista José Luis Amérigo y, meses más tarde, el regidor recientemente depuesto, Felipe Cayuela (PP), intentó modificar en pleno la resolución aludida para ajustarlo a lo que reclamaba la Junta de Andalucía, pero no fue posible al no contar con la mayoría suficiente para ello. EFE
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