
Fue una notificación inesperada. Sin previo aviso. Un hombre deberá devolver 5.500 euros a la Seguridad Social después de participar como voluntario en la organización de un festival y en una asamblea vecinal mientras estaba de baja por enfermedad. La cifra ha sorprendido tanto a la comunidad como al propio afectado, Benjamin Brenac, quien ha asegurado que su intención era solo ayudar y mantenerse activo durante un largo periodo de convalecencia.
El caso tuvo lugar en Francia, en el departamento de Haute-Garonne (al sur del país). Benjaminm, que estuvo más de dos años de baja tras ser operado, sigue dependiendo de las muletas para caminar o mantenerse en pie debido a una hernia discal y ciática. Durante su baja ha recibido prestaciones de la Caja de Seguro Primario de Salud (CPAM), que ahora le exigen el reembolso de 5.500 euros por haber realizado actividades voluntarias.
La reclamación corresponde a 47 días de indemnización por su participación en un festival local en octubre de 2024 y 18 días adicionales por asistir a una asamblea general de apenas dos horas en abril de 2025. “Fue una distracción bienvenida para mí, porque dos años de baja por enfermedad es mucho tiempo. Es estar en casa sin hacer nada, y eso es difícil”, ha explicado Benjamin al medio France 3.
Debido a sus limitaciones físicas, su labor se limitó a tareas administrativas, pero su papel como presidente del comité del pequeño pueblo de Espaon (Gers), en el Pirineo francés, fue suficiente para que la Seguridad Social aplicara la normativa estricta.

Qué actividades prohíbe la ley durante la baja médica
En Francia, la ley establece que durante la baja médica no se puede realizar ninguna actividad, ni remunerada ni voluntaria, salvo autorización expresa del médico. “Cuando se está de baja por enfermedad, el Código de la Seguridad Social regula los derechos y obligaciones de los asegurados. Se trata simplemente de descansar”, explica Jean-Michel Huc, subdirector del Departamento de Asegurados de la CPAM Haute-Garonne. Benjamin asegura que desconocía esta restricción: “No veo qué hice mal, aparte de estar ahí para ayudar a los demás y que la gente pudiera pasarlo bien”.
Por su parte, en España, el artículo 128 de la Ley General de la Seguridad Social establece obligaciones similares. “El trabajador deberá abstenerse de cualquier actividad incompatible con la recuperación, incluyendo el voluntariado”. Saltarse esta norma puede considerarse incumplimiento de la obligación de reposo y dar lugar a la devolución de prestaciones o a sanciones.
La única exposición
El propio Huc aclara que solo con autorización médica previa se pueden realizar ciertas actividades: “El médico que prescribe la baja puede hacer una excepción. Puede considerar que, dependiendo de la enfermedad, un empleado podría beneficiarse de una actividad que acelere su recuperación. Pero debe autorizarlo previamente y dejar constancia en el certificado de baja por enfermedad”.
En España, este permiso funciona igual. Si no existe dicha autorización, cualquier actividad, por mínima que sea, conlleva automáticamente la obligación de devolver las prestaciones percibidas. “Si un trabajador desea realizar cualquier actividad durante la baja, debe contar con el visto bueno de su médico o de la mutua colaboradora”, establece el mismo artículo. Benjamin ha decidido impugnar la decisión ante el tribunal y alegar buena fe, intentando mantener su vida social mientras estaba de baja médica.
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