Estafar 200 millones de euros a inversores de criptomonedas: la Audiencia Nacional investiga a diez personas por blanqueo de capitales en la plataforma Arbistar

En la causa principal, el magistrado José Luis Calama impuso penas de ocho años de prisión a Santiago Fuentes Jover y de seis a Diego Felipe Fernández Nojarova, dos de los fundadores

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Santiago Fuentes Jover, CEO de
Santiago Fuentes Jover, CEO de Arbistar, en el banquillo de acusados (Cema Moya-EFE)

El juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama ha propuesto juzgar a diez personas, entre ellas el creador de la plataforma Arbistar, Santiago Fuentes Jover, por un delito de blanqueo de capitales de los fondos obtenidos de los inversores en criptomonedas a través de esta plataforma.

El magistrado dicta el auto de pase a procedimiento abreviado en la pieza separada de blanqueo, distinta de la causa principal en la que la Audiencia ya dictó sentencia por la estafa masiva cometida entre 2019 y 2020, por el que condenaba a dos de los fundadores de la plataforma: a Fuentes a ocho años de cárcel, y a Diego Felipe Fernández Nojarova, a seis.

En el auto, el magistrado José Luis Calama señala que Fuentes Jover fue quien “organizó y dirigió el circuito financiero por el que fluyó el dinero de la plataforma en perjuicio de los inversores”. El instructor sostiene que el principal encausado sabía que los clientes de Arbistar aportaban su dinero “siendo víctimas de un engaño perpetrado por él y sus colaboradores”, ya que “ni existía el algoritmo que vendían como panacea, ni las cantidades recibidas eran objeto de inversión alguna”.

A partir de esta premisa, el juez concluye que el dinero que Fuentes Jover manejaba “procedía del engaño efectuado a los inversores, es decir, procedía de un delito”, y que su actuación estuvo dirigida a ocultar su origen y su titularidad, lo que, a su juicio, integra indiciariamente un delito de blanqueo de capitales.

Con ese objetivo, Fuentes constituyó una serie de sociedades con escaso capital, sin apenas personal y sin una actividad económica real, que sirvieron para canalizar los fondos procedentes de las aportaciones de los inversores engañados. Entre ellas destaca Venus Capital, a la que el magistrado define como la espina dorsal de todo este entramado de ocultación y desvío de capital”.

El auto describe cómo a través de este entramado los encausados realizaron transferencias sucesivas entre cuentas bancarias tanto de las mercantiles interpuestas como de sus administradores y personas de su entorno, con la finalidad de integrar el dinero en el circuito financiero y dificultar su trazabilidad. Parte de esos fondos, prosigue el instructor, se destinó a la adquisición de coches de lujo, una embarcación y al pago de bienes y servicios completamente ajenos a la actividad de la mercantil a la que los inversores confiaron su capital.

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“De esta forma, todos los encausados acometieron el proceso de blanqueo mediante una secuencia de actos programados que respondían a un esquema común”, resume el auto firmado por el magistrado, quien subraya que el uso de empresas pantalla con apariencia de legalidad constituye una de las formas más habituales de este delito.

El magistrado describe estas sociedades como “estructuras vacías”, domiciliadas en despachos profesionales, sin contabilidad ni archivo de sus transacciones y, en muchos casos, sin presentación de cuentas anuales. “Medios para poner en escena la confusión y opacidad que demanda el blanqueo”, concluye.

Una plataforma con vídeos en YouTube

La plataforma nació el 8 de mayo de 2019, cuando los dos ya condenados junto a Viktor Alexandre Walter Frantz constituyeron la sociedad ARBISTAR 2.0 S.L. y una serie de mercantiles vinculadas a esta, quedado Fuentes como administrador único pocas semanas después. Allí comenzaron una campaña de publicidad para captar inversores, en su mayoría minoristas, principalmente en presentaciones y eventos públicos por toda España y en vídeos publicados en Youtube.

Según el auto, esta se presentaba públicamente como una empresa especializada en trading y arbitraje de criptomonedas mediante sistemas automatizados, ofreciendo a los inversores supuestos bots capaces de generar rentabilidades constantes. El juez sostiene que ese sistema era ficticio y que los fondos aportados por los inversores no eran objeto de una inversión real.

Por todo esto, el juez propone juzgar además a otras ocho personas vinculadas a la gestión de sociedades interpuestas y al movimiento de fondos procedentes de las aportaciones de los inversores. Se trata de Alex Castro Fernández e Iván Grima Extremera, administradores de mercantiles clave como Venus Capital; Lester Zarabozo González, vinculado a la operativa en exchanges y a sociedades del entramado; y Ivone Fuentes Berloso, Nasci María Álvarez Pérez, Edgar Álvarez Pérez, Ana García Extremera y Jennifer López González, todos ellos relacionados, según el auto, con el uso de cuentas bancarias y sociedades destinadas a ocultar y canalizar el dinero de origen ilícito.

La resolución acuerda dar traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que, en el plazo de diez días, soliciten la apertura de juicio oral, el sobreseimiento de la causa o, de forma excepcional, la práctica de diligencias complementarias.