
El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo e instructor del caso Koldo, Leopoldo Puente, ha acordado que no procede otorgar la autorización interesada por el presidente del Senado para que el acusado José Luis Ábalos, en prisión provisional comunicada y sin fianza, asista a la comparecencia señalada para este jueves 8 de enero a las 10:00 horas en la comisión de Investigación de la Cámara Alta por haberse presentado fuera de plazo.
El magistrado explica en el auto que la denegación no obedece a una valoración de fondo sobre la compatibilidad entre la investigación parlamentaria y la judicial, sino a la imposibilidad material de tramitar la solicitud con las garantías procesales exigibles. En este sentido, subraya que la petición del Senado llegó al Tribunal Supremo el pasado 2 de enero, en pleno periodo de días inhábiles, y que “antes de resolver acerca de la autorización interesada (…) resultaría aquí indispensable que las partes en el proceso, cuando menos el Ministerio Público, la acusación popular y la defensa del Sr. Ábalos Meco, tuvieran oportunidad cumplida de alegar lo que pudieran tener por conducente”.
Puente recuerda que esta audiencia previa es una exigencia derivada del principio de contradicción y que ya fue aplicada por la propia Sala Segunda en un precedente de 2019, cuando se rechazó autorizar la comparecencia de acusados en prisión preventiva ante una comisión de investigación del Parlament de Cataluña.
En aquel auto, cita ahora el instructor, el Supremo advirtió de las “indeseadas interferencias entre la comparecencia ante la comisión y el derecho de defensa de los acusados en el acto del juicio oral”, una circunstancia que también debe ser ponderada en el caso de Ábalos, cuya causa se encuentra ya en fase de enjuiciamiento.
La puerta está abierta a una nueva citación
El auto detalla además que no concurren las condiciones legales para habilitar días inhábiles y acelerar la tramitación, al señalar expresamente que “no se advierte aquí que concurra, a los efectos que ahora importan, la mencionada urgencia, en los términos legalmente previstos”, ya que no se identifican “graves perjuicios a los interesados” ni a la buena administración de justicia.
Incluso en el supuesto de haber acordado esa habilitación, añade, los plazos mínimos para que las partes formulasen alegaciones no habrían vencido antes de la hora fijada para la comparecencia en el Senado.
Por todo ello, el instructor concluye que “ante la singular premura de la solicitud referida, no es posible otorgar la autorización interesada”, decisión que será comunicada a la Presidencia del Senado “por el método más rápido posible ante la inmediatez de la comparecencia señalada”. No obstante, el magistrado deja abierta la puerta a que la Cámara Alta vuelva a solicitar la comparecencia de Ábalos en un momento posterior, siempre que la petición se curse “en forma que permita pronunciarse sobre ella con tiempo suficiente para que resulte posible la imprescindible audiencia previa de las partes”.
El PP considera la comparecencia “imprescindible”
La comisión de investigación del Senado tiene por objeto analizar los contratos, licencias, concesiones, ayudas y otras operaciones del Gobierno y del sector público vinculadas a la intermediación de Koldo García Izaguirre y a las personas relacionadas con la denominada operación Delorme, así como los presuntos delitos de corrupción que pudieran guardar una relación directa o indirecta con estos hechos.
La Cámara Alta acordó la comparecencia de Ábalos en el marco de estas pesquisas por su condición de exministro de Transportes y por su vinculación política y orgánica con algunos de los principales protagonistas de la trama investigada.
El Partido Popular, promotor de la citación, defendió que la comparecencia del exdirigente socialista resultaba “imprescindible” para esclarecer el funcionamiento de la presunta red de intermediación y el papel desempeñado desde el Ministerio de Transportes durante su etapa al frente del departamento. El PP sostuvo que Ábalos podía aportar información relevante sobre los procedimientos de contratación y sobre la relación mantenida con Koldo García, al considerar que su testimonio era clave para delimitar responsabilidades políticas y conocer si existieron irregularidades en la adjudicación de contratos públicos durante la pandemia y en periodos posteriores.
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