Sebastián Ramírez, abogado: “La empresa no puede grabarte en tu puesto de trabajo, pero existen ciertas excepciones”

El incumplimiento de los requisitos legales para instalar sistemas de videovigilancia habilita a los trabajadores a presentar quejas formales para proteger su intimidad

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Plantilla de una empresa trabaja
Plantilla de una empresa trabaja en la oficina (Montaje Infobae con imágenes de @leyesconsebas / TikTok)

No es común entre los empleados de una empresa conocer realmente los límites legales de la videovigilancia en su lugar de trabajo. Sin embargo, muchos se lo preguntan. Según ha explicado el abogado Sebastián Ramírez en un vídeo publicado en su perfil de TikTok @leyesconsebas, aunque muchas empresas instalan cámaras en diferentes áreas, “la ley exige, en el ámbito laboral, que no se pueden poner cámaras en los pasillos, en las zonas de descanso y, por supuesto, en los vestidores”. Esta norma pretende proteger la intimidad de los empleados y evitar el control excesivo en espacios destinados al descanso o a la privacidad personal de todo el equipo.

Excepciones permitidas por la ley

No obstante, Ramírez matizó que sí existen excepciones concretas a esta prohibición. “La ley permite que se pongan cámaras en el lugar exclusivamente de trabajo, es decir, por ejemplo, apuntando a tu mesa de trabajo”, detalla el abogado en la citada red social. Eso sí, remarcó un aspecto importante: ”¡Pero ojo! ahí, no pueden tener audio”. Es decir, que aunque la empresa tenga razones justificadas para controlar la actividad laboral, nunca puede instalar dispositivos con capacidad de grabar conversaciones.

El propio experto aclaró que la finalidad de estas cámaras debe limitarse al control laboral. No se puede, por tanto, utilizar la videovigilancia para fines ajenos a la actividad profesional. Además, insistió en que para que la instalación de cámaras sea válida “la empresa tiene la obligación de avisarte previamente, colocar un cartel informativo visible y, además, debes haber dado tu consentimiento”.

(Foto: Pixabay)
(Foto: Pixabay)

Requisitos legales para proteger la privacidad

Tal y como explica Ramírez, el respeto a la privacidad de los trabajadores está garantizado solo si la empresa cumple realmente estrictamente los requisitos legales, que será: pedir el consentimiento del empleado e indicar a través de carteles que el centro laboral se ha convertido en una zona videovigilada.  Por lo tanto, no basta con que un día el trabajador se dé cuenta de que hay una cámara instalada: la comunicación y la transparencia por parte de la empresa son indispensables para no cometer una irregularidad.

Posibles reclamaciones si no se cumplen las normas

El abogado añade que, si alguno de estos procedimientos no se respeta, el empleado está en su derecho de reclamar. En ese sentido, recalcó que “las cámaras pueden estar, pero solo si están bien colocadas, bien señalizadas y con autorización" de los trabajadores.

Así, Ramírez recuerda a aquellos trabajadores que detecten la colocación de cámaras sin consentimiento, sin la debida señalización o en espacios prohibidos cuentan con mecanismos de protección: "Podrías reclamar si esto no se respeta”. 

En definitiva, la instalación de cámaras de videovigilancia en el lugar de trabajo está sujeta a límites legales muy claros que garantizan la protección de la intimidad de los empleados. La empresa deberá informar siempre de la finalidad de la grabación, no se instalará ningún equipo en los pasillos, en las zonas de descanso o en los vestidores y tendrá que contar con la autorización expresa de su plantilla, como ha subrayado el abogado Sebastián Ramírez.

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