
Muchos trabajadores aceptan empleos con condiciones precarias porque necesitan un salario para cubrir sus gastos básicos. Este escenario se repite en varios sectores, y es que el acceso a un contrato es la vía más directa para garantizar ingresos mensuales, aunque conlleve renunciar a derechos fundamentales. Sin embargo, lo que muchos empleados desconocen es que esas cláusulas que vulneran lo dictado por la ley constituyen prácticas ilegales por parte de las empresas.
Según explica el abogado laborista conocido como Un Tío Legal (@laboral_tips) en un video de TikTok, existen ciertos indicadores claros para identificar contratos “basura”, es decir, que vulneran la normativa vigente. “Mucha gente tiene condiciones laborales inferiores a las que marca la ley, pero eso realmente no es porque el contrato sea malo, porque el contrato tiene que respetar esa ley, sino porque en su empresa le están dando condiciones laborales de mierda”, advierte el letrado.
La ausencia de vacaciones pagadas: “El mínimo legal son 30 días, independientemente de que trabajes 40 horas, 30 o 20”
La primera señal que menciona el especialista es la falta de vacaciones retribuidas o el desconocimiento acerca de este derecho. “La primera sería, por ejemplo, que no tuvieras vacaciones”, alerta Un Tío Legal. La ley española establece un mínimo de 30 días naturales de vacaciones por año trabajado, sin importar la jornada laboral contratada.
“El mínimo legal son 30 días, independientemente de que trabajes 40 horas, 30 o 20. Lo único que va a pasar es que si estás de vacaciones y trabajas a 40 horas, vas a cobrar el sueldo según 40 horas, y lo mismo si trabajas a 20 horas o a 15 horas. Los 30 días de vacaciones al año que tienes, los vas a cobrar según ese sueldo”, precisa el abogado.

La práctica de negar este derecho o sustituirlo por retribuciones inferiores a lo que marca la ley es ilegal. El trabajador debe percibir durante el periodo vacacional la retribución correspondiente a su jornada habitual. Las empresas que obligan a renunciar a las vacaciones, o no pagan durante ese tiempo, están incumpliendo el Estatuto de los Trabajadores.
Trabajo no remunerado y horas extra obligatorias: “Todo esto son condiciones laborales que no tienes que aceptar y no son legales”
El segundo indicador de un contrato precario es la exigencia de realizar tareas fuera del horario laboral sin compensación. “Si te hacen trabajar sin pagarte, o en días libres te obligan a ir unas horitas y sin cobrar, o hacer horas extras sin cobrarlas también, o si no te devuelven el tiempo de descanso… Todo esto son condiciones laborales que no tienes que aceptar y no son legales”, recalca.
El abogado sostiene que las horas extras deben ser siempre voluntarias y remuneradas, tal como reconoce el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores. “Las horas extras, según el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, son voluntarias. Es decir, si te niegas a hacerlas, no tiene que haber ningún tipo de represalia ni tu empresa te puede obligar. Así que si no quieres, no hace falta que vayas”, subraya. Por lo tanto, cualquier imposición de horas extra no remuneradas constituye una infracción y puede denunciarse ante la inspección de trabajo.
Salario inferior al mínimo: “Si te están pagando en negro, lo siento, pero eso es una condición laboral precaria”
La percepción de una remuneración por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI) es otro rasgo de un contrato irregular. “El sueldo que debes cobrar es como mínimo el salario mínimo interprofesional, que esto son cuantías brutas, mensualmente 12 pagas. Si tu empresa te paga menos que esto, en bruto, y también puedes revisar si te pagan según convenio, no es legal”, detalla Un Tío Legal. El abogado recuerda que el salario está fijado por el convenio colectivo de aplicación y, en caso de que no exista o esté desactualizado, por el salario mínimo.
A esto se suma la obligación de que todos los pagos pasen por nómina y sean objeto de cotización. “Siempre, repito, siempre tiene que cotizar todo. Si te están pagando en negro, lo siento, pero eso es una condición laboral precaria”, advierte el experto. La remuneración en negro no solo impide el acceso a derechos como las bajas médicas o las prestaciones por desempleo, sino que también priva al trabajador del reconocimiento de la antigüedad y de otros beneficios vinculados a la cotización. “Si no cotizas, no tienes derecho a vacaciones, no tienes derecho a baja médica, y no tienes derecho a paro, entre otras muchas desventajas”, señala.
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