
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un año de cárcel a Isabel Medina Peralta, líder de la organización neonazi NS Bastión Frontal, por un delito de odio tras apremiar a la violencia contra los inmigrantes marroquíes y musulmanes en una concentración frente a la Embajada de Marruecos en 2021.
En una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, los magistrados consideran que Peralta incurrió en un delito de provocación a la discriminación y odio y la impone también una multa de 1.080 euros, por sus “declaraciones con ánimo de denigrar al colectivo de inmigrantes marroquíes y despertar la hostilidad hacia ellos”.
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La Sala considera que, con sus palabras, Peralta atentó a la “dignidad del colectivo de inmigrantes marroquíes” y animó a “una lucha de signo violento, máxime cuando se dirigía a miembros de un grupo caracterizado por conductas de esa naturaleza”.
¿Por qué se le acusa?
Los hechos, que fueron difundidos en internet, sucedieron en una manifestación el 18 de mayo de 2021 frente a la Embajada de Marruecos, en protesta por la crisis producida entre España y Marruecos como consecuencia de la entrada masiva de cientos de personas.
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Peralta cogió un altavoz y profirió manifestaciones como que “sufrimos una suplantación racial sin precedentes”, llamó a proclamar “muerte al invasor”, y repitió consignas como “no es inmigración, es una invasión”, según considera probado la sentencia.
La concentración, que no estaba autorizada y acabó con disturbios y cinco detenidos, fue grabada y reproducida en Internet. Un vídeo llegó a contar con al menos 7.844 visualizaciones y otro 6.956, dice la sentencia que impone a Peralta una pena inferior a la que solicitó la Fiscalía: 3 años y medio de cárcel y 3.240 euros de multa.
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La sentencia
“No se trata de criminalizar opiniones discrepantes sino de combatir actuaciones dirigidas a la denigración de colectivos vulnerables”, dicen los magistrados en su sentencia, contra la que cabe recurso. Asumen que “el derecho a la libertad de expresión permite asumir cualquier idea, expresarla e incluso difundirla”, pero “siempre con los límites que imponga la convivencia respetuosa con los derechos de los demás”.
La sentencia derriba todos los argumentos de la condenada y decreta que sus palabras excedieron “abiertamente la mera crítica política”, al considerar que son “pronunciamientos ostensiblemente violentos”. Con independencia de que “ostentara o no una suerte de cargo orgánico o jerárquico dentro del grupo”, la Audiencia Provincial sostiene que la acusada “asumió un papel protagonista y ciertamente directivo” en la convocatoria.
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Los magistrados analizan también el “contexto” en que se produjo la concentración, impulsada por un grupo que, desde 2020, ha impulsado actuaciones “caracterizadas por un enfrentamiento abierto con la inmigración marroquí”. “Toda su actuación lo es precisamente en un contexto abiertamente racista, como se comprueba en los eslóganes voceados, y se ratifica en el posterior comunicado difundido a través de la red”, añade.
(Informa EFE)
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