
Un diagnóstico tardío de cáncer le costará a la sanidad de Castilla-La Mancha (SESCAM) más de 100.000 euros. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Albacete ha condenado al servicio de salud por la muerte de un hombre de 41 años al que detectaron un cáncer de esófago un año después de su primera visita al hospital. El fallecido, identificado en la sentencia como M.M.S, acudió en repetidas ocasiones a los centros sanitarios de su comunidad, que no encargaron las pruebas necesarias para detectar su afección hasta que fue demasiado tarde.
Ha sido la asociación El Defensor del Paciente quien se ha encargado de representar a la familia del enfermo en este caso. Según han contado en un comunicado, la primera visita de M.M.S lfue el 9 de julio de 2020. El hombre acudió ese día al Hospital de Albacete porque había comenzado a experimentar vómitos continuos de colo negro, entre otros síntomas graves.
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Los médicos del hospital le realizaron una gastroscopia urgente, que evidenció una esofagitis por reflujo de grado D. Pese a tener un diagnóstico, M.M.S no conseguía curarse: en los meses posteriores acudió en varias ocasiones a urgencias y a su médico de cabecera refiriendo síntomas digestivos, dolor de cadera, anemia y pérdida de peso. Sin embargo, los facultativos decidieron no repetir la prueba de la gastroscopia.
El hombre tuvo que esperar hasta el 28 de abril de 2021 para que los médicos aceptasen investigar más a fondo sus dolencias. Realizaron un estudio endoscópico digestivo con el que evidenciaron la presencia de un adenocarcinoma de esófago. Se trata de uno de los 10 cánceres más frecuentes del mundo y en España afecta a 8 de cada 100.000 hombres y a 1 de cada 100.000 mujeres. La tasa de supervivencia del cáncer de esófago a 5 años se sitúa entre el 20 y el 47%, siendo vital que se detecte de forma temprana. Por desgracia, para cuando se realizó el estudio, el adenocarcinoma ya se encontraba en una fase avanzada de metástasis.
“Una mala praxis en la asistencia médica”
El juzgado ha considerado “debidamente acreditada la vulneración de la lex artis por parte de los servicios médicos”, ya que no se siguieron las pautas necesarias para un seguimiento adecuado. El error está, según la sentencia, en la negativa a repetir la gastroscopia a los tres meses de la primera prueba. El retraso en el diagnódtico “provocó la evolución de la enfermedad desde una fase localizada a una metástasis avanzada”, asegura el fallo judicial.
El propio Servicio de Inspección de Servicios Sanitarios del SESCAM, tras instruir el expediente, emitió un informe el 1 de febrero de 2024 que confirmaba la negligente asistencia médica. No obstante, recomendaba disminuir la indemnización a un 41% de lo solicitado por considerar que existía una pérdida de oportunidad terapéutica. Sin embargo, la demanda interpuesta por la familia fue integralmente respaldada por el juzgado, lo que llevó a conceder el 100% de la indemnización solicitada. ”No podemos considerar que nos encontramos ante un daño antijurídico consistente en la pérdida de oportunidad, sino ante un daño antijurídico causado por una mala praxis en la asistencia médica recibida”, asegura el juzgado.
El juez ha reconocido una indemnización de 116.845 euros más interess a la madre y los hermanos del paciente.
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