
La Dirección General de Tráfico (DGT) cuenta con más de 2.000 radares para cubrir todas las carreteras del territorio español. Durante el verano, aunque han reducido las cifras de accidentes mortales, las personas fallecidas has subido hasta 241, tres más que el año pasado, según establece el balance de la Operación Verano de la DGT presentado por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
Conducir con exceso de velocidad es una de las infracciones al volante más comunes y que genera un mayor número de sanciones. Este delito siempre va acompañado de una multa económica, mientras que si la gravedad de la infracción se considera graves o muy graves, puede sumarse la pérdida de puntos del carnet de conducir.
Los tipos de infracciones por exceso de velocidad son tres; leves, que van acompañadas de una multa de hasta 100 euros sin pérdida de puntos, graves; que suponen una multa de 200 euros y algunas con pérdida de puntos y muy graves; que contemplan multas de 500 euros o más y siempre llevan pérdida de puntos del permiso de conducir. En la gran mayoría de los casos, el exceso de velocidad es considerada como una infracción grave.
Sanciones y cuántos puntos: tabla de multas de la DGT
La DGT establece una serie de multas en los casos donde se exceda el límite de velocidad y que comprende varios tramos dependiendo de la velocidad permitida y la velocidad del conductor. De esta forma, las principales infracciones son:
Multa sin pérdida de puntos:
La sanción económica sin perdida de puntos se establece en los casos en los que el conductor rebase el límite de velocidad de una forma moderada. En este contexto, serán multas sin pérdida de puntos cuando el conductor, en las carreteras donde el límite de velocidad sea de 50 km/h, lo supera 20 km/h o menos, o, si el límite de velocidad está entre 60 y 100 km/h, el conductor lo rebasa en 30 km/h.
De este modo, si el límite de la carretera es de 40 km/h, llegará esta sanción si conduce a una velocidad entre los 41 y los 60 km/h, mientras que si el límite es de 90 km/h, este tipo de sanción llegará si se circula a una velocidad entre los 91 y 120 km/h.
Multa de 300 euros y pérdida de 2 puntos:
Se consideran infracciones graves, con sanción económica de 300 euros y pérdida de hasta 2 puntos del carnet de conducir cuando el conductor, en las carreteras con un límite de velocidad de hasta 50 km/h, supere entre 20-30 km/h la señal, mientras que en las vías de entre 60 y 100 km/h lo supere entre 30-50 km/h.
Por ejemplo, si la carretera tiene un límite de 50 km/h, este tipo de sanción llegará cuando el infractor conduzca entre 71 y 80 km/h. Si el conductor circula por una carretera de 80 km/h, esta sanción llegará si el conductor circula entre 111 -130 km/h.
Multa de 400 euros y 4 puntos:
Se considerará infracción grave y corresponde a las infracciones en los casos donde el conductor circule, en las vías de hasta 50 km/h, rebasando el límite entre 30 y 40 km/h, mientras que en las carreteras de mayor velocidad a 50 km/h, el conductor lo debe superar en 50-60 km/h.
Un ejemplo sería, si la vía tiene un límite de 30 km/h, el conductor circula entre las velocidades de 61-70 km/h. Mientras que, si la vía es de 100 km/h, esta sanción vendrá cuando se conduzca entre 151 km/h y 160 km/h.
Multa de 500 euros y pérdida de 6 puntos:
También se considera infracción grave y sucede en los casos donde el conductor circula, en las vías de hasta 50 km/h, superando el límite entre 40-50 km/h. Por otro lado, en las carreteras donde el límite de velocidad supera los 60 km/h, esta sanción vendrá cuando el conductor lo supere por 60-70 km/h el límite de velocidad.
De esta manera, en las carreteras donde el límite es de 20 km/h, cuando se circule entre los 61-70 km/h, llegará esta sanción, mientras que si la carretera es de 60 km/h, esta infracción llegará cuando se circule entre los 121-130 km/h.
Multa de 600 euros y 6 puntos:
Es la única infracción que se considera muy grave. Sucederá en los casos donde el conductor circule superando en 50 km/h, en las carreteras donde el límite sea de 50 km/h, y en las vías donde el límite sea 60 km/h, rebasándolo en más de 70 km/h.
Por ejemplo, si el límite de velocidad es de 50 km/h, la sanción muy grave llegará cuando se conduzca a 101 km/h, mientras que si el límite es de 70 km/h, llegará cuando se circule a una velocidad superior de 141 km/h.

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