Almeida autoriza la construcción de un horno crematorio frente a un Mercadona, un área infantil y a menos de 250 metros de una zona residencial

El tanatorio de la M-40 contará por fin con esta instalación con capacidad para incinerar 1.000 cuerpos al año. Los vecinos de Usera aseguran que su autorización incumple una ordenanza municipal y el PSOE recuerda que se aprobó por unanimidad en el Pleno su instalación

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida (Alejandro Martínez Vélez - Europa Press)
El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida (Alejandro Martínez Vélez - Europa Press)
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El tanatorio de la M-40 tendrá por fin su horno crematorio con capacidad para incinerar unos 1.000 cuerpos al año. El Ayuntamiento de Madrid que dirige José Luis Martínez-Almeida concedió el pasado 23 de agosto la licencia urbanística a la empresa Parcesa-Parques de la Paz para que ponga en marcha esta nueva instalación, situada en el distrito de Usera, que ocupará 187 metros cuadrados y estará funcionando las 24 horas del día, los 365 días del año. La autorización ha motivado las quejas de los vecinos, que aseguran que se está incumpliendo una ordenanza municipal y que se va a levantar el crematorio, con su chimenea, a menos de 250 metros de una zona residencial y justo enfrente de un Mercadona y un área infantil.

Esta empresa llevaba intentando construir el crematorio desde abril de 2015. La Asociación Vecinal del San Fermín recuerda en un comunicado que los residentes de la zona se opusieron entonces con la recogida de más de 13.000 firmas. “Pues ahora ya tienen licencia para hacerlo. Se ha concedido el 23 de agosto, en pleno verano, sin comunicación previa, para que no nos enteremos y no podamos abrir la boca y decirle al Ayuntamiento que en 2021 se aprobó en el Pleno que no se construía el crematorio. ¿Dónde ha quedado esa aprobación que fue por unanimidad?”, se preguntan los vecinos.

Estos recuerdan, además, que la ‘Ordenanza Municipal 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad’ señala en su artículo 22 que “los hornos destinados específicamente a la incineración de cadáveres de personas deberán instalarse siempre en cementerios o asociados a tanatorios, de tal modo que la distancia del foco o focos de emisión no sea nunca inferior a 250 metros respecto a viviendas o lugares de permanencia habitual de personas, como industrias, oficinas, centros educativos o asistenciales, centros comerciales, instalaciones de uso sanitario o deportivo, parques. Por otra parte, sus emisiones deberán cumplir los límites que fueran legalmente aplicables en cada momento”.

Ubicación del horno crematorio autorizado en el tanatorio de la M-40
Ubicación del horno crematorio autorizado en el tanatorio de la M-40

La Asociación Vecinal San Fermín asegura que se incumple esta ordenanza, porque a menos de 250 metros se encuentran los “bloques de vivienda de de las calles Oligisto, Rutilo y Periana” y muy cerca se ubica la zona residencial de La Perla, con más de 3.000 pisos, además de un instituto y un colegio, tres parques, dos centros comerciales y un centro de trabajo. El horno crematorio, aseguran con ironía, sumaría una nueva instalación “saludable” a un barrio que ya cuenta con tres depuradoras (la China, la Gavia y la de Butarque), un estaque de tormentas “para que nos atormente” con sus olores”; y una subestación de gas justo enfrente de donde quieren hacer el crematorio. Y todo esto al lado del Parque Lineal del Manzanares, “punto negro contaminante incluido en el Plan hidrológico del Tajo. Sin olvidar el nudo sur de la M-40, “con una contaminación potencialmente nociva por la emisión de los gases que emanan de tantísima circulación diaria”.

Votos en contra por unanimidad

Ignacio Benito, concejal socialista, señala que hace tres años y gracias a una iniciativa presentada por el PSOE en el Pleno del Ayuntamiento, “todos los grupos políticos votaron por unanimidad en contra de la construcción de un horno crematorio en el distrito de Usera y muy cerca del de Villaverde. Ahora el Ejecutivo de Almeida autoriza su instalación, a pesar de que, además, hay una sentencia del Tribunal Supremo desestimando su edificación. Es demencial que se vaya a hacer incumpliendo la normativa municipal, ignorando una sentencia judicial y permitiendo que se incineren cadáveres a menos de 50 metros de zonas habitadas, con el riesgo que supone para la vecindad”.

¿Qué se autoriza con esta licencia? La construcción de un horno incinerador provisto de cuatro quemadores. de postcombustión. El combustible empleado será gas natural. También una chimenea “para la evacuación de gases producto de la combustión” que tendrá una altura de 36,5 metros, dos calderas de calefacción y un grupo electrógeno de emergencia. “Las emisiones acústicas transmitidas al medio ambiente exterior y a locales acústicamente colindantes cumplirán las prescripciones establecidas en los artículos 15 y 16 de la ‘Ordenanza de Protección Contra la Contaminación Acústica y Térmica’ aprobada por el Ayuntamiento en febrero de 2011″, reza la autorización municipal. El horno podrá estar operativo ocho años. Pasado ese tiempo habrá que pedir una nueva autorización municipal.

Tanatorio de la M-40
Tanatorio de la M-40

La cremación e incineración de cadáveres humanos sí está incluida en el Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera de 2011 y sometida, por tanto, a la autorización administrativa de la Comunidad de Madrid. Antes de que el Ayuntamiento concediera la licencia, la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular del Gobierno regional otorgó el pasado 31 de julio la autorización administrativa pertinente. Y es que no es necesaria la emisión de un informe de evaluación ambiental.

El horno crematorio fue rechazado en hasta tres ocasiones en el pasado por el Ayuntamiento de Madrid: en 2002 (gobernaba José María Álvarez del Manzano), en 2015 (ya con Manuela Carmena), y en 2021, con Almeida ya en Cibeles en coalición con Ciudadanos. La autorización concedida ahora asegura que “la presente licencia se concede por acatamiento y cumplimiento de sentencia firme dictada en fecha 12 de julio de 2021 por el Tribunal Supremo”, al que la empresa Parcesa-Parques de la Paz presentó un recurso de casación ante la resolución de 30 de marzo de 2016 de la Agencia de Actividades, que inicialmente había denegado la licencia. Los vecinos anuncian nuevas protestas.

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