
La ley de amnistía ya tiene sus dos primeros beneficiarios. Miquel Buch, que fue exconsejero del Interior durante el Gobierno de Quim Torra y Lluís Escolà, exescolta del expresidente catalán Carles Puigdemont, han sido los dos primeros. Así lo ha decidido este martes el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), en la que en una resolución a la que ha tenido acceso Infobae España, el tribunal expone que extinguen de responsabilidad penal tanto civil a Buch y Moya.
El que fue consejero de Torra desde mayo de 2018 hasta septiembre de 2020 estaba condenado a cuatro años y medio de cárcel y 20 de inhabilitación por contratar a un mosso d’esquadra para que hiciera de escolta del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont en Bélgica. Ese mosso que sirvió de escolta era Lluis Escolà, y fue condenado a cuatro años de prisión y nueve de inhabilitación el pasado mes de septiembre. Escolà ya había trabajado como escolta para los expresidentes Jordi Pujol y Artur Mas, como cargo de confianza, tras la aprobación del artículo 155.
De acuerdo con la resolución del TSJC, el tribunal deja sin efecto las medidas cautelares “personales o patrimoniales” que se hayan adoptado a lo largo del procedimiento y ordena que se cancelen “cuantos registros, anotaciones y antecedentes, incluidos los policiales, se hayan llevado a cabo exclusivamente en virtud de los actos expresamente amnistiados”.
En la sentencia previa, ya revocada, los jueces consideraron que Escolà acompañó a Puigdemont hasta Bélgica y que encadenó bajas médicas, vacaciones y libranzas para escoltar al expresidente en su tiempo libre. Meses después, en julio de 2018, Miquel Buch le nombró como su asesor, por lo que la sentencia dictaminó que los dos eran “conscientes de que dicho nombramiento no tenía por objeto real, sino dar cobertura remuneratoria a la función de protección personal y de seguridad” para el expresidente.
La ley entró en vigor el 11 de junio
Estas dos primeros beneficiarios llegan después de que entrara en vigor la ley de amnistía, que se hizo oficial tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 11 de junio. La norma contempla una tramitación preferente y urgente en su aplicación, estableciendo que las decisiones se adoptarán en un plazo máximo de dos meses. En esta ocasión, el perdón ha llegado exactamente dos semanas después de que la norma fuera oficialmente efectiva.
La decisión ha sido tomada por los jueces magistrados Àngels Vivas, Francisco Segura, María Jesús Manzano y Manuel Álvarez para resolver el recurso de apelación interpuesto por la Audiencia Provincial de Barcelona en septiembre de 2023.
Ahora, la resolución del TSJC aplica la amnistía por el delito de malversación, un aspecto por el que había controversia jurídica sobre su encaje en la ley de amnistía. Además, en aplicación de la nueva normativa, el tribunal declara como cancelados “los registros, anotaciones y antecedentes, incluidos los policiales, que se hayan producido “por los actos expresamente amnistiados”. Sin embargo, los jueces declaran que de acuerdo con lo que dice la ley de amnistía, la resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
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