
Un vecino de Vera (Almería) ha descubierto, mediante un informe del Instituto Nacional de Toxicología, que el hijo al que llevaba pagando una pensión 27 años era en realidad de otro hombre. El supuesto hijo era fruto de una relación extramatrimonial, donde la madre percibió una pensión durante 27 años. El Juzgado de Instrucción número 6 de Almería ha acogido una vista oral sobre la filiación de su supuesto hijo, según ha explicado a EFE el abogado José Luis Martínez, que representa a este anciano.
“Tenía la sospecha desde febrero de 2017, cuando la hermana de la madre le dijo que no era su hijo. Le dijo: Me da lástima de ti, compruébalo, que no es tu hijo. Y así ha sido, efectivamente”, apunta el letrado. En abril de ese mismo año, se presentó una demanda que ha derivado en este juicio en el que “el informe del Instituto Nacional de Toxicología concluye que existe una incompatibilidad genética”. “Es la prueba estrella”, resalta.
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Ante esta prueba, el Ministerio Fiscal se ha sumado a los planteamientos de la defensa del anciano. La causa está vista para sentencia, pero ambas partes consideran que se dará la razón al demandante. De ahí en adelante, el letrado planteará una extinción de las medidas impuestas a su cliente y de la pensión. “Él -el supuesto hijo- no trabaja todavía y no tiene una independencia económica, y nos hemos enterado de que su madre falleció hace poco”, ha apuntado.
Pagó más de 40.000 euros
El abogado ha explicado que su cliente fue condenado en 2016 por un juzgado de lo Penal de Almería por impago de pensiones, lo que resultó en una multa y la imposición de pagar más de 40.000 euros, además de que se le embargara la pensión de su jubilación, “hasta el día de hoy”.
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Martínez ahora considera la posibilidad de actuar contra este fallo a la luz de las nuevas pruebas, aunque admite que será complicado porque “se podía recurrir ante el Tribunal Supremo en el plazo de cinco años, que ya ha pasado, por lo que no sabemos si podrá recuperar ese dinero”. Según el abogado, las pruebas biológicas recientemente obtenidas, por las que su cliente tuvo que pagar 720 euros, han sido fundamentales para descubrir la verdad.
“Se siente mal y engañado”, ha aseverado el abogado, quien a pesar de todo celebra el resultado. “Yo no fui el que inició la demanda, que inicialmente era muy light; yo la complementé y pedí que se suspendiera la vista hasta que estuvieran las pruebas biológicas, que se tiraron un tiempo y por las que tuvo que pagar 720 euros”, ha concluido el abogado.
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Pensión de alimentos
La pensión de alimentos o pensión alimenticia es una obligación legal que se establece con el fin de garantizar que los hijos que son dependientes económicamente de sus progenitores cuentan con el soporte necesario para cubrir sus necesidades básicas, como por ejemplo la alimentación, ropa, vivienda, educación y asistencia médica.
Esta retribución debe estar estipulada por sentencia firme, en caso de divorcio contencioso, o con un acuerdo, en caso de que la separación sea de mutuo acuerdo. El problema es que en ocasiones, el progenitor obligado a pasar la pensión alimenticia, rehúsa de llevar a cabo esta transacción o no sabe hasta cuándo debe abonarla.
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