
Tras meses de debate político y social este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la ley de amnistía. La denominación oficial es Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, que ya había sido aprobada en el Congreso el pasado 30 de mayo y firmada este lunes por el rey Felipe VI, como manda la Constitución.
El texto comienza explicando que “toda amnistía se concibe como una figura jurídica dirigida a excepcionar la aplicación de normas plenamente vigentes, cuando los actos que hayan sido declarados o estén tipificados como delito o determinantes de cualquier otro tipo de responsabilidad se han producido en un contexto concreto”, para más tarde especificar en sus 18 páginas qué delitos quedan cubiertos y a qué personas afecta.
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Los delitos cubiertos
El marco legal contemplado en esta ley absuelve acciones relacionadas con el proyecto independentista catalán llevadas a cabo entre el 1 de enero de 2012 y el 13 de noviembre de 2023. Esta disposición incluye la amnistía para individuos e instituciones que promovieron el independentismo y buscaron respaldo de entidades tanto públicas como privadas.
La ley cubre también los actos destinados a convocar o promover consultas populares sobre la independencia de Cataluña. Delitos como desobediencia, desórdenes públicos y resistencia, ejecutados para facilitar estas consultas, están igualmente perdonados. Se incluye la prevaricación vinculada a la aprobación de leyes que apoyaron estos esfuerzos.
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Además, las acciones realizadas por las fuerzas policiales cuyo propósito era obstaculizar las consultas también están incluidas en la amnistía. Las actividades que favorecieron de alguna manera actos con responsabilidades penales, administrativas o contables recibirán el perdón completo, independientemente del grado de participación o ejecución de los individuos y entidades.
Carles Puigdemont, líder de Junts per Catalunya, se encuentra entre los beneficiados por la amnistía. Puigdemont, quien ha estado fugado desde 2017, junto con más de 370 encausados por el “procés”, se verán liberados de las acusaciones. La medida también anula órdenes de busca y captura, así como ingresos a prisión y medidas cautelares implementadas en casos beneficiados por la normativa.
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Para los empleados públicos implicados, la ley garantiza la restitución de todos sus derechos tanto activos como pasivos y aquellos que fueron expulsados de sus puestos laborales serán reincorporados a sus respectivos cuerpos.
Las excepciones
Sin embargo, el alcance de esta ley no es ilimitado. Según el artículo 2 de la normativa, quedan excluidos los actos dolosos contra personas que resulten en muerte, aborto, lesiones graves al feto, así como la pérdida o inutilidad de órganos y sentidos. También se mencionan aquellos actos que resulten en impotencia, esterilidad o graves deformidades físicas y los delitos de tortura o trato inhumano según el artículo 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales están excluidos, siempre que superen un umbral mínimo de gravedad, que refiere a actos de especial crueldad reconocidos internacionalmente.
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En el ámbito del terrorismo, el Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal especifica que estos delitos quedan excluidos si existe una sentencia firme y si las acciones están descritas en el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541, del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017.
Igualmente, los delitos de traición y aquellos que afectan la Defensa Nacional también están fuera de las disposiciones generales, al igual que los actos que comprometen los intereses financieros de la Unión Europea. Finalmente, cualquier delito motivado por racismo, antisemitismo, antigitanismo o cualquier tipo de discriminación es excluido de la normativa.
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