
El juzgado de lo contencioso Administrativo número 2 de Mérida ha condenado al Servicio Extremeño de Salud (SES) a pagar 1,5 millones de euros después de que un joven de 26 años quedara tetrapléjico tras una operación en el Hospital Infanta Cristina, del Complejo Hospitalario de Badajoz, donde se produjo una mala praxis.
El afectado presentaba una patología cardiaca compleja y durante la operación se produjo una fuerte hemorragia fruto de un error en quirófano. El problema surgió al terminar la operación, cuando se extrajo por error una cánula que estaba insertada en la aorta, tal y como cuentan los testimonios de los abogados defensores y recoge la sentencia.
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Al extraer la herramienta, se produjo una contundente pérdida de sangre e iniciándose una hemorragia que impedía ver el oficio de la vena aorta. Fue entonces “prácticamente a ciegas”, cuando el cirujano llevaba a cabo una disección aórtica, accidente que provocó la tetraplejia en el joven. Tras la investigación, nunca se llegó a saber qué produjo la salida de la cánula. El jefe del Servicio de Cirugía Cardiovascular del SES estimó durante el juicio que “con mucha probabilidad”, la causa de que la cánula se saliera fue que algún médico la rozó con el brazo.
Una sentencia millonaria en favor del paciente
El paciente estuvo más de veinte minutos en anoxia (pérdida de oxigenación del tejido cerebral), situación que ha causado daños irreversibles en el chico. El resultado final es de “tetraparesia espástica, deformidad en flexión de ambos codos y muñeca por espasticidad grado 3-4, dedos con deformidad generalizada por espasticidad, manos no funcionales, tobillos en equino con amputación parcial de pie derecho, marcha imposible, labilidad emocional, afasia motora y disartria severa, disfagia, incontinencia urinaria y fecal”, relatan desde la Asociación Defensor del Paciente, quien ha informado de este suceso.
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Carlos Sardinero, el abogado que ha tramitado la defensa del afectado y la familia, aseguró que la forma de actuar de los sanitarios “no parecía muy profesional”. En este sentido, la sentencia es clara. “La asistencia prestada al paciente incurrió en mala praxis en tanto en cuanto, ante la falta de datos por parte del SES – aplicando en este caso el principio de facilidad probatoria-, desconocemos el motivo por el cual se salió la cánula de la aorta; desconocemos también qué estaba haciendo y en qué otra parte del campo quirúrgico se encontraba el cirujano en el momento de producirse la decanulación y si todo eso fuera insuficiente, la técnica que se utilizó para solucionar el problema no era la adecuada, puesto que se intentó “prácticamente a ciegas” reintroducir la cánula por el mismo orificio sin éxito”.
Por todo esto, la Justicia condenó al servicio público de salud de Extremadura a pagar 1,5 millones de euros más gastos. La idea de la indemnización es que esa ayuda económica pueda servir para que, durante el resto de su vida, el paciente tenga garantizada la atención sanitaria y los cuidados especiales que este tipo de enfermedades requieren.
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