
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado las resoluciones del Tribunal Calificador destinadas a regir las Pruebas Selectivas para el acceso a los Cuerpos de Policía Local en 36 ayuntamientos de la región. La anulación, dictada en febrero de 2022, surge tras detectarse modificaciones en las bases del proceso selectivo una vez publicada la lista inicial de aspirantes aptos. Dichas bases establecían que los candidatos debían enfrentar tres evaluaciones: una física, una de conocimientos y una psíquica.
El conflicto se originó cuando, tras la publicación de los aspirantes considerados aptos de acuerdo a las pruebas iniciales, la Junta de Castilla y León respaldó la decisión del tribunal calificador de introducir una entrevista personal para aquellos que no habían superado la prueba de aptitud psíquica. Esta medida se tomó después de que 44 candidatos impugnaran los resultados, argumentando la filtración del test psíquico y otras irregularidades. Dicha intervención derivó en un nuevo listado de candidatos aptos, acción que contravenía las bases establecidas al inicio del proceso.
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El Tribunal, con sede en Valladolid, ha notificado a las partes involucradas a través de dos sentencias, recalca que esta decisión quebranta los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública. Por lo tanto, los magistrados han decidido atender las apelaciones de dos aspirantes, ordenando que el proceso selectivo sea restablecido al estado previo a la publicación del primer listado de aptos y declarando nulas todas las resoluciones emitidas posteriormente.
Desde el Tribunal se argumenta que la sustitución de una prueba objetiva, que en las bases de convocatoria se especificaba como análisis a través de cuestionarios (según la base 8.3), por un método subjetivo como la entrevista personal, dispensa a ciertos candidatos de cumplir con los estándares originalmente estipulados. Esta acción representa una vulneración directa de los principios constitucionales mencionados anteriormente.
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Se declaran nulas las oposiciones
Las sentencias elaboradas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluyen que se han presentado situaciones que ameritan la nulidad de pleno derecho, conforme a lo estipulado en los artículos a) y e) del artículo 47.1 de la ley 39/2015 del 1 de octubre. La razón fundamental es el apartamiento de una evaluación objetiva para ciertos aspirantes, suponiendo una violación sustancial del procedimiento legalmente establecido y del derecho fundamental al acceso a la función pública bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Como consecuencia directa, las resoluciones del 18 y 23 de febrero de 2022 emitidas por el Tribunal Calificador, relacionadas con el ingreso a los Cuerpos de Policía Local de los 36 ayuntamientos y convocadas por la Orden FYM/772/2021 del 18 de junio, junto con la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del 12/01/2023 que las confirmaba, han sido declaradas nulas de pleno derecho.
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