
Unas 4,8 millones de mujeres en España han sido víctima de algún tipo de violencia por parte de su pareja o expareja, según datos que revela la Encuesta Europea de Violencia de Género 2022 (EEVG), la primera que se realiza dentro del marco del Sistema Estadístico Europeo (SEE) y en la que han participado 27 países. Solo un 16,3% de las mujeres que han sufrido esta violencia acuden a servicios especializados. La mayor parte (68,7%) acude directamente a una persona cercana y el resto se dirige antes a los servicios sanitarios o sociales (29,9%) o a la policía (24,4%).
En muchas ocasiones, las mujeres deciden no pedir ayuda por miedo a sus maltratadores, por vergüenza o por depender económicamente de ellos. Sin embargo, acudir a denunciar la situación puede liberarlas de ese sufrimiento y las instituciones les tienen una mano, al igual que las asociaciones de víctimas de la violencia de género.
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Para alentar las denuncias y abandonar la situación de maltrato, el Estado proporciona ayudas para las mujeres que han sido víctimas. Para optar a estas ayudas, deben de acreditar su condición previamente; es decir, pasar un tribunal que les otorgue dicha condición. También es necesario que cumplan ciertos requisitos económicos, que son bajos ingresos económicos o estar en riesgo de exclusión social, conforme indica la Fundación Fad Juventud.
La Ayuda de Protección Integral
Las víctimas de violencia de género con dificultades para conseguir un empleo, por circunstancias personales, como la edad o la falta de preparación, puede acceder a esta ayuda. Se otorga en un único pago y la cuantía depende de si la mujer tiene familiares a su cargo y si estos o ella misma tienen reconocido algún grado de discapacidad.
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La Renta Activa de Inserción (RAI)
Esta ayuda es para las mujeres que han sido víctimas están en edad activa y pueden trabajar, pero se encuentran en el paro. Los requisitos son que esté inscrita como demandante de empleo, carecer de rentas propias, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75% del salario mínimo interprofesional y no conviva con su agresor.
A la RAI puede optar cualquier persona en paro que no tenga derecho ni a la prestación de desempleo ni al subsidio por desempleo; no es una ayuda exclusivamente para las víctimas de violencia de género o doméstica, pero sí hay un supuesto específicamente dedicado a ellas. El resto de demandantes tienen que tener más de 45 años, salvo las mujeres víctimas, que no necesitan cumplir con este requisito.
El Ingreso Mínimo Vital
Las mujeres víctimas de violencia de género pueden ser beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, una prestación que garantiza unos ingresos mínimos a quienes no los tienen. No es una ayuda exclusiva de las víctimas de violencia de género, pero también tienen un supuesto dedicado a ellas directamente.
Servicios de atención a las víctimas de violencia de género
El 016 atiende a todas las víctimas de violencia machista las 24 horas del día y en 52 idiomas diferentes, al igual que el correo 016-online@igualdad.gob.es. También se presta atención mediante WhatsApp a través del número 600000016, y los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 20 20 10.
En una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062), y en caso de ser imposible realizar una llamada, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.
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