Estos son los 3 únicos casos en los que el banco garantiza la seguridad del 100% de tus ahorros

El Fondo de Garantía de Depósito de Entidades de Crédito es la institución que se caracteriza por su labor como red de seguridad

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FOTO DE ARCHIVO: Una imagen
FOTO DE ARCHIVO: Una imagen ilustrativa de billetes de euro tomada el 25 de abril de 2014. REUTERS/Dado Ruvic/Archivo

El Fondo de Garantía de Depósito de Entidades de Crédito (FGD por sus siglas) es la institución que se caracteriza por su labor como red de seguridad, ya que ha sido creada para dar estabilidad al sistema financiero español. En concreto, según reza su página web, el objetivo es “garantizar los depósitos de los clientes de las entidades de crédito adheridas conforme a lo establecido en la normativa, proporcionándoles mayor seguridad, protección y tranquilidad, contribuyendo así a la estabilidad del sistema financiero en su conjunto”.

Además, en la página de esta institución cuenta con varios vídeos en los que explican todas las funciones de este Fondo de Garantía de Depósito. En la reproducción que aparece como cabecera detallan que este organismo existe para proteger el dinero de los clientes de entidades de crédito. Es decir, que garantiza los depósitos en dinero, en cuentas corrientes, en depósitos a plazo fijo o cuentas de ahorro. Así como acciones, las participaciones en fondos de inversión u otros valores que estén depositados en las entidades.

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Las entidades de depósito españolas están adheridas al Fondo de Garantía de Depósitos español, por lo que los depósitos y cuentas, cuentan con una garantía de 100.000 euros por titular, con independencia del número y clase de depósitos que se mantenga en la entidad. También están adheridas al Fondo de Garantía de Depósitos español las sucursales de entidades bancarias autorizadas en un país no miembro de la Unión Europea, si los depósitos o valores garantizados no están cubiertos por un sistema de garantía en el país de origen, o si dicha cobertura resulta inferior, a fin de cubrir la diferencia.

Además, el FGD puede llegar a garantizar incluso el 100% de los importes cuando provengan de un ingreso efectuado en los últimos tres meses en estos casos excepcionales:

  • La venta de un inmueble.
  • Pagos puntuales por circunstancias personales del depositante (matrimonio, divorcio, jubilación, despido, invalidez o fallecimiento).
  • Cobro de prestaciones de seguros o de indemnizaciones por perjuicios consecuencia de un delito o un error judicial.

Quién tiene que adherirse al FGD

Todos los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito españolas están adheridas obligatoriamente al FGD. Mientras que las sucursales en España de entidades de crédito europeas están adheridas al Fondo de Garantía de depósitos de su país. En estos últimos casos, destaca el organismo, el nivel de protección es similar al que ofrece el FGD. Esto se debe a que todos los fondos de garantía de la Unión Europea se les aplica la misma normativa.

Y, ¿en el caso de una sucursal de un banco americano? En estos casos, estaría adherida al FGD. Estos se debe que el fondo americano solo garantiza los depósitos en Estados Unidos. Además, en los casos en que el país de origen de la sucursal ofrezca un nivel de protección igual o superior al del FGD, se podría autorizar que no se adhirieran al FGD. En caso de dudas, la página del Fondo de Garantía de Depósito de Entidades de Crédito cuenta con un buscador que permitirá al usuario saber si su entidad bancaria está adherida a este organismo o no.