
Ver bien al volante es necesario para hacer tu conducción más segura tanto para tí como para el resto de usuarios que circulan por la carretera. Es por este motivo por el que la Dirección General de Tráfico (DGT) obliga a todos los conductores, realizar un examen psicotécnico en el que evalúan si la persona tiene las capacidades físicas y psicológicas para conducir un vehículo a motor.
En esta parte del examen, también te realizarán tres pruebas: una de salud general, otra psicomotriz o de reflejos y la otra oftalmológica. Esto implica que si el conductor requiere de gafas correctivas ya sea para ver de lejos o de cerca, y no las utiliza al conducir, podrían ser multados por la dirección. Sin embargo, no siempre es obligatorio, ya que existe un nivel mínimo de agudeza visual a partir del cual se exige su uso.
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Cada vez que hay un cambio o actualización en la normativa, surgen nuevas incertidumbres y preguntas. En este caso, una de esas dudas es si es necesario usar gafas para conducir, incluso si tienes una leve deficiencia visual. Para evitar una multa, es importante que utilices tus lentes si así lo indica tu carnet de conducir (como te explicamos a continuación). No hacerlo podría resultar en una desagradable sorpresa. Además, ¿qué mejor que contar con la seguridad de poder ver todas las señales y obstáculos en la vía?

Casi el 100% de los mayores de 55 años tiene problemas de vista
Según el Estudio de la Visión en España 2020 llevado a cabo por la Clínica Baviera, casi el 80% de los españoles mayores de 18 años presenta algún tipo de problema visual. Sin embargo, al enfocarnos únicamente en la población de 55 años o más, este porcentaje se eleva al 95%.
Por otra parte, el estudio ha realizado una encuesta para determinar el porcentaje de personas que padeciendo problemas visuales recurren a las gafas, y el resultado obtenido ha sido el 70% de los afectados. Mientras que, el 14% prefiere utilizar lentillas de contacto. Es decir, la mayoría de españoles que necesitan hacer uso de algún tipo de corrector de la visión en su día a día, requiere de gafas de ver.
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La DGT sanciona económicamente a quienes no utilicen sus gafas o lentillas
Conducir un coche sin asegurar una visión óptima no solo constituye una negligencia que podría poner en riesgo a otros usuarios de la carretera, sino que también puede resultar en una sanción económica considerable. Específicamente, no portar gafas o lentes de contacto cuando es obligatorio conlleva una infracción de gravedad y acarrea una multa de 200 euros.
Para los que usan las gafas de ver o las lentillas de manera “obligatoria” es decir, que si no las llevan puestas no ven, es más sencillo que no les pillen sin ellas mientras van conduciendo. Sin embargo, para aquellos quienes solo las utilizan para leer o para estar con el móvil, puede ser más probable que sean cazados por la Policía o Guardia Civil y estos se vean obligados a sancionarlos, tal y como indica la Dirección General de Tráfico.
Por ello, es importante que los conductores de vehículos se fijen en sus casillas en el reverso del carnet de conducir, dónde indicarán los requisitos personales que se nos exigen para poder circular por las carreteras españolas.
¿Cómo reconozco mi casilla?

La cuestión fundamental es cómo determina el agente de tráfico si debemos usar un dispositivo de corrección visual. Para obtener esta información, el agente revisa el reverso de nuestro permiso de conducir, donde se detallan los requisitos personales necesarios para circular en carreteras españolas. Si en la casilla 12 aparece el código 01, indica que estamos obligados a usar algún tipo de corrección visual.
En cuanto al tipo de lentes correctoras, este se especifica con el subcódigo de dos dígitos que acompaña al 01, como se especifica en el Anexo 1 de la Orden INT/4151/2004. De esta manera, si vemos el código 01.01, entonces es obligatorio el uso de gafas; el código 01.02 implica el uso de lentes de contacto, y si tenemos el 01.06, significa que podemos utilizar indistintamente tanto gafas como lentes de contacto.
En lo que respecta a las gafas o lentes de repuesto, no existe una obligación de llevarlas desde hace varios años. No obstante, la DGT recomienda llevarlas, ya que pueden resultar de gran utilidad en situaciones donde se olviden las gafas usuales o se experimente algún inconveniente con ellas. Además, si optamos por usar gafas de sol graduadas en lugar de las regulares sin filtro, tampoco estaremos sujetos a sanciones, ya que también son aceptables.
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