
Los ciudadanos, cuando no tienen trabajo ni han cotizado lo suficiente, tienden a creer que no pueden solicitar ningún subsidio. Sin embargo, la Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contemplan una serie de prestaciones para las que no hace falta contar con un mínimo de años cotizados. La administración pública pretende, con estas partidas, dar cierto poder adquisitivo a las familias que no tienen ingresos y pasan dificultades para llegar a final de mes. Los beneficiarios, no obstante, tienen que cumplir los requisitos acordados para poder cobrar alguna de las siguientes ayudas.
El problema al que se enfrentan muchas personas a la hora de acceder a las pensiones o prestaciones contributivas es que no cuentan con el mínimo de años cotizados que exige la Seguridad Social. Esto no solo ocurre cuando los solicitantes han trabajado menos tiempo del que establecen las instituciones, sino que también afecta a las personas que han desarrollado alguna actividad profesional en negro y a colectivos como el de las amas de casa, que muchas veces no están dadas de alta en los registros del SEPE.
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España cuenta con dos tipos de prestaciones, las contributivas y las no contributivas. Para acceder a las primeras, los trabajadores tienen que acreditar un mínimo de años cotizados, período en el que generan tal derecho. En cambio, los subsidios de carácter no contributivo se conceden cuando el beneficiario no cuenta con los recursos económicos suficientes, independientemente del tiempo que haya cotizado. Estas son las prestaciones tanto sociales como por desempleo a las que se puede acceder cualquier ciudadano, aunque no haya cotizado ni un solo día.
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¿Qué prestaciones puedes cobrar si no has cotizado nunca?
La Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tienen en su programación una serie de prestaciones a las que pueden acceder los trabajadores que no reúnen el mínimo de años cotizados que exige la normativa vigente. No obstante, cada una tiene sus propios requisitos y no siempre todos los interesados pueden recibir la asignación correspondiente.
- Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta prestación no contributiva comenzó su andadura en 2020, justo después de que estallase la crisis sanitaria. Su objetivo no es otro que garantizar unos ingresos mínimos a las personas o familias en situación de vulnerabilidad que se encuentren en riesgo de pobreza o exclusión social. En 2023, la cuantía oscila entre los 6.784,44 euros anuales (565,37 al mes) y los 14.925,96 euros por año (1.243,83 euros cada mes). Las familias monoparentales y las que cuenten con algún miembro con una discapacidad igual o superior al 65% podrán solicitar un complemento extra del 20%.
- Pensión no contributiva de jubilación. Esta partida nace para garantizar unos ingresos mínimos y una atención médica digna a todas aquellas personas que no tienen derecho a una pensión contributiva. Las cuantías van desde los 6.784,54 euros anuales hasta los 1.696,14 euros por año y los beneficiarios deben demostrar que sus rentas están por debajo de los 6.784,54 euros.
- Subsidio por cotización insuficiente. Las personas que hayan trabajado menos de un año pueden solicitar un subsidio de hasta 480 euros al mes por cotización insuficiente. Los beneficiarios tienen que cumplir con una serie de requisitos, entre ellos, estar en el paro y dados de alta como demandantes de empleo. Los interesados tampoco pueden percibir rentas por encima del 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).
- Renta Activa de Inserción (RAI). Esta asignación se dirige a las personas que se quedan sin trabajo y atraviesan dificultades económicas. Su objetivo es incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de los beneficiarios. La ayuda tiene una duración máxima de 11 meses y una asignación estándar de 480 euros mensuales. Los interesados tienen que ser parados de larga duración mayores de 45 años, emigrantes retornados, víctimas de violencia de género o personas con un grado de discapacidad por encima del 33%.
- Subsidio para mayores de 45 años. Esta partida, dotada con 480 euros al mes, se dirige a las personas de más de 45 años que están en situación de desempleo y buscan activamente trabajo. Los solicitantes no pueden haber rechazado ofertas de colocación adecuadas a su perfil y tampoco pueden haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
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