
Cada vez son más las empresas que incluyen en el contrato de sus trabajadores cláusulas de confidencialidad con el objetivo de que estos no divulguen información sensible de la compañía a empresas de la competencia mientras están trabajando en ella o tras abandonarla.
Los riesgos de filtraciones indeseadas aumentan cuando los trabajadores no están comprometidos con sus empresas, un problema que va en aumento. Según un informe sobre el Estado del Trabajo en España en 2023, llevado a cabo por Gallup, recoge que solo el 10% de los empleados están comprometidos con su puesto de trabajo, tres puntos por debajo de la media europea, que alcanza el 13%.
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Ello hace que nuestro país sea el cuarto de Europa con el nivel de compromiso laboral más bajo. Ello no solo impacta negativamente en la productividad, sino que “abre la puerta a posibles actos de competencia desleal” y puede derivar en “situaciones peligrosas para las empresas”, advierte Diego Cabezuela, abogado del despacho Círculo Legal Madrid.
Por ello, aconseja que para determinados cargos, “antes de entrar a formar parte de la compañía, es imprescindible formalizar un contrato con el trabajador en el que se recojan cláusulas de confidencialidad”.
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Argumenta que “un trabajador descontento es una potencial fuente de conflictos” y puede suponer un peligro para la compañía, tanto cuando el profesional presta servicios en ella como cuando se va a otra empresa: “Los secretos empresariales son un valor diferencial extremadamente vulnerable, que hay que proteger frente a filtraciones o actos de deslealtad más allá de la duración de la relación contractual”.
Las consecuencias de incumplir la cláusula de confidencialidad dependerá de en qué momento se produzca. Si tiene lugar cuando el trabajador aún tiene relación laboral con la empresa, esta puede sancionar disciplinariamente, solicitar el resarcimiento de los daños que se le hayan causado o llevar a cabo un despido sin indemnización para los casos más graves. Cuando el hecho se produce una vez acabada la vinculación con la compañía, ésta podrá demandarlo por daños y perjuicios.
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Diego Cabezuela advierte que “la divulgación, explotación y por supuesto, la cesión a terceros de datos sensibles sin autorización, constituyen infracciones graves, eventualmente, con relevancia penal”.
Blindarse a largo plazo
Para evitar todo ello, los expertos advierten de la necesidad de incluir cláusulas de confidencialidad en los contratos que estipulen un periodo de tiempo posterior al fin de la relación laboral durante el cual el exempleado no puede difundir ninguna información clave de su anterior compañía.
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“Se debe garantizar la confidencialidad, introduciendo en los contratos cláusulas que sigan desplegando sus efectos cuando el empleado deje de serlo; limitar el acceso a la información valiosa a los empleados, y, por supuesto, prestar especial atención a la ciberseguridad”, recomienda Cabezuela.
Además, el trabajador debe ser consciente de que no puede dar un uso personal a los datos y documentos que están en su ordenador o en otro dispositivo de trabajo, ni hacer copias con dispositivos de almacenamiento para otros usos que no sean los de la propia empresa. Para ello, “se debe explicar con claridad a los nuevos empleados las consecuencias legales de difundir o utilizar los secretos empresariales”, apunta Cabezuela.
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Otra forma de evitar riesgos, a su juicio, es “limitar” el acceso a datos sensibles de la compañía “al círculo de personas estrictamente imprescindible”, debido a los problemas que conlleva para las empresas que datos sobre la estrategia comercial a largo plazo, la base de datos de clientes y proveedores o las líneas de investigación respecto a nuevos productos sean aireadas por un empleado indiscreto.
El portavoz de Círculo Legal Madrid añade que otra forma de blindar a las compañías para evitar la fuga de ‘secretos’ es “invertir en tecnología para cifrar la información y evitar su sustracción, colocándola en servidores seguros y cambiando claves y contraseñas con regularidad”.
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