
Las pensiones no contributivas se han beneficiado este 2023 de un incremento del 15%. El aumento tiene la pretensión de mejorar la situación económica de todos aquellos que reciben la pensión. Este tipo de pensiones no contributivas suponen un derecho para aquellos ciudadanos que no hayan aportado a la seguridad social el mínimo de cotizaciones necesarias para disfrutar de una pensión contributiva.
Para poder acceder a una pensión no contributiva de jubilación, los demandantes tienen que cumplir con varios requisitos. Por un lado, deben tener 65 años o más. Otro requisito es ser residente legal en España y que como mínimo se haya sido residente por 10 años, y que estén acreditados entre los 16 años y el momento de la solicitud. Además, la residencia legal se exige siempre en los dos últimos años anteriores a la solicitud de la pensión y de forma ininterrumpida. En el caso de que se cumplan con lo anterior, también es un requisito indispensable tener carencia de rentas, lo que significa que los ingresos anuales de quien solicita la pensión no pueden superar cierta cantidad.
Solicitud
Si se desea solicitar una pensión no contributiva, se puede realizar por internet o de forma presencial. En el caso de que se prefiera hacerse vía internet, hay que acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y seguir los pasos indicados en la página web. Al mismo tiempo, si se desea tramitarlo de forma presencial se puede solicitar una cita previa en las oficinas del IMSERSO o del INSS y acudir allí para realizar el trámite.
Esta solicitud se puede realizar incluso si nunca se ha cotizado, siempre que se cumplan con ciertos requisitos básicos se puede solicitar una pensión no contributiva de jubilación. Esta pensión está destinada a personas mayores de 65 años que se encuentran en situación de necesidad y no han podido solicitar una pensión contributiva ordinaria al no llegar a los 15 años mínimos de cotización que se exigen.
Cuantías
En 2023, la cuantía de la pensión no contributiva se encuentra entre los 6.784,54 euros y los 1.696,14 euros anuales. Esta ayuda está repartida en 14 pagas -12 mensuales más 2 extraordinarias-, por lo que mes a mes oscilará entre los 484,61 euros mensuales, que es la íntegra, y los 121,15 euros al mes, correspondiente a la mínima del 25 %. Estas serán por tanto las cuantías máximas y mínimas, por lo que en ningún caso se podrá cobrar por debajo de dicha cantidad.
Al mismo tiempo, para las no contributivas por invalidez que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 75%, y siempre que se acredite la necesidad de la ayuda de una tercera persona para poder desarrollar las actividades esenciales del día a día, percibirán la cantidad íntegra más el complemento del 50%. Esto se traduce en una cuantía anual de 10.176,81 euros, que en 14 pagan son 726,91 euros mensuales. Y, en el caso de que en un mismo núcleo de convivencia existan otros miembros que se encuentren en estas circunstancias, las cuantías variarán. En el caso de do beneficiarios la cuantía mensual se establecerá en 411,92€ y 5.766,86 €. Y, sí son 3 o más, la mensual se queda en 387,69€ y en 5.427,63 € la anual.
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