
La reforma de las pensiones ha supuesto una revalorización de esta en función del IPC Interanual. En el caso concreto de la pensión de viudedad, ha sufrido un incremento del 8,5% desde enero de 2023, lo que ha traído consigo una serie de cambios en las cuantías.
Se debe tener en cuenta que para cobrar una pensión de viudedad en España, tanto la persona fallecida como la beneficiaria deben cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, la persona causante debe estar afiliada a la Seguridad Social y cumplir con los requisitos de cotización específicos, aunque se debe tener en cuenta que según el tipo de fallecimiento estos pueden variar. Por otra parte, los beneficiarios son los cónyuges de la persona fallecida. También tendrán derecho a la pensión por viudedad los separados o divorciados judicialmente, siempre que sean reclamantes de una pensión compensatoria y ésta quede extinguida por el fallecimiento del causante.
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<b>Cómo se calcula pensión de viudedad</b>
La pensión de viudedad es una prestación que tiene como objetivo cubrir las necesidades económicas del beneficiario tras el fallecimiento de su cónyuge. Primero, se debe tener en cuenta la carrera de cotización del fallecido, ya que será lo que determinará la base reguladora de la prestación. Se aplica un porcentaje que irá del general, que es de un 52%, hasta el 60% o al 70% si se cumplen ciertas condiciones, como cargas familiares, tener más de 65 años o no percibir otra pensión. También se tienen en cuenta la maternidad o paternidad.
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Otro aspecto importante es que el resultado no puede superar la cuantía máxima establecida ni ser inferior al mínimo. En este último caso se le aplicarían complementos para alcanzar la prestación mínima. Los máximos y mínimos están son los siguientes: para menores de 60 años sin cargas familiares se establece un mínimo 593,27 euros mensuales y un máximo 2.707 euros mensuales. En el caso de mayores o iguales a 60 años sin cargas familiares, la cuantía se sitúa en un mínimo de 689 euros mensuales y un máximo 2.707 euros mensuales. Y, en el supuesto de mayores o iguales a 65 años sin cargas familiares, el mínimo es de 737 euros mensuales y el máximo, 3.058 euros.
<b>Cuánto tarda en ser aprobada</b>
El plazo máximo que la Seguridad Social puede tardar en resolver una resolución de viudedad es de 90 días. La entidad pública está obligada por ley a respetar los plazos marcados.
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<b>¿Se pueden cobrar pensión de jubilación y viudedad a la vez?</b>
Una pregunta bastante frecuente es si las pensiones de jubilación y de viudedad son compatibles. La respuesta es sí. Sin embargo, cabe destacar que existe un límite que coincide con la pensión máxima – que este año se sitúa en 3.058 euros-, lo que supone que entre ambas prestaciones no se puede superar la cifra marcada por el Estado.
La prestación por viudedad es compatible también con otras ayudas como, por ejemplo, la que se otorga por una incapacidad permanente. Del mismo modo, también es posible compatibilizarla con retribuciones procedentes de un empleo y con la percepción de rentas. Otro supuesto es el nacimiento de hijos, en este caso se podría cobrar el subsidio de paternidad o maternidad junto con la pensión de viudedad.
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<b>¿Y en el caso de las parejas de hecho?</b>
Las parejas de hecho también tienen derecho a la pensión de viudedad. Para acceder a ella se debe acreditar una convivencia mínima de, al menos, cinco años, a excepción de que la pareja tuviese hijos en común. También es necesario que la inscripción en el registro como mínimo dos años antes del fallecimiento.
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