
Autoridades de El Salvador detuvieron este 5 de febrero a dos ciudadanos hondureños por supuestamente intentar ingresar a un adolescente de 16 años escondido en una maleta por la frontera de El Amatillo, en el departamento de La Unión, así informaron los medios de comunicación con sede en el departamento que colinda con Honduras.
Tras el hallazgo, las autoridades de L Unión mencionaron que el menor fue trasladado al Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia (CONAPINA) para una evaluación. Las autoridades informaron que el adolescente no tenía los permisos necesarios de sus padres para salir de Honduras, motivo por el cual los detenidos enfrentan acusaciones de tráfico ilícito de personas.
Entre los arrestados figura Santiago Cruz Z., de 59 años, identificado como “Apóstol Santiago” y conocido líder religioso en Honduras, quien había sido arrestado previamente en 2020 por quebrantar las restricciones durante la cuarentena sanitaria impuesta por la pandemia de covid-19 en la localidad de Tocoa. Junto a él, fue capturada Lidia Sarahay M. M., de 38 años. Ambos viajaban en una camioneta tipo “Land Cruiser Prado” con placas hondureñas.
El menor fue hallado dentro del maletero del vehículo, según el reporte policial.

En los últimos años, El Salvador ha endurecido de forma notable las sanciones contra el tráfico ilícito de personas, delito conocido localmente como “coyotaje”.
La legislación salvadoreña se centra tanto en salvaguardar el orden migratorio como en proteger la integridad de quienes, enfrentando circunstancias apremiantes, buscan salir del país mediante estas redes. El enfoque actual reconoce a quienes cruzan fronteras de manera irregular bajo la guía de traficantes como víctimas y testigos ante la justicia, eximiéndolos de responsabilidad penal y garantizándoles asistencia y acompañamiento estatal durante el proceso contra los responsables.
La normativa principal se estructura alrededor de la Ley Especial contra el Tráfico Ilegal de Personas, promulgada en 2021, en conjunto con el Código Penal salvadoreño.
Según la legislación vigente, la pena base para quienes incurren en tráfico ilegal de personas oscila entre ocho y 12 años de prisión. No obstante, existen agravantes que intensifican la respuesta sancionatoria del Estado.
Cuando la víctima es un menor de edad o una persona con discapacidad, si se utiliza violencia, engaño, o el implicado ostenta funciones públicas, la condena puede aumentar hasta en dos terceras partes, lo que permite alcanzar casi 20 años de cárcel.
La ley va más allá de la sanción directa a quienes materializan el cruce ilegal. Castiga también los actos preparatorios y la colaboración con estas redes. El solo hecho de proponer o conspirar para traficar personas conlleva una condena de tres a seis años de prisión.
En el caso de jefes o financistas de estas organizaciones, la pena asciende de seis a 10 años adicionales por su papel en las agrupaciones ilícitas, adicionales a los castigos por los delitos efectivamente cometidos.
En contraste, la trata busca explotar a la persona, sea con fines sexuales, laborales o extracción de órganos, y presupone la existencia de coacción, engaño o fuerza, extendiéndose la relación de sometimiento en el tiempo. Para la ley salvadoreña, la distinción entre ambos delitos es estratégica: en el tráfico ilegal de personas, el enfoque está puesto en penar con severidad a los traficantes, mientras que la protección y los derechos de las víctimas ocupan un lugar central en el proceso judicial.
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