
El Gobierno dispuso cambios para agilizar las importaciones destinadas al uso o consumo personal, siempre que no tengan un destino comercial ni industrial. En ese marco, se habilitó un mecanismo más simple para autorizar el registro de los bienes que ingresan al país. La normativa alcanza tanto a productos nuevos como usados.
La actualización del régimen responde a la intención oficial de modernizar los procedimientos administrativos vinculados al ingreso de bienes personales. El nuevo esquema incorpora herramientas digitales y busca reducir instancias presenciales.
La medida apunta a adaptar la operatoria aduanera a los flujos actuales y a mejorar el seguimiento de las operaciones, sin modificar el alcance ni los requisitos fundamentales del régimen.
Es importante destacar que el alcance de las obligaciones y controles se mantiene del mismo modo que hasta ahora.

Los cambios fueron introducidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a través de la Resolución General 5805/2025 publicada en el Boletín Oficial.
En los considerandos de la medida, el organismo señala que la decisión se inscribe en un plan de mejora, simplificación y agilización de los trámites vinculados a las operaciones aduaneras, con especial énfasis en el desarrollo de herramientas que impulsen la digitalización de los procesos y de la documentación que hoy se gestiona en formato físico.
En ese sentido, sostiene que resulta necesario avanzar hacia una gestión unificada, más eficiente y coordinada de las operaciones que se tramitan en las distintas áreas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, con el objetivo de brindar un mejor servicio a los contribuyentes.
Nuevo formulario
Bajo ese marco, la norma considera oportuno actualizar el procedimiento de registro de la importación definitiva para consumo de mercaderías sin finalidad comercial ni industrial realizadas por personas humanas y, en paralelo, transformar el formulario OM-2153-A en una versión digital e interactiva.

Desde ARCA señalaron: “En principio, la RG 5805/25 no trae cambios sustanciales: principalmente, actualiza la RG 3172/11, que establece el marco legal para la importación a consumo de mercaderías por parte de personas físicas sin finalidad comercial y formaliza la digitalización del formulario OM-2153, que debía presentarse en formato papel ‘por duplicado’”.
“En ese sentido, es importante destacar que se fueron introduciendo novedades en pos de la simplificación y agilización de los procesos aduaneros, y la RG 3172 ya no reflejaba la totalidad de los procesos actualmente vigentes para el libramiento de este tipo de mercaderías”, añadieron.
Por ejemplo, la importación y exportación de obras de arte se hace mediante declaración jurada. Otro ejemplo es el régimen simplificado de productos de Línea Blanca. “En resumen, le da mayor coherencia a la normativa, receptando todos los procedimientos vigentes a los fines de continuar con la optimización de procesos”, sintetizaron.
Fuentes del sector importador explicaron, en primer lugar, que el procedimiento de importación se mantiene sin modificaciones sustanciales: la importación por código AFIP continúa vigente y el alcance de lo que se puede traer sigue siendo el mismo que antes, con una mera actualización tecnológica del sistema.
La novedad es la incorporación de un formulario simplificado (OM-2153-A), pensado especialmente para aduanas de frontera —en particular para el tráfico con Chile—, que funciona como una alternativa operativa al código AFIP tradicional.

Aunque la norma actual elimina los ejemplos explícitos que figuraban en la anterior (como medicamentos, animales o restos humanos), no restringe el régimen sino que, por el contrario, amplía su interpretación.
La aplicación concreta del procedimiento queda a criterio de cada aduana, en función de su volumen operativo: algunas optarán por sistemas digitales y otras por el uso del formulario. En todos los casos, los derechos de importación y las intervenciones de terceros organismos permanecen sin cambios.
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