
El deterioro ambiental del Parque Nacional Natural Catatumbo Barí llegó a los estrados judiciales. El Tribunal Administrativo de Norte de Santander admitió una acción popular que busca exigirles a diferentes entidades del Gobierno nacional la adopción de medidas para frenar las amenazas que enfrenta esta área protegida y garantizar la conservación de sus recursos naturales.
La decisión fue adoptada mediante un auto del 28 de octubre de 2026, en el que la corporación judicial dio trámite a la demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho (FEDe. Colombia). El proceso pretende que las autoridades garanticen la protección de los derechos e intereses colectivos relacionados con el medioambiente.
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De acuerdo con los argumentos expuestos en la demanda, el Parque Nacional Natural Catatumbo Barí tiene una extensión aproximada de 160.684 hectáreas y comprende territorios de los municipios de Convención, El Carmen, Teorama, El Tarra y Tibú, en Norte de Santander.
La organización señaló que esta área protegida viene experimentando una expansión sostenida de economías ilegales, entre las que se encuentran los cultivos de uso ilícito, la ganadería, la minería ilegal y la deforestación, actividades que ponen en peligro la conservación de los recursos naturales y el equilibrio ecológico.
Las entidades que deberán responder por la protección del parque

En el auto de admisión, el tribunal identificó como entidades demandadas al Ministerio de Justicia y del Derecho, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la Agencia de Renovación del Territorio (ART), la Fiscalía General de la Nación, la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia y el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).
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La acción popular busca que estas instituciones adopten medidas dentro de sus competencias para enfrentar las actividades que están afectando el área protegida. Entre las exigencias planteadas en la información de la demanda se encuentra la formulación e implementación de una estrategia urgente que permita frenar los delitos ambientales y avanzar en la recuperación de las zonas perjudicadas.
Uno de los asuntos señalados corresponde a la ganadería extensiva y la minería ilegal, que se suman a la expansión de los cultivos de coca y la pérdida de cobertura vegetal. También se mencionan los atentados contra infraestructuras críticas, como el oleoducto Caño Limón-Coveñas, cuyos derrames de crudo han afectado fuentes hídricas de las que depende la comunidad indígena Barí.
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En el documento judicial, la parte demandante invocó como amenazados o vulnerados cuatro derechos e intereses colectivos: el goce de un ambiente sano, el equilibrio ecológico y el aprovechamiento racional de los recursos naturales, la moralidad administrativa y la protección del espacio público y los bienes de uso público.
Fundación alertó por el crecimiento de los cultivos de coca

A través de su cuenta en X, la organización explicó las razones que la llevaron a acudir a la justicia para solicitar la protección del parque. “Según la Organización de las Naciones Unidas, en 2024 el parque nacional tuvo el mayor crecimiento de los cultivos de coca. Durante el gobierno de Gustavo Petro, estas actividades siguieron creciendo sin que las autoridades lograran detenerlas. Por eso acudimos a la justicia. Queremos que las entidades responsables actúen, frenen las actividades ilegales y recuperen las zonas afectadas”, señalaron desde FEDe. Colombia.
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Y agregaron: “Hacemos un llamado urgente a las entidades del Estado para que la designación de un área protegida sea efectiva, es fundamental fortalecer primero el control y vigilancia en el territorio (sic)“.
Por su parte, el tribunal dispuso que las alcaldías de Convención, El Carmen, Teorama, El Tarra y Tibú, junto con Parques Nacionales Naturales de Colombia, informen a las comunidades y a los pueblos indígenas que puedan estar asentados en el área sobre la admisión de la demanda. Las entidades deberán dejar constancia de estas actuaciones en el expediente dentro de los diez días siguientes.

También se estableció que la decisión de fondo será proferida dentro de los 30 días siguientes al vencimiento del término de traslado de la demanda, periodo durante el cual las entidades demandadas podrán pronunciarse sobre las pretensiones.
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