El Ministerio de Transporte eliminó la Planilla Única de Viaje Ocasional, conocida como Puvo, para los taxis que trasladan pasajeros entre municipios contiguos en Colombia.
La Resolución 20263040038685 busca facilitar la movilidad de los usuarios y simplificar la operación de los conductores, aunque mantiene una excepción temporal en las zonas afectadas por el terremoto del 10 de agosto.
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La eliminación no habilita de forma automática todos los trayectos fuera del municipio de origen. Las autoridades del municipio, distrito o área metropolitana de destino podrán exigir la planilla si un estudio técnico de oferta y demanda fundamenta que no es posible permitir el ingreso de taxis a su jurisdicción.
La restricción también sigue vigente para los vehículos que salgan de su radio de acción autorizado y no se dirijan a un municipio colindante.

La Puvo era el documento que permitía a taxis y otros vehículos de servicio público transportar pasajeros fuera de la jurisdicción en la que tenían autorización para operar.
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La excepción temporal en las zonas del terremoto
Los taxis de los territorios incluidos en la emergencia por el sismo deberán continuar tramitando la planilla, pero su expedición será gratuita y no tendrá límite de recorridos. Esta condición regirá durante un máximo de seis meses y podrá levantarse antes si desaparecen las causas que motivaron la declaratoria de desastre.
“Solo en los municipios que sufrieron afectaciones por el terremoto se mantendrá temporalmente la exigencia de la PUVO, pero sin costo para los transportadores y sin limitación en el número de recorridos”, dice en el comunicado emitido por el Ministerio de Transporte.
El Gobierno expidió el Decreto de emergencia 1424 el 17 de septiembre de 2026, después del terremoto de magnitud 7,4 registrado el 10 de agosto. La medida abarca zonas de Chocó, el Eje Cafetero, Valle del Cauca, Cauca, Antioquia, Cundinamarca, Bogotá, Tolima, Huila, Norte de Santander, Santander y Caquetá.
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La planilla seguirá funcionando allí como una herramienta de seguimiento y control sobre la movilidad mientras se atiende la emergencia. El Ministerio de Transporte explicó que la obligación temporal responde a las condiciones generadas por el desastre, pese a que el requisito fue suprimido para el resto de los municipios contiguos del país.
“En estos territorios, la planilla permitirá al Ministerio de Transporte mantener un mecanismo de seguimiento y control sobre la movilidad, mientras se atiende la situación de desastre. La medida tendrá una vigencia máxima de seis meses y podrá finalizar antes si desaparecen las condiciones que dieron lugar a su aplicación”, se agregó en el documento.
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El artículo 4 del Decreto 1001 de 2026 dispone que el servicio público individual de pasajeros en taxi puede prestarse entre localidades que comparten límites territoriales sin necesidad de portar ese documento.
La entidad señaló: “Se mantiene plenamente vigente el artículo 4 del Decreto 1001 de 2026, por lo cual se podrá prestar el servicio público de transporte de pasajeros en vehículos tipo taxi entre municipios contiguos sin la exigencia de la Planilla Única de Viaje Ocasional”.
La diferencia se refleja, por ejemplo, en los viajes entre Chía y Cajicá. Un taxista que antes necesitaba tramitar la PUVO para llevar a un pasajero entre ambos municipios ahora podrá realizar el recorrido sin gestionar ni portar esa autorización, salvo que una decisión técnica de la autoridad de destino determine lo contrario.
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Los trayectos hacia aeropuertos sin exigencia de planilla

Las autoridades de tránsito tampoco deberán exigir la PUVO cuando un taxi preste servicio hacia o desde un aeropuerto que atienda a la capital de un departamento, pero esté ubicado en otro municipio. La misma regla aplica para los aeropuertos que sirven a un área metropolitana y se encuentran fuera de los municipios que la integran.
Para los aeropuertos que no sirven a una capital departamental, los municipios sede podrán suscribir convenios con cualquier localidad contigua. Esos acuerdos deberán ser informados al Ministerio de Transporte.
“Con esta decisión, el Gobierno nacional avanza en la eliminación de trámites para facilitar la prestación del servicio de transporte y la movilidad de los ciudadanos, beneficiando a transportadores y usuarios, y permitiendo un acceso más ágil al servicio”, añadió la cartera de Transporte.
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La resolución mantiene así la posibilidad de exigir la planilla en trayectos que excedan la excepción para municipios vecinos o cuando una autoridad local determine restricciones de ingreso. En las áreas afectadas por el terremoto, el documento seguirá siendo obligatorio de forma gratuita mientras esté vigente la emergencia.
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