La Fiscalía retiró a Blessd la imputación por secuestro extorsivo y seguirá en libertad: qué viene ahora

El ente acusador ajustó la calificación en una audiencia en Medellín y centró el expediente en presiones ilegítimas, tras descartar que existiera una retención contra Andrés Felipe Sánchez Quintero, según conoció en primicia Infobae Colombia

La entidad acusadora cambió la hipótesis del caso en una audiencia en Medellín y mantuvo al artista y a los demás investigados fuera de prisión mientras sigue el proceso por presuntas presiones e ilícitos conexos - crédito suministrado a Infobae Colombia
Guardar

La Fiscalía General de la Nación reformuló la imputación contra Stiven Mesa Londoño, conocido como Blessd, y dejó atrás el cargo de secuestro extorsivo. El cantante continuará en libertad, al igual que los otros procesados, mientras avanza la investigación por constreñimiento ilegal y otras conductas relacionadas con los hechos denunciados por Andrés Felipe Sánchez Quintero, imitador de Ozuna.

Infobae Colombia conoció en primicia que la modificación se produjo durante una audiencia de reformulación de imputación celebrada en Medellín. La decisión cambia la hipótesis penal con la que el caso llegó a los estrados judiciales y reduce de forma considerable el mínimo de la pena que inicialmente enfrentaba el artista.

PUBLICIDAD

El ente acusador había imputado en junio de 2026 a Blessd, a su representante Santiago Jaramillo, conocido como Dímelo Jara, a Laura Moreno y a Julián Giraldo por secuestro extorsivo agravado y atenuado. El lunes 14 de septiembre, la fiscal asignada al proceso comunicó que esa calificación sería reemplazada como un “ajuste de legalidad”.

La Fiscalía dejó atrás la hipótesis de un secuestro extorsivo

La Fiscalía citó a Blessd y a Dímelo Jara a una audiencia de imputación con medida de aseguramiento por secuestro extorsivo agravado - crédito Composición fotográfica Blessd / Instagram, Fiscalía / Sitio Web
La Fiscalía General de la Nación reformuló la imputación contra Stiven Mesa, conocido como Blessd, en el proceso que avanza en Medellín. - crédito Composición fotográfica Blessd / Instagram, Fiscalía / Sitio Web

La reformulación implica que el ente acusador ya no sostiene, en esta etapa, que los hechos investigados configuren un secuestro extorsivo. En su intervención, la fiscal señaló que cuenta con elementos para inferir la presunta coautoría de los investigados en delitos de constreñimiento ilegal, intimidación o amenaza con arma y acceso abusivo a un sistema informático, de acuerdo con el grado de participación que atribuye a cada procesado.

PUBLICIDAD

“14 de junio del 2026 y que hoy se permite reformular imputación como ajuste de legalidad. Pero por inferirse que son coautores de los delitos en concurso heterogéneo de constreñimiento ilegal, intimidación o amenaza con arma”, indicó la delegada de la Fiscalía General de la Nación durante la diligencia.

El cambio representa una variación relevante en el panorama penal. De acuerdo con la información conocida por este medio según la representación jurídica del cantante, el delito de secuestro extorsivo contemplaba una pena mínima de 320 meses de prisión. El constreñimiento ilegal, en contraste, parte de una sanción de 18 meses.

La nueva formulación también incluye cargos por intimidación mediante arma de fuego, arma blanca o elementos menos letales, además de acceso abusivo a un sistema informático, según la participación que la Fiscalía atribuye a cada uno de los investigados.

La jueza había cuestionado los elementos sobre una privación de la libertad

La nueva imputación contra Blessd y los otros procesados incluye constreñimiento ilegal, intimidación o amenaza con arma y acceso abusivo a un sistema informático - crédito suministrada a Infobae Colombia
La nueva imputación contra Blessd y los otros procesados incluye constreñimiento ilegal, intimidación o amenaza con arma y acceso abusivo a un sistema informático - crédito suministrada a Infobae Colombia

La modificación llegó después de las audiencias previas, en las que la jueza de control de garantías analizó los elementos aportados por las partes. En ese momento, el despacho concluyó que el material discutido no permitía inferir con la suficiencia requerida que Andrés Felipe Sánchez Quintero hubiera sido privado de la libertad.

Ese elemento era determinante para sustentar el delito de secuestro extorsivo. La jueza explicó a los procesados que ya existía una actuación penal en su contra, aunque la Fiscalía modificaría los delitos por los cuales pretendía continuar la investigación.

La Procuraduría General de la Nación también se opuso a la solicitud de medida de aseguramiento que se había presentado en el proceso. El Ministerio Público cuestionó que los elementos expuestos acreditaran la existencia de un secuestro extorsivo.

El juzgado no impuso una medida restrictiva de la libertad. Por esa razón, Mesa, Jaramillo, Moreno y Giraldo podrán continuar con su defensa fuera de prisión mientras la Fiscalía avanza con la investigación bajo las nuevas calificaciones jurídicas.

Ninguno de los cuatro imputados aceptó los nuevos cargos

Blessd y Dímelo Jara seguirán en libertad mientras avanza la investigación por constreñimiento ilegal y otros delitos - crédito Suministrado a Infobae Colombia
Blessd y Dímelo Jara seguirán en libertad mientras avanza la investigación por constreñimiento ilegal y otros delitos - crédito Suministrado a Infobae Colombia

Durante la audiencia, los cuatro procesados rechazaron los delitos formulados por el ente investigador. Al ser consultado por la fiscal sobre la posibilidad de hablar con su abogado antes de responder, Stiven Mesa Londoño expresó que no requería hacerlo.

“Su señoría, no requiero hablar con mi abogado y no acepto los cargos”, respondió el artista. La fiscal le recordó que la determinación debía ser libre, consciente y voluntaria. “Sí, señora, cien por ciento”, contestó.

Tras escuchar a los investigados, la fiscal dejó constancia de que ninguno aceptó los cargos. Con esa decisión, el proceso seguirá su curso ordinario y la Fiscalía deberá sustentar las conductas que ahora atribuye a los involucrados.

La funcionaria recordó, además, que la imputación produce efectos sobre la prescripción de la acción penal y establece restricciones para realizar negocios con bienes sujetos a registro, conforme a las normas del Código de Procedimiento Penal.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD