
La Corte Constitucional dejó en firme la mayor parte de la Ley 2381 de 2024 o reforma pensional de Gustavo Petro. Devolvió diez disposiciones a la Cámara de Representantes para corregir fallas de trámite y aplazó la entrada en vigor de las normas avaladas hasta el 1 de abril de 2027. La Sala Plena adoptó el fallo por 7 votos a 1, con salvamento de voto del conjuez Carlos Pablo Márquez.
El alto tribunal decidió que la mayor parte de la iniciativa superó el examen sobre vicios de procedimiento, pero ordenó un nuevo trámite. Ahora, la Cámara de Representantes tendrá 30 días hábiles desde la notificación de la sentencia para esa subsanación y, si hace falta conciliación con el Senado, deberá surtirse en la presente legislatura. Este revisó si la plenaria de la Cámara de Representantes había corregido el vicio de procedimiento de la reforma pensional.
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Como resultado, avaló la legalidad de la mayor parte del articulado y mantuvo en pie los componentes centrales del nuevo sistema.

Dentro de los puntos avalados figuran los pilares solidario y semicontributivo, el pilar contributivo y la cotización obligatoria del 16% sobre el ingreso base. También quedaron en firme la creación del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo administrado por el Banco de la República y las reglas de transición para mujeres con 750 semanas cotizadas y hombres con 900 semanas.
Además, se mantuvieron regulaciones sobre pensiones de invalidez, de sobrevivientes, auxilio funerario e inembargabilidad de recursos pensionales. La Corte resolvió además extender hasta el 1 de abril de 2027 la suspensión de otros procesos judiciales contra la reforma.
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Gustavo Petro celebró el triunfo parcial de la reforma
Por supuesto, la decisión generó reacciones a favor y en contra. El expresidente Gustavo Petro presentó el fallo como una ratificación política del proyecto.

“Se ha aprobado la mayor parte de la nueva ley de reforma pensional”, escribió en X. Puntualizó que “de las tres reformas fundamentales de mi gobierno: laboral, pensional y de salud solo queda la de salud. Un nuevo triunfo del gobierno del cambio y del pueblo trabajador”.
Otro que se refirió al asunto fue el expresidente de Colpensiones Jaime Dussán. Dijo que “la Corte Constitucional aprobó reforma pensional del presidente Petro aprobada mayoritariamente en Senado y Cámara”. Para él, quedó “derrotada postura del señor Ibáñez (Jorge Enrique) aliado de enemigos de este avance democrático. Ahora poner en práctica y ejecución determinación de la honorable Corte”.
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De igual forma, el exministro del Trabajo Antonio Sanguino atribuyó a la Corte la validación del núcleo de la norma.
“La Corte Constitucional ha tomado por fin una decisión esperada por el pueblo trabajador que constituye un triunfo de la clase trabajadora y del gobierno del cambio: la reforma pensional, que ha sido declarada exequible en 80 de sus artículos”, dijo el exfuncionario.

Cuestionamientos al alcance y al trámite de la reforma
El exsenador Carlos Fernando Motoa rechazó la decisión y puso el foco en el procedimiento legislativo.
“Incomprensible decisión de la Corte Constitucional. No sólo porque fue lenta y temerosa, sino porque la mayor parte de la reforma pensional de Gustavo Petro es lesiva para el país e insostenible hacia futuro”. Además, recordó que “fue tramitada mediante la vulneración de un sinnúmero de principios democráticos tanto en la Cámara como en el Senado. Por no mencionar, que aún no es clara la suerte de la totalidad de las demandas interpuestas en su contra (incluida una mía)”.
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La crítica de Motoa coincidió con uno de los efectos más sensibles del fallo: la Corte no anuló la ley, pero tampoco dio por agotado el debate sobre todas sus disposiciones. La devolución de diez puntos a la Cámara mantuvo abierto el cuestionamiento sobre la forma en que se tramitó parte de la reforma.
A su vez, el senador Hernán Cadavid dijo que “lo que devuelven a la Cámara no cambia lo esencial de una reforma pensional nefasta”.
Insistió en que “la mayoría de los artículos importantes ya fueron aprobados”.
Asimismo, señaló que “no se podrá modificar el pilar semicontributivo, que afecta los ahorros de quienes no logran completar las semanas, y el umbral de Colpensiones”.
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Discrepancias sobre los efectos del fallo de la Corte Constitucional
El presidente de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos). Andrés Velasco, explicó que la sentencia separó los artículos que quedaron en firme de aquellos que deberán regresar al Congreso. “La Corte Constitucional divide el estudio de los artículos entre unos que están exequibles, su mayoría, y otros que deben volver al Congreso de la República, específicamente a la Cámara de Representantes, para ser subsanados”, aclaró.
Velasco también resaltó el calendario impuesto por la Corte. “30 días para que el Congreso de la República subsane los artículos que deben ser revisados”.
Sobre el contenido del sistema, el directivo afirmó que la arquitectura aprobada en 2024 se mantiene. “El sistema de pensiones que fue aprobado por el Congreso de la República en 2024 se constituye en cuatro pilares: el pilar solidario, el pilar semicontributivo, el pilar contributivo, que tiene dos partes, una parte básica de Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos y una parte complementaria en las administradoras del componente complementario o individual, más el pilar voluntario”, precisó.
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Sostuvo que el siguiente mes será decisivo para cerrar el análisis legislativo pendiente. “Los próximos 30 días eran fundamentales para completar el análisis en el Congreso de la República y la aprobación en el Congreso de la República del sistema pensional que los colombianos tendremos a partir del 1 de abril”, apuntó.
Añadió que el sector esperará la publicación completa de la sentencia antes de fijar una lectura más amplia del alcance jurídico del fallo. “Estaremos haciendo análisis mucho más detallados del contenido del fallo una vez este sea hecho público y tengamos todos los detalles sobre las intenciones y las decisiones de la Corte Constitucional con respecto a la reforma pensional”, apuntó.
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Explicó que el análisis realizado hasta ahora corresponde únicamente a demandas por presuntas irregularidades formales en el trámite legislativo.
Según él, la Corte Constitucional aún debe revisar otras demandas presentadas por ciudadanos que cuestionan aspectos de fondo relacionados con la Ley 2381. “Existen otras demandas de ciudadanos en general que decían que hay problemas de fondo en lo que fue aprobado en la ley 2381, la reforma pensional”, afirmó el presidente de Asofondos.
El dirigente subrayó que “las revisiones de constitucionalidad de las otras demandas siguen pendientes y la Corte Constitucional, en adelante, procedería a hacer esa revisión de constitucionalidad de esas demandas adicionales de temas de fondo”. Velasco remarcó que la decisión comunicada hasta ahora no aborda estos cuestionamientos sustantivos.
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Por último, Velasco precisó que, si la Corte no resuelve las demandas de fondo antes del plazo establecido, la reforma pensional entraría en vigor a partir del 1 de abril del próximo año. “Por ahora la información que tenemos del fallo que se ha anunciado esta noche es que hay que subsanar los vicios de forma en los próximos 30 días y, si no hay una decisión de las demandas de fondo, la reforma pensional entraría en vigor a partir del 1 de abril del próximo año”, concluyó.
Grave retroceso para el debido proceso legislativo
Por su parte, Soluciones Pensionales ISP, entidad que dirige Andrés Felipe Izquierdo, tomó una posición mucho más crítica frente a la nueva subsanación. En un comunicado divulgado calificó la decisión como “un grave retroceso para el debido proceso legislativo”. Cuestionó que la Corte abriera otra oportunidad para corregir disposiciones que, a su juicio, tampoco fueron bien tramitadas en la fase previa. “Una subsanación que también tuvo que ser subsanada”, afirmó.
Para la organización, el nuevo plazo concedido a la Cámara afecta la integridad del procedimiento legislativo. También sostuvo que la posibilidad de una nueva conciliación entre Senado y Cámara “supone un golpe muy grave al debido proceso legislativo” y advirtió que subsanar un vicio “no puede convertirse en una sucesión indefinida de oportunidades hasta conseguir que una ley defectuosamente tramitada finalmente supere el control constitucional”.
Soluciones Pensionales ISP dijo además que respeta a la Corte, pero no comparte la salida adoptada. “Respetamos a la Corte, pero discrepamos profundamente”, señaló, y añadió que la extensión hasta 2027 de la suspensión de otros procesos contra la Ley 2381 de 2024 “es profundamente antidemocrático”, remarcó.
Anunció que esperará el texto completo para revisar la base constitucional de la decisión. “Será indispensable estudiar, entre otros asuntos, cuál es el fundamento constitucional que encontró la mayoría de la Corte para permitir una nueva subsanación”, indicó.
Respeto por las instituciones
También sostuvo que su discrepancia “seguirá expresándose como siempre lo hemos hecho: con argumentos, respeto por las instituciones y defensa de la Constitución”. El comunicado dejó planteadas dudas sobre la legitimidad de nuevas correcciones si las asume una Cámara distinta de la que discutió originalmente la ley.

Izquierdo calificó como un “golpe letal al debido proceso legislativo” la determinación del alto tribunal, que ordenó la subsanación de once artículos de la norma en la Cámara de Representantes. Según el experto, “definitivamente la Corte acaba de dar un golpe letal al debido proceso legislativo, porque si bien no devuelve para subsanación toda la reforma, lo cual habría sido más complicado, de cualquier manera deja 11 artículos expuestos y sometidos a una nueva subsanación en Cámara”.
Explicó que los fundamentos legales no ofrecen claridad sobre la figura de subsanar una subsanación, una situación que considera inédita. “Desde el derecho, la Constitución del 91, la Ley 5 del 92 que rige el funcionamiento del Congreso, 35 años de precedente jurisprudencial de la Corte, no explican en ningún lugar cómo se podría hacer posible la subsanación de la subsanación, porque básicamente eso no existe en derecho”, afirmó Izquierdo. Esta ausencia de respaldo normativo representa una de las principales preocupaciones dentro de su firma.
Izquierdo también planteó inquietudes sobre la legitimidad del nuevo trámite en la Cámara, dado que el actual Congreso difiere del que debatió originalmente la reforma. “La Corte le pide a la Cámara que subsane solo una parte en treinta días, desconociendo al parecer, porque no ha salido la sentencia, que este Congreso es un Congreso diferente al que dio la discusión inicial de los primeros tres debates”, señaló. Además, advirtió sobre el riesgo de que el poder judicial asuma funciones propias del Legislativo: “Un poder público, el Judicial de la Corte Constitucional, le está diciendo al poder público legislativo que actúe como notario. Para mí eso es una preocupación muy, muy importante”.
Por último, el abogado subrayó el impacto de la suspensión de la reforma hasta el 1 de abril de 2027 y la restricción para que ciudadanos o congresistas presenten demandas en ese periodo. “La reforma sigue suspendida hasta el 1 de abril 2027, pero mantiene la prohibición de que ciudadanos, congresistas, en fin, cualquiera de los cincuenta millones de personas que vivimos en este país podamos demandar este adefesio jurídico que hoy la Corte nos plantea”, expresó Izquierdo. Reiteró su “profunda tristeza jurídica y profunda decepción” por el fallo de la Corte.
Jerome Sanabria, líder de No con mi Ahorro, señaló que "la Corte avaló una clara confiscación al ahorro y devolvió apenas 9 artículos intrascendentes" - crédito @SoyJerome__/X
El foco de la discusión
La analista Jerome Sanabria calificó el fallo como una noticia negativa. Remarcó que, en su opinión, el foco de la discusión no debería estar en los pocos artículos devueltos a la Cámara de Representantes, sino en la aprobación de los ejes centrales de la reforma.
Entre los puntos centrales aprobados se encuentra el artículo 18, que establece el pilar semicontributivo. Según ella, “para la Corte Constitucional está bien ese artículo que le dice a los afiliados que les roba su devolución de saldos”. Argumentó que la decisión judicial implica “la confiscación de los ahorros pensionales de los trabajadores para darles en cambio una chichigua vitalicia”. También señaló que el fallo incluye la aprobación del artículo diecinueve, relacionado con el pilar contributivo, lo que a su juicio elimina la libertad de elección en el sistema de pensiones.“Nos toca a todos irnos obligatoriamente a Colpensiones”, denunció.
De acuerdo con ella, los artículos que la Corte devolvió para nuevo debate en la Cámara de Representantes no alteran el núcleo de la reforma. Entre estos artículos figuran disposiciones sobre la propiedad de las cuentas individuales, las características de las prestaciones, beneficios a mujeres por hijos, impuestos a las pensiones y beneficios para comunidades negras y palenqueras. “A las largas son irrelevantes”, sostuvo la líder del movimiento No con mi Ahorro.
La votación de la Corte Constitucional resultó en siete votos a favor y uno en contra. Sanabria resaltó que la única voz disidente fue la del conjuez Carlos Pablo Márquez Escobar, quien, según ella, “sabe más lo que se está jugando Colombia que los propios magistrados”. El resto de los magistrados respaldó la constitucionalidad de la reforma y solo devolvió un grupo acotado de artículos para revisión legislativa.
Frente al escenario, propuso impulsar una nueva iniciativa legislativa para modificar los aspectos que considera más perjudiciales de la reforma. “Tiene que presentar un proyecto de ley modificatorio de las cosas más graves que deja este proyecto de reforma pensional de Petro”, explicó, aunque advirtió que dicho trámite enfrenta grandes dificultades en el actual contexto político.
Concluyó al manifestar su frustración ante la decisión de la Corte y expresó desánimo por la aprobación de la reforma. “Esto es una frustración personal muy grande, porque esta es la lucha que yo he dado todos estos años en mi vida y ver que por una decisión de la Corte Constitucional, que la verdad no entiendo, pues básicamente esta reforma se aprueba, no tiene mucho sentido”, declaró en sus redes sociales.
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