Defensoría del Pueblo solicitó al Icbf aclarar el retiro de la palabra “niña” del lenguaje institucional y la entidad respondió: “No pretende borrar a las niñas”

La Defensoría del Pueblo enfatizó que el lenguaje cumple un papel fundamental en la visibilización de grupos históricamente discriminados

Defensoría del Pueblo e Icbf -  crédito @DefensoriaCol/@ICBFColombia/X
La respuesta del Icbf fue a través de sus canales oficiales - crédito @DefensoriaCol/@ICBFColombia/X
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El 20 de agosto de 2026, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), bajo la dirección de Carolina Restrepo Cañavera, emitió un comunicado en el que presentó los lineamientos para promover “un lenguaje institucional claro e incluyente”.

La disposición suprimió el uso oficial de la palabra “niña” en la entidad. Según el comunicado, el término “niñez” abarca en su totalidad a niños, niñas y adolescentes del país, así como los derechos y garantías definidos por la Constitución y la legislación nacional.

La decisión ha generado serias críticas contra la directora del Icbf, Carolina Restrepo Cañavera.

María Carolina Restrepo - crédito @carorestrepocan/X
La decisión ha generado serias críticas contra la directora del Icbf, Carolina Restrepo Cañavera - crédito @carorestrepocan/X

Recientemente, la Defensoría del Pueblo, encabezada por Iris Marín, envió un oficio al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para solicitar claridad sobre la decisión.

“La Corte Constitucional ha reconocido de manera reiterada que el lenguaje cumple funciones tanto instrumentales como simbólicas, que refleja y a la vez contribuye a construir realidades sociales y que, por ello, puede constituirse en un factor de inclusión o exclusión. En particular, desde la Sentencia C-804 de 2006, la Corte cuestionó el uso del masculino como referente universal cuando este tiene como consecuencia la invisibilización de las mujeres; línea posteriormente reiterada, entre otras, en las sentencias C-001 de 2018, C-552 de 2019, C-154 de 2022 y T-250 de 2024. Por esto, para la Defensoría del Pueblo, esta discusión trasciende una cuestión exclusivamente gramatical o de estilo”, se lee en el documento.

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Según la entidad, la información les permitirá conocer a detalle el alcance de la decisión del Icbf.

“La información solicitada permitirá a la Defensoría del Pueblo conocer el alcance real de la orientación referida, establecer su correspondencia con los lineamientos nacionales del Instituto y valorar, desde una perspectiva de derechos humanos, su compatibilidad con las obligaciones constitucionales, legales e internacionales de garantía de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”, indicó.

Defensoría del Pueblo - crédito @EspinosaRadio/X
Según la Defensoría del Pueblo, la información les permitirá conocer a detalle el alcance de la decisión del Icbf - crédito @EspinosaRadio/X

La Defensoría también citó el artículo 12 de la Ley 1098 de 2006, que exige incorporar la perspectiva de género en todos los contextos donde participan niños, niñas y adolescentes para promover la igualdad. Este enfoque parte del reconocimiento de que las experiencias y riesgos durante la infancia y la adolescencia no son iguales para todos, y que existen formas de violencia y discriminación que afectan de manera particular a las niñas.

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“Esta consideración adquiere especial importancia tratándose de las niñas. El artículo 12 de la Ley 1098 de 2006 dispone expresamente que la perspectiva de género debe tenerse en cuenta en todos los ámbitos en los que se desenvuelven los niños, las niñas y los adolescentes, con el propósito de alcanzar la equidad. Esta obligación supone reconocer que las experiencias, riesgos y afectaciones durante la niñez y la adolescencia no son necesariamente iguales y que determinadas formas de violencia y discriminación afectan de manera específica o desproporcionada a las niñas”, indicó la Defensoría.

La visibilización, según la Defensoría, resulta fundamental para orientar políticas públicas, programas e intervenciones que respondan a las necesidades particulares de las niñas. Indicó que una instrucción para omitir su mención explícita podría dificultar la identificación y comprensión de formas específicas y desproporcionadas de violencia.

Defensoría del Pueblo - crédito @EspinosaRadio/X
La Defensoría del Pueblo indicó que una instrucción para omitir su mención explícita podría dificultar la identificación y comprensión de formas específicas y desproporcionadas de violencia - crédito @EspinosaRadio/X

Finalmente, la Defensoría sostiene que la claridad y eficiencia en la comunicación institucional son criterios legítimos, pero no suficientes para justificar decisiones que reduzcan la visibilidad de sujetos cuya protección diferenciada se encuentra respaldada por la Constitución y la ley.

Al respecto, el Icbf respondió en su cuenta oficial de X, en la que confirmó que responderán a la solicitud de la Defensoría del Pueblo. Asimismo, reiteró que su objetivo no es borrar a las niñas del lenguajes institucional.

“Responderemos a la solicitud hecha por la Defensoría del Pueblo conforme lo determina la ley. Desde ya reiteramos que el Icbf no pretende borrar a las niñas del lenguaje institucional y mucho menos excluir o vulnerar a esta población (sic)”, indicó.

Icbf - crédito @ICBFColombia/X
Al respecto, el Icbf respondió en su cuenta oficial de X, en la que confirmó que responderán a la solicitud de la Defensoría del Pueblo - crédito @ICBFColombia/X

Recientemente la directora del Icbf, Carolina Restrepo Cañavera expresó sorpresa por las críticas que advierten que el uso de la palabra “niñez” podría dejar de lado a las niñas. También cuestionó por qué esa preocupación no se extiende a los niños, sugiriendo que el debate sobre la visibilidad debe considerar a toda la población infantil.

“Me sorprende tanta preocupación porque supuestamente hablar de “NIÑEZ” invisibiliza a las niñas. Y los niños? Ellos sí pueden ser invisibilizados? (sic)“, indicó Restrepo Cañavera.

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