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Tribunal rechazó la nulidad solicitada por Portugal y mantuvo en pie la demanda contra el convenio del nuevo modelo de pasaportes en Colombia

La decisión permite que continúe el análisis judicial sobre las presuntas irregularidades señaladas por la Procuraduría en el acuerdo por más de $1,3 billones firmado con la Cancillería y la Imprenta Nacional

La firma de un nuevo contrato entre Thomas Greg & Sons y la Cancillería garantiza la expedición de pasaportes en Colombia hasta abril de 2026 - crédito Colprensa
El proceso judicial continuará mientras el Tribunal estudia de fondo las presuntas irregularidades en el convenio para la expedición del nuevo modelo de pasaportes - crédito Colprensa
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El proceso judicial que busca establecer si el convenio firmado por el Gobierno para implementar el nuevo modelo de pasaportes en Colombia se ajustó o no a la ley continuará su curso.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la solicitud de nulidad presentada por la Imprensa Nacional Casa da Moeda de Portugal, una decisión que evita que el expediente tenga que empezar de nuevo y mantiene viva la demanda interpuesta por la Procuraduría General de la Nación.

La determinación, conocida este 1 de julio, no define todavía si el convenio es legal o no. Lo que resolvió el Tribunal fue un asunto estrictamente procesal: Portugal había pedido que se anulara todo lo actuado hasta ahora porque consideraba que no había sido notificado correctamente sobre la existencia de la demanda.

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Con esta decisión, el Tribunal concluyó que no hubo irregularidades en ese procedimiento y, por lo tanto, el caso seguirá avanzando hacia el análisis de fondo.

¿Por qué Portugal pidió la nulidad?

La Imprensa Nacional Casa da Moeda de Portugal es la entidad extranjera que hace parte del convenio firmado con la Cancillería y la Imprenta Nacional de Colombia para la producción del nuevo modelo de pasaportes.

Su representante judicial, el abogado Felipe De Vivero Arciniegas, sostuvo que la entidad nunca fue notificada de manera válida sobre la demanda presentada por la Procuraduría.

Según explicó, al tratarse de una institución extranjera, la comunicación debía realizarse mediante una carta rogatoria, un mecanismo de cooperación internacional que permite a las autoridades de un país solicitar actuaciones judiciales a otro Estado.

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Para la defensa de la imprenta portuguesa, esa notificación personal era indispensable para garantizar el debido proceso y el derecho de defensa. Por esa razón solicitó que se declarara la nulidad de todo lo actuado desde la admisión de la demanda.

¿Qué respondió el Tribunal?

El magistrado José Elver Muñoz Barrera negó esa petición. En la decisión, el Tribunal explicó que la solicitud de nulidad no tenía fundamento porque las actuaciones procesales se realizaron conforme a la ley.

Entre los argumentos expuestos por el despacho se encuentran tres aspectos principales.

El primero es que, después de admitir la demanda, el Tribunal no había adelantado ninguna actuación que pudiera afectar el derecho de defensa de la entidad portuguesa.

El segundo fue que todos los documentos que debían notificarse ya habían sido traducidos al idioma oficial de la imprenta portuguesa, requisito necesario para garantizar que conociera el contenido del proceso.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la solicitud de nulidad y permitió que el proceso judicial continúe su curso - crédito Luisa Gonzalez/Reuters
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la solicitud de nulidad y permitió que el proceso judicial continúe su curso - crédito Luisa Gonzalez/Reuters

Finalmente, el Tribunal indicó que sí se adelantó el trámite de la carta rogatoria a través de la Cancillería, tal como lo exige el Código General del Proceso. Incluso señaló que el Ministerio de Relaciones Exteriores informó el pasado 18 de junio que ese procedimiento ya había sido gestionado.

Con esos argumentos, el magistrado concluyó que no existía ninguna vulneración al debido proceso y rechazó la solicitud de nulidad.

¿Qué implica esta decisión?

En términos prácticos, el fallo significa que el expediente no se devuelve al inicio.

Si el Tribunal hubiera aceptado la nulidad, buena parte del proceso habría tenido que repetirse desde la etapa de notificaciones, lo que habría retrasado durante varios meses el estudio de la demanda.

Al negar esa solicitud, el proceso continúa normalmente y el Tribunal podrá entrar a estudiar si el convenio para la expedición de pasaportes cumple o no con las normas legales.

Es decir, todavía no existe una decisión sobre la validez del contrato. Ese análisis apenas continuará en las siguientes etapas del proceso.

¿Qué cuestiona la Procuraduría?

Pasaporte - Colombia
La demanda busca establecer si el convenio para la expedición del nuevo modelo de pasaportes cumplió con los requisitos legales y de contratación - crédito Cancillería

La demanda fue presentada por la Procuraduría General de la Nación mediante una acción popular, mecanismo que busca proteger intereses colectivos cuando considera que podrían verse afectados por actuaciones de entidades públicas.

El Ministerio Público sostiene que el convenio presenta varias irregularidades tanto jurídicas como financieras.

Uno de los principales cuestionamientos es que algunos documentos utilizados para aprobar el acuerdo no tendrían las firmas requeridas, situación que, según la Procuraduría, genera dudas sobre su validez.

Además, el organismo asegura que en el expediente no aparecen estudios económicos suficientes para justificar el valor del convenio, estimado en más de 1,3 billones de pesos.

Según la entidad, no existirían análisis de mercado, cotizaciones comparativas ni modelos financieros que permitan demostrar que el precio acordado corresponde a condiciones objetivas.

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