Agregar Infobae enGoogle

Consejo de Estado ordenó a la Cancillería reglamentar la regularización migratoria de trabajadores extranjeros en Colombia: este fue el plazo que fijó

El alto tribunal concluyó que la obligación de expedir la reglamentación corresponde únicamente al Ministerio de Relaciones Exteriores, sin que el presidente de la República deba responder dentro de esta acción de cumplimiento

Palacio de San Carlos es la sede principal de la Cancillería
La decisión fue adoptada al resolver una acción de cumplimiento presentada por la Corporación Colonia Venezolana en Colombia (Colvenz) - crédito Cancillería de Colombia
Guardar

El Consejo de Estado ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores expedir, en un plazo de seis meses, la reglamentación del procedimiento que permitirá facilitar la regularización migratoria de trabajadores extranjeros que cuenten con un contrato de trabajo en Colombia.

La decisión fue adoptada por la Sección Quinta al resolver una acción de cumplimiento promovida por la Corporación Colonia Venezolana en Colombia (Colvenz), que argumentó el incumplimiento del artículo 37 de la Ley 2466 de 2025.

La providencia modificó la sentencia emitida en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Antioquia, que había ordenado cumplir el mandato legal en el término de un mes. El alto tribunal consideró que, aunque existe una obligación clara de reglamentar la norma, resulta razonable conceder un plazo de seis meses contados a partir de la ejecutoria de la sentencia para que la Cancillería expida el acto administrativo correspondiente.

PUBLICIDAD

Consejo de Estado rechaza la suspensión de la resolución del Ministerio de Salud sobre la UPC para 2025 - crédito Colprensa
La corporación judicial recordó que la acción de cumplimiento procede para exigir el ejercicio de la potestad reglamentaria cuando el legislador impone expresamente ese deber a una autoridad pública, como ocurrió en este caso con la reforma laboral - crédito Colprensa

El origen del proceso se remonta a la expedición de la Ley 2466 de 2025, conocida como la reforma laboral, cuyo artículo 37 dispuso que, una vez suscrito un contrato de trabajo con una persona natural o jurídica, el Ministerio de Relaciones Exteriores debía reglamentar, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley, el procedimiento para facilitar la regularización migratoria de trabajadores extranjeros.

Según expuso Colvenz en la demanda, ese plazo venció el 25 de enero de 2026 sin que la reglamentación hubiera sido expedida. Posteriormente, el 27 de enero de ese año, la organización presentó una solicitud formal de cumplimiento ante la Cancillería para requerir la expedición de la regulación prevista en la ley.

PUBLICIDAD

En respuesta, la Cancillería informó que adelantaba un proceso interinstitucional con entidades como el Ministerio del Trabajo y Migración Colombia, en el que se desarrollaban reuniones técnicas, revisiones jurídicas y análisis sobre el contenido del futuro decreto reglamentario. También indicó que el proyecto había recibido observaciones de carácter técnico y competencial que hacían necesario continuar con las mesas de trabajo antes de publicar el texto para comentarios de la ciudadanía.

No obstante, el Consejo de Estado concluyó que esas actuaciones no demostraban el cumplimiento efectivo del mandato legal, pues la obligación prevista en la Ley 2466 consistía en expedir la reglamentación y no únicamente en adelantar actividades preparatorias.

En la sentencia, la corporación recordó que la Corte Constitucional ha señalado queel deber de cumplir una norma legal o un acto administrativo no admite gradaciones, esto es, la autoridad cumple o no cumple, y naturalmente, no cumple o incumple a medias”, criterio que fue utilizado para concluir que las gestiones adelantadas por la Cancillería no sustituían la obligación de expedir el acto reglamentario.

El alto tribunal modificó el plazo fijado

Aunque confirmó que existía un deber legal incumplido, la Sección Quinta decidió modificar parcialmente la decisión de primera instancia.

El Tribunal Administrativo de Antioquia había ordenado cumplir la obligación en el término de un mes. Sin embargo, el Consejo de Estado estimó que un plazo de seis meses, contados desde la ejecutoria de la sentencia de segunda instancia, resultaba acorde con la jurisprudencia sobre acciones de cumplimiento relacionadas con el ejercicio de la potestad reglamentaria.

Durante el proceso, la Cancillería sostuvo que la reglamentación implicaba aspectos técnicos relacionados con plataformas tecnológicas, trazabilidad laboral, expedición de salvoconductos, afiliación al sistema de seguridad social, prevención del fraude, trata de personas y simulación contractual, además de requerir la participación ciudadana prevista en la normativa administrativa.

Pese a esos argumentos, la Sala reiteró que la acción de cumplimiento procede cuando el legislador impone expresamente al Gobierno o a una autoridad administrativa el deber de reglamentar una materia determinada, incluso cuando el ejercicio de esa potestad conserva un margen de discrecionalidad respecto del contenido de la regulación.

La sentencia explicó que el Congreso puede imponer este tipo de obligaciones para garantizar la eficacia de las leyes y que, en este caso, el artículo 37 de la Ley 2466 de 2025 contiene un mandato imperativo, expreso e inobjetable, razón por la cual resulta exigible mediante la acción de cumplimiento.

Migración Colombia
La Cancillería aseguró que ha adelantado mesas técnicas y procesos de coordinación con Migración Colombia y otras entidades para elaborar la reglamentación, pero el Consejo de Estado concluyó que esas actuaciones no acreditan el cumplimiento de la obligación legal - crédito Mario Caicedo/EFE

Otro de los aspectos abordados por la decisión judicial fue la vinculación del presidente de la República al proceso. Aunque el mandatario había sido llamado por el juez de primera instancia, el Consejo de Estado concluyó que la obligación prevista en la Ley 2466 recae exclusivamente sobre el Ministerio de Relaciones Exteriores, ya que fue esa entidad la señalada expresamente por el legislador para reglamentar el procedimiento.

Por esa razón, la corporación declaró la falta de legitimación en la causa por pasiva del presidente de la República y precisó que la orden judicial únicamente debía dirigirse contra la Cancillería, al considerar que la reglamentación puede ser expedida por esa cartera sin necesidad de involucrar al jefe de Estado dentro de esta acción judicial.

En consecuencia, la parte resolutiva de la sentencia dispuso modificar el fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia para establecer que el Ministerio de Relaciones Exteriores contará con seis meses, a partir de la ejecutoria de la providencia, para reglamentar el procedimiento destinado a facilitar la regularización migratoria de trabajadores extranjeros con contrato laboral, en cumplimiento del artículo 37 de la Ley 2466 de 2025.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

Más Noticias

Así fue la caótica llegada de Abelardo de la Espriella a Chocó: anunció ‘Plan Marshall’ para reconstruir el departamento

El jefe de Estado está visitando las principales zonas afectadas por el terremoto de 7,4

Así fue la caótica llegada de Abelardo de la Espriella a Chocó: anunció ‘Plan Marshall’ para reconstruir el departamento

“Amarte más no pude” convierte el vallenato en el gran cupido de una comedia romántica muy colombiana

La puesta en escena usa clásicos del género, incluidos temas de Diomedes Díaz, para contar el choque y el encuentro entre dos mundos, con funciones de fin de semana en el Teatro Cafam

“Amarte más no pude” convierte el vallenato en el gran cupido de una comedia romántica muy colombiana

Si no puede conciliar el sueño después del terremoto en Colombia, neuróloga compartió recomendaciones para lograr el descanso

La especialista difundió a través de redes sociales varios consejos sencillos que se pueden realizar a lo largo del día y antes de ir a la cama

Si no puede conciliar el sueño después del terremoto en Colombia, neuróloga compartió recomendaciones para lograr el descanso

Más de 210 reclusos fueron trasladados de la cárcel de Manizales por daños en la infraestructura tras el terremoto del 10 de agosto

Ante la magnitud de la emergencia, el instituto realiza inspecciones en las instalaciones para determinar cuáles internos deben ser reubicados y en qué condiciones

Más de 210 reclusos fueron trasladados de la cárcel de Manizales por daños en la infraestructura tras el terremoto del 10 de agosto

Rescatista argentino perteneciente a Los Topos Azteca aseguró que faltan profesionales especializados para salvar vidas tras el terremoto en Colombia: “Hay más voluntarios que personal de rescate”

Cristian Kuperbank afirmó que en zonas de la emergencia encontró una relación desproporcionada, con cuatro bomberos frente a 50 civiles, y planteó que esa dinámica afecta la conducción de las labores

Rescatista argentino perteneciente a Los Topos Azteca aseguró que faltan profesionales especializados para salvar vidas tras el terremoto en Colombia: “Hay más voluntarios que personal de rescate”
MÁS NOTICIAS

PUBLICIDAD