Nacionalidad estadounidense de Abelardo de la Espriella le impediría ejercer la Presidencia de Colombia: la alerta de exmagistrados y constitucionalistas

El principal argumento se centra en que el juramento exigido para adquirir la ciudadanía de Estados Unidos genera obligaciones que entrarían en conflicto con las funciones constitucionales del jefe de Estado colombiano

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Los firmantes aseguran que la incompatibilidad no surge de la doble nacionalidad en sí misma, sino de los compromisos jurídicos y políticos adquiridos mediante el juramento de naturalización en Estados Unidos - crédito Visuales IA
Los firmantes aseguran que la incompatibilidad no surge de la doble nacionalidad en sí misma, sino de los compromisos jurídicos y políticos adquiridos mediante el juramento de naturalización en Estados Unidos - crédito Visuales IA

Un comunicado suscrito por exmagistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y otros reconocidos juristas abrió un debate sobre las implicaciones jurídicas de la doble nacionalidad del abogado y aspirante presidencial Abelardo de la Espriella.

En el documento, los firmantes sostienen que, aunque la Constitución colombiana permite que un presidente tenga doble nacionalidad, la ciudadanía estadounidense adquirida mediante naturalización plantea una incompatibilidad con el ejercicio de la Presidencia de la República.

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Los firmantes señalaron que decidieron intervenir públicamente al considerar que tienen el deber de advertir sobre las consecuencias éticas, jurídicas y políticas derivadas de la información según la cual De la Espriella posee nacionalidades italiana y estadounidense. En su análisis, precisan que la ciudadanía italiana no representa inconveniente alguno para una eventual aspiración presidencial, mientras que la estadounidense sí suscita cuestionamientos debido a los compromisos asumidos durante el proceso de naturalización.

Sobre la nacionalidad italiana

Abelardo de la Espriella con barba, traje, gorra de tigre y pin de Colombia, gesticula con ambas manos frente a un fondo con un tigre y la bandera
El documento señala que la nacionalidad italiana de De la Espriella no genera controversias jurídicas, ya que fue adquirida por descendencia y no implica compromisos incompatibles con el cargo presidencial - crédito Luisa González/REUTERS

El documento comienza recordando que la Constitución establece como requisitos para ser presidente ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de 30 años. Asimismo, señala que las inhabilidades para ocupar el cargo están expresamente previstas en la Carta Política y que la doble nacionalidad, por sí sola, no constituye una prohibición.

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Según el comunicado, la situación de la nacionalidad italiana es distinta porque, en casos como el de Gustavo Petro y Abelardo de la Espriella, esta se obtiene por descendencia. Los firmantes sostienen que dicho reconocimiento no implica compromisos incompatibles con el ejercicio de la Presidencia colombiana.

Además, indican que incluso cuando la ciudadanía italiana se adquiere por naturalización, el juramento correspondiente consiste en prometer fidelidad a la República italiana y observar su Constitución y sus leyes, obligaciones que consideran compatibles con el desempeño de cargos públicos en Colombia.

El juramento en Estados Unidos motivo de incompatibilidad

El juramento exigido para obtener la ciudadanía estadounidense incluye el compromiso de defender la Constitución y los intereses de Estados Unidos - crédito Eric Gay/AP
El juramento exigido para obtener la ciudadanía estadounidense incluye el compromiso de defender la Constitución y los intereses de Estados Unidos - crédito Eric Gay/AP

La principal preocupación expuesta en el documento se relaciona con el juramento exigido para obtener la ciudadanía estadounidense mediante naturalización. Los firmantes recuerdan que dicho acto incluye expresiones mediante las cuales la persona declara que renuncia a toda lealtad y fidelidad hacia cualquier soberanía extranjera, se compromete a defender la Constitución y las leyes de Estados Unidos, y acepta la posibilidad de prestar servicio militar o funciones de importancia nacional cuando la ley así lo exija.

Para los exmagistrados y constitucionalistas, “una persona que haya hecho ese juramento para adquirir la nacionalidad estadounidense no puede ser presidente de Colombia, por cuanto existe una incompatibilidad evidente entre las renuncias y obligaciones implicadas en ese juramento y la naturaleza y funciones de la presidencia en Colombia”.

El texto sostiene que el jefe de Estado colombiano debe jurar fidelidad a la Constitución y las leyes nacionales al momento de posesionarse y que la Presidencia implica una relación de lealtad especial con la soberanía, las instituciones y los intereses del país. Asimismo, enfatiza que el presidente es comandante supremo de las Fuerzas Militares, dirige las relaciones internacionales y tiene la obligación constitucional de garantizar los derechos de todos los colombianos.

El eventual conflicto de lealtades

Presidencia Colombia
Los exmagistrados sostienen que la Presidencia de la República exige una lealtad exclusiva hacia Colombia, su Constitución, sus instituciones y sus intereses nacionales - crédito Presidencia de la República

De acuerdo con el análisis presentado, las obligaciones adquiridas mediante la naturalización estadounidense podrían entrar en contradicción con las responsabilidades constitucionales de quien ejerza la Presidencia de Colombia. Los firmantes afirman que el presidente colombiano debe anteponer los intereses nacionales en materia de política exterior, defensa y seguridad.

Por ello consideran problemático que una persona haya asumido previamente compromisos que, según su interpretación, la obligan a defender los intereses de Estados Unidos incluso frente a actores que ese país considere enemigos.

“La presidencia es entonces un cargo que implica una profunda lealtad y fidelidad hacia Colombia, nuestra Constitución y nuestras leyes, por lo cual no puede ser presidente quien, de manera solemne y con efectos jurídicos, al nacionalizarse estadounidense, ha renunciado en forma absoluta a toda lealtad y fidelidad hacia nuestro país”, señala el comunicado.

Los firmantes aclaran que su posición no cuestiona la existencia de colombianos con doble nacionalidad estadounidense ni discute si una persona perdería o no dicha ciudadanía al convertirse en jefe de Estado de otro país. Según precisan, ese debate corresponde a la legislación y a las autoridades estadounidenses.

Para los firmantes, el juramento estadounidense podría generar conflictos de lealtad incompatibles con las decisiones que debe adoptar un presidente en defensa de los intereses de Colombia - crédito X
Para los firmantes, el juramento estadounidense podría generar conflictos de lealtad incompatibles con las decisiones que debe adoptar un presidente en defensa de los intereses de Colombia - crédito X

Por el contrario, sostienen que su análisis se limita al ordenamiento constitucional colombiano y concluye que la incompatibilidad no surge por la doble nacionalidad en sí misma, sino por las obligaciones derivadas del juramento exigido por Estados Unidos para conceder la ciudadanía mediante naturalización.

El documento fue firmado el miércoles 10 de junio de 2026 por exmagistrados y exmagistradas de altas cortes, entre ellos Pablo Cáceres Corrales, Stella Conto Díaz del Castillo, Jaime Córdoba Triviño, Álvaro Echeverri Uruburu, Gustavo Eduardo Gómez Aranguren, Iván González Amado, José Gregorio Hernández Galindo, María Adriana Marín y Jorge Iván Palacio Palacio, entre otros juristas y académicos del derecho constitucional colombiano.

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