
La Corte Constitucional ratificó la sentencia a partir de la cual declaró que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no es competente para investigar al mandatario Gustavo Petro por la presunta violación de topes de financiación en su campaña presidencial. En su decisión, determinó que la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes es el órgano constitucional responsable de investigar al jefe de Estado en la materia.
El presidente Petro reaccionó a la ratificación de la Corte Constitucional, informando que no descarta la posibilidad de tomar acciones legales contra los magistrados y miembros del CNE que lo investigaron. Pues, en octubre de 2024, la autoridad electoral abrió una investigación formal y formuló cargos en su contra, incluyendo también a otras personas involucradas en la campaña.
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“Consultaré con mis abogados si lo cometido por magistrados y miembros del Consejo Electoral fue un prevaricato, para poner las acciones respectivas. De hecho, la investigación que se desarrolla tiene varias bases de nulidad”, precisó el jefe de Estado en su cuenta de X.

El abogado Alejandro Carranza, que representa los intereses del primer mandatario, se pronunció al respecto a través de una publicación en su cuenta de X, en la que indicó que sí se tomarán acciones legales contra los magistrados.
Explicó que allegarán esas denuncias a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes. Además, calificó la investigación adelantada por el CNE contra el presidente como un acto de persecución con tintes políticos.
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“Querían evitar lo inevitable. Los llevaremos en causa penal ante la Comisión de acusaciones, pero un juez que excede sus funciones para perseguir al presidente y hacer de la justicia un arma política debe responder ante la verdad y la sociedad por sus actos”, aseveró.

No es la primera vez que el presidente Petro advierte sobre la presunta conducta ilegal de los magistrados del CNE. En octubre de 2024, cuando el CNE ya había anunciado la apertura de investigación y formulación de cargos en su contra, instó a los abogados del país a estudiar su caso y a denunciar a los togados por el delito de prevaricato.
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Según el Código Penal Colombiano, un servidor público puede incurrir en el delito de prevaricato por acción cuando emite resoluciones, dictámenes o conceptos contrarios a la ley vigente. En este caso, los magistrados habrían violado la normativa al adelantar actuaciones contra el presidente Petro cuando no estaban facultados para hacer indagaciones sobre él.
En consecuencia, el jefe de Estado indicó: “Apenas entreguen el documento del CNE abriendo cargos contra el presidente de la república, y que ya esta firmado, invito a todas y todos los abogados de Colombia a poner la denuncia por prevaricato contra los firmantes. Con este hecho inicia formalmente el golpe de estado en Colombia (sic)”.
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De acuerdo con un comunicado que emitió el CNE en su momento, solo dos magistradas salvaron su voto al momento de abrir la investigación y formular cargos contra el mandatario y los demás integrantes de la campaña presidencial: las togadas Alba Lucía Velásquez y Fabiola Márquez.
Es de aclarar que el CNE tomó esa decisión basándose en un concepto emitido en agosto de 2024 por el Consejo de Estado, en el que aseguró que la autoridad electoral sí era competente para investigar a Gustavo Petro por la violación de topes de financiación en la campaña.
“DECLARAR COMPETENTE al Consejo Nacional Electoral, para continuar la investigación administrativa por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, en las cuales fungió como candidato el ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego e imponer las sanciones administrativas correspondientes, si a ello hay lugar”, determinó el Consejo de Estado en su momento.
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El concepto del máximo juez de la administración pública fue invalidado por la Corte Constitucional en junio de 2025, cuando determinó que el CNE no podía investigar al presidente.
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