La representante a la Cámara Katherine Miranda presentó una demanda ante el Consejo de Estado contra el decreto 0182 de 2026, que contempla el traslado masivo de usuarios de EPS intervenidas a otras entidades sin su consentimiento expreso.
Este decreto anuncia que más de 6,6 millones de usuarios serán trasladados entre Entidades Promotoras de Salud (EPS) como consecuencia de las nuevas restricciones impuestas a estas aseguradoras.
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Aunque la medida impulsada por el Gobierno Petro propone modificar la estructura del aseguramiento en salud con criterios territoriales y poblacionales, que implica cambios en la forma de funcionamiento de las EPS y en la asignación de los afiliados a lo largo del país, en la perspectiva de Miranda, la decisión afecta a miles de afiliados en el sistema de salud colombiano.
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Este recurso tramitado por Miranda busca frenar la aplicación de este decreto. Para este efecto, la congresista ofreció cinco argumentos que sustentan su acción.
Según explicó, el decreto establece el traslado automático de afiliados, incluyendo su reubicación en entidades como la Nueva EPS, sobre la que existen múltiples cuestionamientos.
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La congresista advirtió que esta disposición vulnera el derecho fundamental a la libre escogencia de los usuarios en el sistema de aseguramiento en salud. En su declaración.
Entre los puntos, Miranda se mostró preocupada por “el riesgo de la continuidad de tratamientos en pacientes con cáncer, enfermedades renales, enfermedades huérfanas, trasplantes y también otras patologías de alta complejidad, donde la interrupción en la atención puede tener consecuencias muy graves para ellos”.
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La servidora legislativa advirtió que la interrupción en la atención puede derivar en consecuencias graves para quienes requieren servicios médicos especializados. Dijo que el documento presentado ante el Consejo de Estado también indica que el decreto posibilita traslados masivos sin que existan garantías públicas sobre la capacidad operativa y financiera de las EPS receptoras.
La congresista cuestionó que la norma imponga límites territoriales al traslado, concentrar el aseguramiento en pocas EPS; de manera que reducirían la competencia y afectarían la calidad del servicio.
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Además, consideró insuficiente la justificación sobre el cumplimiento de “los principios de proporcionalidad, necesidad y razonabilidad, exigidos en toda medida que impacta derechos fundamentales”.
Miranda alertó que “la reorganización del sistema debe sustentarse en estudios técnicos verificables y garantizar los derechos de todos los afiliados”, dijo. Según su demanda, la medida podría generar interrupciones en autorizaciones, entrega de medicamentos y en procedimientos actualmente en curso.
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La acción judicial de Miranda se encuentra en estudio en el Consejo de Estado, mientras persisten incertidumbres sobre el futuro de los usuarios afectados por la intervención de varias EPS y la capacidad del sistema para absorberlos sin deterioro en la atención.
La defensa de Gustavo Petro al decreto 0182 de 2026
Por su parte, el presidente Gustavo Petro defendió la reestructuración del sistema de salud en Colombia con la promulgación del decreto. El mandatario advirtió que, en caso de no aprobarse la ley de reforma en el Congreso el próximo marzo, las EPS que no cumplan los requisitos legales deberán ser liquidadas conforme a la normativa vigente.
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Con la entrada en vigor del Decreto 0182, el Ministerio de Salud estableció por primera vez que solo podrán operar aquellas EPS que cumplan con umbrales mínimos de afiliación, definidos por la cantidad de habitantes en cada departamento y municipio.
En departamentos con más de dos millones de habitantes, solo permanecerán las EPS que reúnan al menos el 5% de los afiliados locales. En regiones intermedias, la exigencia se eleva al 10%, y para territorios con poblaciones entre 100.000 y 390.000 habitantes, el umbral alcanza el 15%. Las restricciones son aún mayores en ciudades, donde las EPS necesitarán al menos el 3% de afiliados para funcionar, y en localidades de menos de 20.000 personas solo se permitirá la operación de una sola EPS.
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Este rediseño supone la reasignación obligatoria de más de 6,6 millones de afiliados, que implica un proceso administrativo que no podrá extenderse más de veinte días hábiles: la Superintendencia Nacional de Salud confecciona el listado de EPS receptoras y lo envía al Ministerio de Salud, que en cinco días oficiales reasigna los usuarios, otorgando al menos cinco días adicionales a las EPS para organizar la recepción.
La Nueva EPS, Savia Salud y SOS serán las principales receptoras. De hecho, más de 3,1 millones de usuarios pasarán a la Nueva EPS tras esta reingeniería.
Desde su cuenta oficial, Petro responsabilizó de la crisis de las EPS a la mala gestión financiera y la ausencia de reservas técnicas, afirmando: “Simplemente no dejaron las reservas técnicas que toda aseguradora financiera debe hacer y entraron en causal de liquidación antes de nuestro gobierno”.
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