
Cinco exintegrantes del Bloque Oriental de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) recibieron penas de 40 años de prisión por parte de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá.
La condena responde a una serie de 44 hechos criminales realizados entre 1995 y 2005, en los que resultaron 165 víctimas directas e indirectas por homicidio de persona protegida, desplazamiento forzado y toma de rehenes.
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Según la investigación judicial, los crímenes se perpetraron en al menos 10 departamentos: Arauca, Boyacá, Casanare, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés, Vichada y parte de Amazonas.
Además, la sentencia incluida una multa de 30.000 salarios mínimos legales vigentes para 2001, equivalente a aproximadamente 8.500 millones de pesos, y la inhabilidad para ejercer cargos públicos por la misma duración de la pena.
Los condenados son Efraín Quiñones Barreiro, quien comandó estructuras armadas del Bloque Oriental; César Díaz, considerado principal articulador financiero; Ángel Melquisedec Alfaro Bonilla, encargado de inteligencia, y dos guerrilleros de base, Daniel Zárate Velandia y Jhon Jairo Ramírez.
Dentro de los delitos documentados, la Fiscalía General de la Nación destacó el desplazamiento forzado del exalcalde de San Jacinto (Meta) y su familia en 2002, así como el secuestro de quien ejercía como alcalde de Chiscas (Boyacá) el 17 de abril de ese mismo año. En ese episodio, el mandatario permaneció retenido durante tres días, pues el grupo insurgente lo acusaba de desobedecer una directriz que prohibía la realización de elecciones locales.
Además el caso del secuestro de un agente de la Policía Nacional en la cabecera urbana de El Espino (Boyacá) el 9 de junio de 1999. La investigación adelantada por el ente acusatorio detalla que “el uniformado permaneció en cautiverio mientras las Farc EP acordaban un denominado intercambio de rehenes con el Gobierno Nacional, que se materializó en junio de 2001”.
Pese a la pena establecida por el Tribunal Superior de Bogotá, la ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005) permite que, si los sentenciados cumplen con los requisitos y obligaciones fijadas por el fallo, puedan acceder a una pena alternativa de hasta ocho años de prisión. En caso de incumplir tales compromisos, se restablece la pena inicial.
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