
Cinco exintegrantes del Bloque Oriental de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) recibieron penas de 40 años de prisión por parte de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá.
La condena responde a una serie de 44 hechos criminales realizados entre 1995 y 2005, en los que resultaron 165 víctimas directas e indirectas por homicidio de persona protegida, desplazamiento forzado y toma de rehenes.
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“Dejaron 165 víctimas directas e indirectas de homicidio en persona protegida, desplazamiento forzado y toma de rehenes, entre otras conductas delictivas que fueron acreditadas por una fiscal de la Dirección de Justicia Transicional”, señaló el ente acusatorio.
Según la investigación judicial, los crímenes se perpetraron en al menos 10 departamentos: Arauca, Boyacá, Casanare, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés, Vichada y parte de Amazonas.

Además, la sentencia incluida una multa de 30.000 salarios mínimos legales vigentes para 2001, equivalente a aproximadamente 8.500 millones de pesos, y la inhabilidad para ejercer cargos públicos por la misma duración de la pena.
Los condenados son Efraín Quiñones Barreiro, quien comandó estructuras armadas del Bloque Oriental; César Díaz, considerado principal articulador financiero; Ángel Melquisedec Alfaro Bonilla, encargado de inteligencia, y dos guerrilleros de base, Daniel Zárate Velandia y Jhon Jairo Ramírez.
Dentro de los delitos documentados, la Fiscalía General de la Nación destacó el desplazamiento forzado del exalcalde de San Jacinto (Meta) y su familia en 2002, así como el secuestro de quien ejercía como alcalde de Chiscas (Boyacá) el 17 de abril de ese mismo año.
“El mandatario fue retenido durante tres días, en medio de cuestionamientos por desatender una instrucción del grupo armado ilegal, que había prohibido la realización de elecciones en el municipio y ejercido presiones para impedirlas”, mencionó la Fiscalía.

Además el caso del secuestro de un agente de la Policía Nacional en la cabecera urbana de El Espino (Boyacá) el 9 de junio de 1999. La investigación adelantada por el ente acusatorio detalla que “el uniformado permaneció en cautiverio mientras las Farc EP acordaban un denominado intercambio de rehenes con el Gobierno Nacional, que se materializó en junio de 2001”.
Pese a la pena establecida por el Tribunal Superior de Bogotá, la ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005) permite que, si los sentenciados cumplen con los requisitos y obligaciones fijadas por el fallo, puedan acceder a una pena alternativa de hasta ocho años de prisión. En caso de incumplir tales compromisos, se restablece la pena inicial.
“La condena precisa que los cinco postulados deberán cumplir penas de 480 meses de prisión, multa de 30.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo periodo de la pena, con la alternativa que contempla la Ley 975 de 2005 (Ley de Justicia y Paz), y el compromiso de atender las obligaciones impuestas en el fallo”, puntualizó la Fiscalía.

Condena a secretariado de las Farc por parte de la JEP
En septiembre de 2025, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) impuso una condena histórica de ocho años a siete exmiembros del último secretariado de las extintas Farc por su responsabilidad en 21.000 secuestros cometidos durante el conflicto armado en Colombia.
De acuerdo con el fallo emitido por el tribunal de paz, los exjefes debían cumplir las sanciones bajo la figura de trabajos restaurativos, que incluyen la ejecución de proyectos restaurativos, una innovación en el sistema colombiano, que busca reparar el daño causado por la guerra.
Según la sentencia, los crímenes atribuidos a los líderes de las Farc –que reconocieron su responsabilidad por crímenes de guerra en 2021– fueron parte de una política criminal sostenida a gran escala, con patrones sistemáticos a lo largo de todo el país.
Los magistrados destacaron que el secuestro no solo se utilizó como mecanismo de financiación, sino también como “instrumento de control social y territorial”, y a partir de 1998, para forzar intercambios por guerrilleros presos.
Frente a este escenario, el antiguo secretariado de las Farc, compuesto por Rodrigo Londoño, Pablo Catatumbo, Julián Gallo, Pastor Alape, Milton de Jesús Toncel, Jaime Alberto Parra y Rodrigo Granda, presentó una apelación formal en enero de 2026, al manifestar su inconformidad con varios aspectos de la condena, entre ellos, la utilización de dispositivos electrónicos de monitoreo, considerando que esta medida contradice el carácter restaurativo de la sanción e introduce elementos propios de la justicia ordinaria, más que de la transicional.
Como alternativa, los sancionados propusieron la presentación de informes periódicos sobre el avance de los proyectos restaurativos, bajo supervisión de entidades de reincorporación.
En su apelación, los excomandantes argumentaron que la sentencia desconoce el contexto histórico y los compromisos del Acuerdo de Paz de 2016, “reduciendo su alzamiento a un simple concierto para delinquir” y obviando el carácter político del conflicto.
Así mismo, los exjefes guerrilleros también manifestaron reservas sobre las restricciones preventivas estipuladas en la condena, al considerar que podrían afectar sus derechos políticos y la participación democrática, en abierta contradicción con los estándares constitucionales y regionales de libertad de expresión y de participación política.
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