
El Gimnasio Campestre Los Laureles, la institución de la que salió la pequeña Valeria Afanador antes de desaparecer y ser asesinada, enfrenta actualmente un proceso sancionador que podría determinar su responsabilidad en el crimen contra la estudiante del centro educativo en Cajicá.
Según la información emitida por la Gobernación de Cundinamarca, el departamento actuó desde el primer momento mediante la coordinación interinstitucional para la búsqueda de la menor y la gestión inmediata del caso. Al día siguiente del suceso, la Dirección de Buen Gobierno Educativo inició formalmente el procedimiento administrativo sancionador.
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Desde el inicio, la Secretaría de Educación y la Secretaría Jurídica Departamental aseguraron un estricto respeto al derecho de defensa y todas las garantías legales en el procedimiento. La apertura del proceso se realizó conforme al mandato legal, con el objetivo de establecer eventuales responsabilidades y sanciones, en línea con la legislación colombiana vigente.
Este proceso se rige por la Ley 115 de 1994, el Decreto Nacional 1075 de 2015, el Decreto Departamental 242 de 2022 y el Capítulo III de la Ley 1437 de 2011. Dichas normativas prevén fases definidas que garantizan el debido proceso, como la práctica de pruebas, notificaciones y opciones para presentar recursos.
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Entre los hitos relevantes se incluye una visita de inspección al colegio los días 14 y 15 de agosto de 2025. El establecimiento entregó documentación y el 29 de agosto se expidió el auto de inicio del procedimiento. El 5 de noviembre se emitió el auto de cargos contra el colegio, notificado a su representante legal al día siguiente.
A través de su apoderado, el colegio presentó los descargos pertinentes, tras lo cual se dispuso la apertura de la etapa probatoria. En esta fase se practican pruebas documentales, testimoniales y el análisis de material de videovigilancia relacionado con el caso.
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Se prevé que la etapa de pruebas finalice el 23 de febrero de 2026, momento en que se abrirá el periodo para alegatos de conclusión de las partes, según lo estipulado en la Ley 1437 de 2011.
Finalizado este tramo, la autoridad competente podrá emitir una decisión definitiva durante marzo de 2026. Esta resolución podría verse sujeta a acciones judiciales posteriores que, conforme al orden legal vigente, podrían modificar sus efectos dependiendo del resultado de esos procesos.
La CAR también tomó decisiones sobre el Gimnasio Campestre Los Laureles

Apenas el 23 de enero, la Corporación Autónoma Regional (CAR) notificó al Gimnasio Campestre Los Laureles una medida provisional que restringe el uso de una franja específica de su predio en cercanías al río Frío, sector donde fue encontrado el cuerpo sin vida de Valeria Afanador en agosto de 2025.
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Desde la dirección del colegio, se precisó que la restricción no equivale a una sanción y que no afecta el funcionamiento académico ni administrativo, dado que la autoridad ambiental no posee competencia para suspender actividades educativas.
El director general de la CAR, Alfred Ignacio Ballesteros, informó que la decisión se fundamenta en una restricción vigente desde 2014, contenida en la Resolución CAR No. 2358, que prohíbe el desarrollo de cualquier actividad diferente a la restauración y conservación ambiental en una franja de 50 metros adyacentes al cauce del río Frío.
La autoridad regional anunció la “suspensión inmediata” de actividades en la zona de protección tras detectar intervenciones sobre aproximadamente 650 metros cuadrados, señalando que se identificaron estructuras y actividades como una granja, una huerta, una cancha de minigolf, instalaciones metálicas, una cancha de voleibol en arena y parqueaderos de bicicletas y motocicletas dentro de la zona restringida.
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En respuesta, el Gimnasio Campestre Los Laureles remarcó su compromiso con la sostenibilidad ambiental y el cumplimiento de las normas, informando que las acciones técnicas solicitadas por la autoridad ambiental ya se habían implementado, por lo que la zona afectada no se encuentra en uso ni alberga actividades escolares o recreativas.
El colegio comunicó también que cualquier avance relevante será informado a través de sus canales oficiales. Durante el procedimiento, la CAR señaló la ausencia de permiso específico para el cerramiento en el área de protección, a pesar de existir una licencia urbanística para otras intervenciones.
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