Suspensión de visas para inmigrantes: las claves jurídicas para entender el impacto en colombianos

En diálogo con Infobae Colombia, dos expertos jurídicos se encargaron de explicar todo lo relacionado con la decisión anunciada por el Departamento de Estado

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Visa - Colombia - Estados Unidos
Las medidas no afectarán a los interesados en solicitar visas de turismo o los que ya tengan este documento aprobado - Colprensa

El 14 de enero de 2026, Estados Unidos anunció la suspensión de la expedición de visas de inmigrante para ciudadanos de Colombia y otras 74 nacionalidades a partir del 21 de enero de 2026. Esta decisión se fundamenta en el aumento de beneficiarios de asistencia social entre inmigrantes de estos países.

El Departamento de Estado ordenó a sus consulados intensificar el escrutinio y negar visas a quienes puedan convertirse en “carga pública”, considerando factores como salud, edad, dominio del inglés, situación financiera y antecedentes médicos.

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Debido a que el anuncio se registra seis meses antes de que comience la Copa del Mundo, que se llevará a cabo principalmente en Estados Unidos, la medida ha generado incertidumbre entre aficionados colombianos que planeaban asistir a la cita orbital y con fines turísticos.

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Es por ello que, en diálogo con Infobae Colombia, el docente del consultorio jurídico de la Universidad Politécnico Grancolombiano Juan Carlos Mesa explicó todo lo relacionado con la medida y cómo no afectará a los fanáticos del fútbol o las personas interesadas en ir al país norteamericano que ya tienen visa de turismo.

crédito Cristian Bayona/Colprensa
La medida anunciada no afectará a los interesados en asistir a la Copa del Mundo - crédito Colprensa

El docente explicó que la pausa anunciada para visas de inmigrante no equivale a un cierre total del sistema de visados, puesto que existe una diferencia marcada entre migrar y viajar temporalmente, lo que ha generado confusiones tras el anuncio.

Mesa mencionó que desde el 21 de enero de 2026, el Departamento de Estado de Estados Unidos aplicará una pausa en el procesamiento de visas bajo criterios asociados a la regla de “carga pública”, pero no todas las visas pertenecen al mismo régimen y por ende, no todas se verán afectadas.

Para explicar las diferencias, el docente recordó que existen dos categorías para migrar o viajar por un tiempo a Estados Unidos, la de no inmigrante, en las que se autoriza un tiempo limitado, y las de migración, cuando se busca residir de manera permanente en Norteamérica.

La diferencia no es semántica; es jurídica. En el derecho migratorio, la “intención” del viaje pesa: no es lo mismo acreditar que se viaja por un evento académico, una visita familiar o una actividad comercial, que demostrar un proyecto de vida orientado a establecerse de forma permanente", declaró Juan Carlos Mesa.

La Embajada de EE. UU. en Colombia recordó que quienes soliciten visa F, M o J deben entregar los identificadores de sus redes sociales - crédito Pixabay
La pausa anunciada será desde el 21 de enero - crédito Pixabay

En ese sentido, el experto mencionó que no habrá más requisitos para aquellos que busquen ir a Estados Unidos con fines educativos, de negocios o turismo, sino que se afectará directamente a aquellos que tengan planeado un proyecto de vida en esa nación.

“En la conversación pública, suelen referirse a las visas de no inmigrante, en especial las de turismo y negocios. Los reportes sobre la pausa indican que el foco estaría en el procesamiento de visas de inmigrante, mientras que el flujo de visas temporales continuará”.

Claves para solicitudes de visa en el corto plazo

Para los expertos, es crucial que el ciudadano tenga claridad del tipo de visa que va a solicitar - crédito AP
Para los expertos, es crucial que el ciudadano tenga claridad del tipo de visa que va a solicitar - crédito AP

Teniendo en cuenta las diferencias entre los permisos de turismo y los de inmigración, el abogado Alex Pinzón, en diálogo con Infobae Colombia, explicó que las autoridades estadounidenses revisan varios factores al analizar solicitudes bajo el criterio de “carga pública”, y que entre los aspectos considerados se encuentran la estabilidad financiera, el historial personal y otros elementos determinados por la normativa vigente, como el estado de salud, la formación académica o la utilización de beneficios estatales.

“Contar con una visa temporal sigue siendo posible, aunque el proceso exige demostrar con mayor claridad la situación económica y la intención del solicitante. Por ello, la presentación de documentos se vuelve un punto central para la aprobación”.

Para Pinzón, es fundamental que los solicitantes tengan claridad del tipo de visa que van a solicitar, puesto que quienes planean estancias temporales necesitan una visa de no inmigrante y no distinguir entre ambas opciones puede originar confusiones y errores en la solicitud, lo que aumenta el riesgo de rechazos, más en casos en los que no se domina por completo un segundo idioma.

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